Diario oficial El Peruano

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE AGOSTO DEL AÑO 2026 (15/08/2026)

CANTIDAD DE PAGINAS: 152

Fuente: Diario Oficial El Peruano.

TEXTO PAGINA: 140

140 NORMAS LEGALES Sábado 15 de agosto de 2026 El Peruano / establece, respecto de las Atribuciones del Consejo Regional, las de: “a) Aprobar, modi fi car o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional. (…); norma legal concordante con el artículo 2 y con el numeral 1) del artículo 35 del RIC, así como, con el artículo 7 y, el literal a) del artículo 8 del Reglamento de Organización y Funciones - ROF, aprobado mediante Ordenanza Regional N° 007-2025-GRA/CR; para tal efecto dictan Ordenanzas Regionales y Acuerdos de Consejo Regional, de conformidad a lo dispuesto en el literal a) del artículo 37 de la LOGR; Que, el literal s) del numeral 13.1 de artículo 13º de la Ley Nº 32513 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026, establece: “Las que realicen los gobiernos regionales a favor de la Autoridad Nacional de Infraestructura (ANIN), por la fuente de fi nanciamiento Recursos Determinados, con el objetivo de fi nanciar las inversiones comprendidas en la cartera de proyectos o programas a cargo de dicha entidad a la que se re fi ere el artículo 7 de la Ley 31841, Ley que crea la Autoridad Nacional de Infraestructura (ANIN); previa suscripción de convenio por el costo total del proyecto de inversión, precisando el presupuesto multianual requerido hasta la culminación de la inversión y los montos a transferir en cada año fi scal, lo que incluye las posibles variaciones posteriores del costo de la inversión sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público”. Que, el numeral 13.2 del artículo 13º de la Ley Nº 32513 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026, señala: “Las transferencias fi nancieras autorizadas en el numeral 13.1 se realizan, en el caso de las entidades del Gobierno Nacional, mediante resolución del titular del pliego, y en el caso de los gobiernos regionales y los gobiernos locales, mediante acuerdo de Consejo Regional o Concejo Municipal, respectivamente, requiriéndose en ambos casos el informe previo favorable de la o fi cina de presupuesto o la que haga sus veces en la entidad. La resolución del titular del pliego y el acuerdo del Consejo Regional se publican en el diario o fi cial El Peruano, y el acuerdo del Concejo Municipal se publica en su sede digital”; Que, mediante Decreto Supremo N°019-2025- PCM, se actualiza la Cartera de Infraestructura de la Autoridad Nacional de Infraestructura - ANIN; esta norma complementa los dispositivos legales invocados precedentemente y permite que el ANIN pueda operativizar el proyecto referido después de realizada la transferencia antes indicada; Que, a través del Decreto Supremo Nº 096-2024-EF., se aprueba las disposiciones que regulan los procedimientos especiales para la contratación de la asistencia técnica especializada en gestión de proyectos para la aplicación de contratos estandarizados de ingeniería y construcción de uso internacional, en el marco de la Ley N° 31841, Ley que crea la Autoridad Nacional de Infraestructura (ANIN); Que, en el marco de lo dispuesto en el numeral 9.3 del artículo 9º del Decreto Legislativo N° 1659, “Se autoriza a los gobiernos regionales y locales a realizar transferencias fi nancieras a favor de la ANIN, por las fuentes de fi nanciamiento Recursos Ordinarios y Recursos Determinados, con la fi nalidad de fi nanciar las inversiones públicas comprendidas en la cartera de proyectos o programas a cargo de la ANIN, las cuales se realizan mediante acuerdo de Consejo Regional o Concejo Municipal, según corresponda, requiriéndose el informe previo favorable de la o fi cina de presupuesto o la que haga sus veces en la entidad. El acuerdo del Consejo Regional se publica en el diario o fi cial El Peruano y el acuerdo del Concejo Municipal se publica en su sede digital”; Que, resultan de aplicación los numerales 12.1 y 12.2 del artículo 12º de la Ley N° 32103, Ley que aprueba créditos suplementarios para el fi nanciamiento de mayores gastos asociados a la reactivación económica y dicta otras medidas; Que, en ese marco normativo, los numerales 76.1 y 76.2 del artículo 76º del Decreto Legislativo Nº 1440 - Sistema Nacional de Presupuesto Público, establecen que son transferencias fi nancieras los traspasos de ingresos públicos sin contraprestación, a favor de Pliegos o de Entidades que no constituyen pliego presupuestario y las transferencias fi nancieras que se pueden efectuar durante la ejecución, se autorizan y regulan en las Leyes Anuales de Presupuesto del Sector Público; Que, con fecha 18 de octubre del 2024, la Autoridad Nacional de Infraestructura (ANIN) y el Gobierno Regional de Áncash suscribieron Convenio de Delegación para que ANIN se encargara de la elaboración del expediente técnico y/o documento equivalente, ejecución física y el mantenimiento del Proyecto Mejoramiento del servicio de transitabilidad vial interurbana en carretera departamental AN -106, tramo: EMP. PE-3N (Yungay) - Shillcop - Llanganuco - Vaquería - Yanama - EMP. PE-14C (Llacma), en los distritos de Yungay, Yanama de la provincia de Yungay del departamento de Áncash; Que, mediante OFICIO Nº 000049-2026-ANIN/OPP., el Jefe de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto de la Autoridad Nacional de Infraestructura de la Presidencia de Consejo de Ministros, solicita la transferencia fi nanciera a favor de la Autoridad Nacional de Infraestructura para el año fi scal 2026, destinada al Proyecto “Carretera Yungay - Yanama” con CUI Nº 2669383, en el marco del Convenio de Delegación suscrito entre el Gobierno Regional de Áncash y la Autoridad Nacional de Infraestructura - ANIN, por el monto de S/ 207,128,924.00, soles (Doscientos Siete Millones Ciento Veintiocho Mil Novecientos Veinticuatro con 00/100 soles), necesarias para la continuidad de la ejecución del proyecto; Que, a través del INFORME N° 000105-2026-ANIN/ DEO-SE-CARRYUNGAY-JCT., el Gerente de Proyectos Subdirección de Estudios Dirección de Estudios y Obras Autoridad Nacional de Infraestructura - Presidencia del Consejo de Ministros, informa sobre el Estatus Financiero del Proyecto: “Mejoramiento del servicio de Transitabilidad Vial Interurbana en la Carretera Departamental AN -106 tramo emp. PE-3N (Yungay) - Shillcop - Llanganuco - Vaquería - Yanama, - Emp. PE-14C (Llacma) en los distritos de Yungay, Yanama de la provincia de Yungay del departamento de Áncash” con CUI 2669383; Que, mediante el OFICIO Nº 000061-2026-ANIN/OPP., el Jefe de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto de la Autoridad Nacional de Infraestructura - Presidencia de Consejo de Ministros, solicita la transferencia fi nanciera a favor de la Autoridad Nacional de Infraestructura para el año fi scal 2026, destinada al Proyecto “Carretera Yungay - Yanama” con CUI Nº 2669383, en el marco del Convenio de Delegación suscrito entre el Gobierno Regional de Áncash y la Autoridad Nacional de Infraestructura - ANIN, por el monto de S/ 207,128,924.00, soles (Doscientos Siete Millones Ciento Veintiocho Mil Novecientos Veinticuatro con 00/100 soles), para coberturar las valorizaciones pendientes, siendo el monto adeudado a la fecha de S/ 6,455,680.12, soles de los cuales S/4,775,653.52, corresponden a las valorizaciones de diseño (expediente técnico) de los meses de enero, febrero y marzo de 2026,y S/ 1,680,026.60, soles, corresponden a las valorizaciones de supervisión de calidad y SSOMA correspondiente a los meses de diciembre de 2025, enero y febrero de 2026; Que, con el INFORME PRESUPUESTAL Nº 00550-2026-GRA-GRPPAT/SP., el Subgerente de Presupuesto de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, emite OPINIÓN FAVORABLE de disponibilidad presupuestal, hasta por el importe total de S/ 200,000,000.00 (DOSCIENTOS MILLONES CON 00/100 SOLES), los cuales se encuentran distribuidos de la siguiente manera, en la fuente de fi nanciamiento: 5 Recursos Determinados, Rubro: 15 - Fondo de Compensación Regional por el importe de S/ 10,000,000.00 (DIEZ MILLONES CON 00/100 SOLES) y Rubro 18 Canon, Sobrecanon, Regalías, Renta de Aduanas y Participaciones por el importe de S/190,000,000.00 (CIENTO NOVENTA MILLONES CON 00/100 SOLES), para el año fi scal 2026, para realizar la transferencia fi nanciera a favor de Autoridad Nacional de Infraestructura, correspondiente al Proyecto de Inversión “MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE TRANSIBILIDAD VIAL INTERURBANA EN CARRETERA DEPARTAMENTAL AN - 106, TRAMO: EMP. Pe-3N (YUNGAY) - SHILLCOP - LLANGANUCO - VAQUERIA - YANAMA - EMP. PE-14 C (LLACMA), EN LOS DISTRITOS DE YUNGAY, YANAMA DE LA PROVINCIA DE YUNGAY