Fuente: Diario Oficial El Peruano.
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90 NORMAS LEGALES Sábado 24 de octubre de 2026 El Peruano / Artículo Segundo.- DISPONER que la Ing. Sumara Luz Huamaní Mallma, deberá efectuar la rendición de cuenta y presentar un informe al Rectorado y Dirección General de Administración, dentro del plazo de quince (15) días calendario una vez culminado la comisión de servicio y con sujeción a la normatividad de la materia. Artículo Tercero.- PUBLICAR la presente resolución de autorización de viaje, en el Diario O fi cial El Peruano. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la O fi cina de Cooperación y Relaciones Internacionales, O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, Dirección General de Administración, Unidad de Recursos Humanos y Unidad de Abastecimiento de la Universidad Nacional José María Arguedas, adoptar las acciones correspondientes para el cumplimiento de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y archívese.EDGAR LUIS MARTÍNEZ HUAMÁN Rector YESSICA MAGALY PÉREZ ALTAMIRANO Secretaria General 2564792-1 Autorizan viaje del Rector de la Universidad Nacional de San Agustín de Arequipa a Paraguay, en comisión de servicios UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN AGUSTÍN DE AREQUIPA RESOLUCIÓN DE CONSEJO UNIVERSITARIO Nº 0572-2026 Arequipa, 22 de octubre de 2026. Vistos, la Carta de invitación de la Universidad Nacional del Este – UNE (República de Paraguay) dirigida a las Universidades miembros del Consejo de Rectores por la Integración de la Subregión Centro Oeste de Sudamérica – CRISCOS, para participar del “53° Encuentro de Coordinadores de Movilidad de la Red CRISCOS” , y de la “Asamblea General del Consejo de Rectores por la Integración de la Subregión Centro Oeste de Sudamérica” ; y, el O fi cio N° 0857-2026-UNSA-R del Rectorado de la Universidad Nacional de San Agustín de Arequipa - UNSA, mediante el cual se solicita autorización de viaje internacional, asignación de pasajes aéreos, seguro de viaje y viáticos, a fi n que la Autoridad Rectoral asista a los referidos eventos. CONSIDERANDO:Que, la Universidad Nacional de San Agustín de Arequipa, está constituida conforme a la Ley N° 30220, Ley Universitaria, se rige por sus respectivos estatutos y reglamentos, y desarrolla sus actividades dentro de la autonomía de gobierno, académica, administrativa y económica, prevista en el artículo 18° de la Constitución Política del Estado. Que, el artículo 60° de la Ley N° 30220, Ley Universitaria, establece lo siguiente: “El Rector es el personero y representante legal de la universidad. Tiene a su cargo y a dedicación exclusiva, la dirección, conducción y gestión del gobierno universitario en todos sus ámbitos, dentro de los límites de la presente Ley y del Estatuto”. Que, por su parte, el artículo 154° del Estatuto Universitario de la UNSA, establece dentro de las atribuciones y ámbito funcional del Rector: “(…) 154.2 Dirigir la actividad académica de la Universidad y su gestión administrativa, económica y fi nanciera (…)”. Que, el Consejo de Rectores por la Integración de la Subregión Centro Oeste de Sudamérica (CRISCOS) es una red universitaria subregional integrada por instituciones de educación superior de los países de Argentina, Bolivia, Chile, Paraguay y Perú, orientada a promover la integración académica, cientí fi ca, tecnológica y cultural, así como el fomento de la movilidad estudiantil y docente y el desarrollo de proyectos conjuntos de investigación entre sus miembros. Estando la Universidad Nacional de San Agustín de Arequipa integrada a la mencionada red internacional. Que, en atención a ello, el señor Rector de la UNSA, Dr. Richar Alberto Paredes Orue, ha sido invitado por la Universidad Nacional del Este – UNE (República del Paraguay), para participar del “53° Encuentro de Coordinadores de Movilidad de la Red CRISCOS” , y de la “Asamblea General del Consejo de Rectores por la Integración de la Subregión Centro Oeste de Sudamérica” , que tendrán lugar del 27 al 30 de octubre del presente año, en el Campus Central de la UNE, ubicado en Ciudad del Este - Paraguay; por lo que, en virtud de la invitación alcanzada, el señor Rector de la Universidad mediante el O fi cio N° 0857-2026-UNSA-R, solicitó al Consejo Universitario autorización de viaje internacional, así como la asignación de pasajes aéreos, seguro de viaje y viáticos, a fi n de asistir a dichos eventos. Que, de esta manera, el viaje del señor Rector se encuentra enmarcado dentro del Principio de Internacionalización establecido en el artículo 5° de la Ley N° 30220, Ley Universitaria, concordante con el artículo 4° del Estatuto Universitario, y dentro de la función que tiene la Universidad de fomentar alianzas estratégicas con las Universidades Públicas y Privadas, dispuesto en el artículo 6° del referido Estatuto; así como, en su artículo 7°, que dispone: “(…) La universidad para el cumplimiento de sus fi nes y funciones formará parte de redes interinstitucionales nacionales y extranjeras de derecho público o de derecho privado, a fi n de crear una amplia red de cooperación cientí fi co-técnica (…)”. Que, considerando que el objeto del viaje de la citada autoridad es de interés institucional, el Consejo Universitario en su sesión ordinaria del 20 de octubre de 2026, acordó autorizar el viaje internacional del Dr. RICHAR ALBERTO PAREDES ORUE, Rector de la Universidad Nacional de San Agustín de Arequipa, para que, en atención a la invitación alcanzada por la Universidad Nacional del Este – UNE (República del Paraguay), participe del “53° Encuentro de Coordinadores de Movilidad de la Red CRISCOS” , y de la “Asamblea General del Consejo de Rectores por la Integración de la Subregión Centro Oeste de Sudamérica” , que tendrán lugar del 27 al 30 de octubre del presente año, en el Campus Central de la UNE, ubicado en Ciudad del Este - Paraguay; a quien se le otorgará los pasajes aéreos, seguro de viaje y viáticos internacionales correspondientes, que deberán hacer llegar la Unidad de Abastecimiento y la O fi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, respectivamente, conforme a la Directiva Asignación de Viáticos y Pasajes por Comisión de Servicios en la Universidad Nacional de San Agustín de Arequipa, aprobada mediante Resolución de Consejo Universitario N° 436-2018 del 08 de mayo del 2018, con su respectivo Plan Operativo Institucional – POI, y conforme lo determinen las o fi cinas correspondientes, teniendo en cuenta la disponibilidad presupuestal. Que, no obstante, se tiene que con Resolución de Consejo Universitario N° 0024-2026, de fecha 30 de enero de 2026, se resolvió: “1. APROBAR el Cronograma del Proceso de Admisión 2027 de la Universidad Nacional de San Agustín de Arequipa (…)” , modi fi cado con Resolución de Consejo Universitario N° 0295-2026, de fecha 17 de junio de 2026. Estableciéndose el domingo 1 de noviembre de 2026 como fecha para la realización de la evaluación de conocimientos del Examen CEPRUNSA CICLO QUINTOS, evaluación en la cual debe estar presente el Dr. Richar Alberto Paredes Orue, en cumplimiento de sus funciones como Rector de la Universidad Nacional de San Agustín de Arequipa. Motivo por el cual, únicamente podrá participar del “53° Encuentro de Coordinadores de Movilidad de la Red CRISCOS” , que tendrá lugar el 27 y 28 de octubre de 2026. Que, atendiendo a lo señalado en los párrafos precedentes, la Unidad de Abastecimiento, mediante Ofi cio N° 2893-2026-UA-DIGA, de fecha 21 de octubre de 2026, remite el monto de pasajes aéreos, seguro de viaje, viáticos e itinerario respectivos, según el numeral 8.2 sobre Escala de Viáticos al Exterior de la Directiva