Diario oficial El Peruano

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE AGOSTO DEL AÑO 2026 (15/08/2026)

CANTIDAD DE PAGINAS: 152

Fuente: Diario Oficial El Peruano.

TEXTO PAGINA: 148

148 NORMAS LEGALES Sábado 15 de agosto de 2026 El Peruano / 11.2. No se admite la reelección inmediata para el mismo cargo, fomentando la renovación de liderazgos y la alternancia democrática. Artículo Décimo Segundo.- RECONOCIMIENTO INSTITUCIONAL El Gobierno Regional Piura, a través de la Gerencia Regional de Desarrollo Humano e Inclusión Social, reconocerá formalmente mediante Resolución Gerencial Regional a los miembros de la Junta Directiva, al secretario técnico, a los integrantes del Comité Electoral y a los coordinadores de los Grupos de Trabajo, previa presentación de las actas de elección o designación correspondientes. Este acto administrativo otorga personería a los representantes para actuar ante todas las instancias del Estado. Artículo Décimo Tercero.- DE LA DEROGATORIA Derogar la Ordenanza Regional N° 240-2012-CR, publicada en el diario o fi cial El Peruano el 05 de julio de 2012, así como toda aquella norma regional que contravenga lo dispuesto en la presente Ordenanza Regional. Artículo Décimo Cuarto.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA.ÚNICA.- Los Consejos Provinciales de la Juventud (COPROJU) y los Consejos Distritales de la Juventud (CODIJU) son creados, conformados, reglamentados e implementados por sus respectivas Municipalidades mediante Ordenanza Municipal. EI COREJU Piura, a través de su Secretaría Técnica, brindará la asistencia técnica necesaria para asegurar la articulación de estos espacios con el sistema regional de juventudes.DISPOSICIONES FINALES. Primera.- DISPONER que el Gobernador del Gobierno Regional Piura reglamente la presente Ordenanza Regional mediante Decreto Regional, en un plazo no mayor a cuarenta (40) días hábiles contados a partir de su publicación en el diario o fi cial “El Peruano”, previa propuesta técnica elaborada por la Secretaría Técnica del COREJU. Segunda.- DISPONER que la Gerencia General Regional, la Gerencia Regional de Desarrollo Humano e Inclusión Social y la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto, Modernización y Acondicionamiento Territorial, realicen las acciones administrativas y presupuestarias necesarias para la inmediata implementación de los requerimientos que realice el COREJU, conforme a lo aprobado en la presente norma. Comuníquese al Señor Gobernador del Gobierno Regional Piura para su promulgación. En Piura, a los 17 días del mes de junio del año 2026.CARLOS ANDRÉS CASTILLO IPANAQUÉ Presidente del Consejo Regional JAIME EDUARDO TÁVARA ALVARADO Secretario del Consejo Regional POR TANTO Mando se publique y cumpla. Dado en Piura, en la Sede del Gobierno Regional Piura, a los 24 días del mes de junio del año 2026. LUIS ERNESTO NEYRA LEÓN Gobernador Regional 2542048-1  998 732 784  [email protected]. Alfonso Ugarte N° 873 - Lima Central Telefónica: (01) 315-0400 ATENCIÓN COMERCIAL TODO LO QUE NECESITAS Y A TODO COLOR Te invitamos a conocer todos nuestros servicios en: