Diario oficial El Peruano

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE AGOSTO DEL AÑO 2026 (25/08/2026)

CANTIDAD DE PAGINAS: 116

Fuente: Diario Oficial El Peruano.

TEXTO PAGINA: 108

108 NORMAS LEGALES Martes 25 de agosto de 2026 El Peruano / destacados, respectivamente, mediante la presente resolución, por lo que resulta indispensable garantizar la continuidad, estabilidad y normal funcionamiento del servicio fi scal, evitando la afectación de las investigaciones, actuaciones fi scales y demás labores propias de dichos despachos, así como preservar la efi ciencia, e fi cacia y oportunidad en la prestación del servicio; ello, en atención al marco normativo aplicable y según el Informe Nº 00199-2026-MP-FN-OREF-LLA, de fecha 19 de agosto de 2026. Asimismo, se precisa que para la designación señalada en el décimo párrafo se cuenta con el consentimiento del fi scal titular. Es de precisar que la plaza de fi scal adjunto provincial -con carácter transitorio- señalada en el décimo primer párrafo de la parte considerativa de la presente resolución, corresponde a las creadas mediante Resolución de la Junta de Fiscales Supremos Nº 109-2017-MP-FN-JFS, de fecha 29 de agosto de 2017, cuya vigencia se encuentra prorrogada, del 1 de enero al 31 de diciembre de 2026, por Resolución de la Junta de Fiscales Supremos Nº 63-2025-MP-FN-JFS, de fecha 30 de diciembre de 2025. De conformidad con lo establecido en los artículos 64 y 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada con el Decreto Legislativo Nº 052 y modi fi cada por el artículo único de la Ley Nº 31718; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dar por concluida la designación del abogado John Víctor Anaya Luján, fi scal adjunto provincial titular penal del Cercado de Lima, Distrito Fiscal de Lima Centro, en el 1º Despacho Provincial Penal de la Primera Fiscalía Corporativa Penal de San Isidro-Lince; materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2327-2026-MP-FN, de fecha 7 de agosto de 2026. Artículo Segundo.- Dar por concluida la designación de la abogada Paloma María Andaluz Queirolo, fi scal adjunta provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro, en la Tercera Fiscalía Supraprovincial Corporativa Especializada Contra la Criminalidad Organizada; materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 1774-2021-MP-FN, de fecha 14 de diciembre de 2021. Artículo Tercero.- Designar al abogado John Víctor Anaya Luján, fi scal adjunto provincial titular penal del Cercado de Lima, Distrito Fiscal de Lima Centro, en la Tercera Fiscalía Supraprovincial Corporativa Especializada Contra la Criminalidad Organizada. Artículo Cuarto.- Designar a la abogada Paloma María Andaluz Queirolo, fi scal adjunta provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro, en el Pool de Fiscales Transitorios de las Fiscalías Especializadas Contra la Criminalidad Organizada; asimismo, destacarla a la Tercera Fiscalía Supraprovincial Corporativa Especializada Contra la Criminalidad Organizada, por necesidad de servicio, a partir de la fecha de noti fi cación de la presente resolución hasta el 31 de diciembre de 2026 u otra disposición. Artículo Quinto.- Precisar que la plaza señalada en el artículo cuarto, tiene la condición de transitoria en mérito a lo dispuesto con la Resolución de la Junta de Fiscales Supremos Nº 109-2017-MP-FN-JFS, de fecha 29 de agosto de 2017, cuya vigencia se encuentra prorrogada, del 1 de enero al 31 de diciembre de 2026, por Resolución de la Junta de Fiscales Supremos Nº 63-2025-MP-FN- JFS, de fecha 30 de diciembre de 2025. Artículo Sexto.- Hacer de conocimiento a los abogados John Víctor Anaya Luján y Paloma María Andaluz Queirolo que deben efectuar la correspondiente entrega de cargo, conforme a las disposiciones señaladas en la Directiva General Nº 007-2002-MP-FN “Normas para la Entrega de Cargo”, aprobada por la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 972-2002-MP-FN, de fecha 13 de junio de 2002. Artículo Séptimo.- Disponer la noti fi cación de la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Centro, Coordinación Nacional de las Fiscalías Especializadas Contra la Criminalidad Organizada, Gerencia General, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales, O fi cina General de Potencial Humano, O fi cina de Integridad Institucional, O fi cina de Imagen Institucional y a los fi scales mencionados. Regístrese, comuníquese y publíquese.TOMÁS ALADINO GÁLVEZ VILLEGAS Fiscal de la Nación 2546907-2 Nombran fiscal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal de Cajamarca RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 2530-2026-MP-FN Lima, 24 de agosto de 2026VISTOS:El ofi cio Nº 001877-2026-MP-FN-PJFSCAJAMARCA, de fecha 1 de julio de 2026, e informe Nº 0198-2026-MP- FN-OREF-JJCP, de fecha 21 de agosto de 2026, y; CONSIDERANDO:Mediante el o fi cio de vistos, la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Cajamarca, eleva propuesta en terna para cubrir la plaza de fi scal adjunto provincial en la Fiscalía Provincial Mixta de Miguel Iglesias. Los numerales 3 y 4 del artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 052 y modi fi cada por el artículo único de la Ley Nº 31718, establecen que corresponde al Fiscal de la Nación el nombramiento de los fi scales provisionales de todos los niveles, así como la designación de los fi scales titulares y provisionales en el órgano fi scal respectivo. El numeral 64.2 del artículo 64 de la Ley Nº 30483, Ley de la Carrera Fiscal, modi fi cada por la Ley Nº 31718, señala que los fi scales provisionales son aquellos fi scales titulares que en caso de vacancia, licencia o impedimento ocupan el nivel superior inmediato vacante y aquellos abogados que cumplen los requisitos para el nivel que se les designa. Al respecto, el Tribunal Constitucional ha manifestado en reiterada jurisprudencia que la “(…) provisionalidad constituye una situación fáctica que no genera más derechos que los inherentes al cargo que provisionalmente ejerce quien no ostenta titularidad alguna (…)” (STC Nº 2770-2010-PA/TC) y asimismo, la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en la sentencia de fecha 24 de noviembre de 2020, caso Casa Nina vs. Perú, determinó que no debe extenderse inde fi nidamente en el tiempo y debe estar sujeta a una condición resolutoria. En ese sentido, es necesario emitir el resolutivo correspondiente a fi n de nombrar y designar al abogado Cristian Aldomiro Pompa Chuquilin, para que ocupe provisionalmente el cargo de fi scal adjunto provincial en la Fiscalía Provincial Mixta de Miguel Iglesias; en atención al marco normativo, previa veri fi cación del cumplimiento de los requisitos de ley y según el informe Nº 0198-2026-MP-FN-OREF-JJCP, de fecha 21 de agosto de 2026. Cabe acotar que el mencionado abogado actualmente labora a plazo indeterminado bajo el régimen laboral del Decreto Legislativo Nº 728, conforme se advierte del Sistema Integrado de Gestión Administrativa (SIGA), por lo que corresponde la reserva de su plaza de origen. De conformidad con lo establecido por el artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 052 y modi fi cada por el artículo único de la Ley Nº 31718; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Nombrar al abogado Cristian Aldomiro Pompa Chuquilin, como fi scal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal de Cajamarca, designándolo en la Fiscalía Provincial Mixta de Miguel Iglesias, con reserva de su plaza de origen.