Diario oficial El Peruano

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE OCTUBRE DEL AÑO 2026 (24/10/2026)

CANTIDAD DE PAGINAS: 116

Fuente: Diario Oficial El Peruano.

TEXTO PAGINA: 91

91 NORMAS LEGALES Sábado 24 de octubre de 2026 El Peruano / Asignación de Viáticos y Pasajes por Comisión de Servicios en la Universidad Nacional de San Agustín de Arequipa, aprobada por Resolución de Consejo Universitario N° 436-2018. Que, asimismo, la O fi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, con O fi cio N° 1173-2026- OPPM/UNSA, de fecha 22 de octubre de 2026, traslada el Informe N° 0205-2026-UPRE-UNSA, a través del cual, detalla que se cuenta con Disponibilidad Presupuestal en la Fuente de Financiamiento, Recursos Directamente Recaudados, Genérica de Gasto 2.3 “ Bienes y Servicios ”, por el monto de S/ 10,213.51, para atender el requerimiento efectuado, según el siguiente detalle: (i) Pasajes aéreos S/ 6,615.00 (ii) Seguro Viajero S/ 112.00(iii) Viáticos S/ 3,486.51 Por estas consideraciones, estando a lo acordado por el referido Consejo Universitario, y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Universitaria Nº 30220, al Consejo Universitario, SE RESUELVE: Primero.- Autorizar el viaje internacional del DR. RICHAR ALBERTO PAREDES ORUE, Rector de la Universidad Nacional de San Agustín de Arequipa, para que participe del “53° Encuentro de Coordinadores de Movilidad de la Red CRISCOS” , que tendrá lugar el 27 y 28 de octubre del presente año, en el Campus Central de la Universidad Nacional del Este – UNE, ubicado en Ciudad del Este – Paraguay; en atención a la invitación alcanzada por la UNE. Segundo.- Autorizar a la O fi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización y a la Unidad de Abastecimiento, para que otorguen a favor de la mencionada autoridad, la Certi fi cación de Crédito Presupuestal - CCP, con la Fuente de Financiamiento Recursos Directamente Recaudados, Genérica de Gasto 2.3 “Bienes y Servicios” , según el siguiente detalle: - Pasajes aéreos : S/ 6,615.00 Del 25 al 28 de octubre de 2026. Arequipa - Iguazú (Brasil) - Arequipa (debiendo tomar movilidad hacia Ciudad del Este – Paraguay). - Seguro Viajero : S/ 112.00 - Viáticos : S/ 3,486.51 (3 días según Directiva) - Fecha del evento : Del 27 al 28 de octubre de 2026 Tercero.- Dentro de los ocho días del retorno, la citada autoridad presentará un Informe sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos. Cuarto.- Encargar a la Dirección General de Administración la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y archívese.RICHAR ALBERTO PAREDES ORUE Rector RICHARD SANTOS HUAMAN FLORES Secretario General 2567486-1 Autorizan viaje de Vicerrector Académico de la Universidad Nacional de San Agustín de Arequipa para participar en evento a realizarse en Paraguay UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN AGUSTÍN DE AREQUIPA RESOLUCIÓN DE CONSEJO UNIVERSITARIO Nº 0573-2026 Arequipa, 22 de octubre de 2026Vistos, la Carta de invitación de la Universidad Nacional del Este - UNE (República de Paraguay) dirigida a las Universidades miembros del Consejo de Rectores por la Integración de la Subregión Centro Oeste de Sudamérica - CRISCOS, para participar del “53º Encuentro de Coordinadores de Movilidad de la Red CRISCOS” , y de la “Asamblea General del Consejo de Rectores por la Integración de la Subregión Centro Oeste de Sudamérica” , que tendrán lugar en el Encuentro Internacional CRISCOS; y, el O fi cio Nº 1212-2026-UNSA- VRAC del Vicerrectorado Académico de la Universidad Nacional de San Agustín de Arequipa - UNSA, mediante el cual se solicita autorización de viaje internacional, asignación de pasajes aéreos, seguro de viaje y viáticos, a fi n de que el Vicerrectorado Académico asista al Encuentro Internacional CRISCOS. CONSIDERANDO:Que, la Universidad Nacional de San Agustín de Arequipa, está constituida conforme a la Ley Nº 30220, Ley Universitaria, se rige por sus respectivos estatutos y reglamentos, y desarrolla sus actividades dentro de la autonomía de gobierno, académica, administrativa y económica, prevista en el artículo 18º de la Constitución Política del Estado. Que, el artículo 6º de la Ley Nº 30220, Ley Universitaria, establece lo siguiente: “La universidad tiene los siguientes fi nes: (…) 6.1 Preservar, acrecentar y transmitir de modo permanente la herencia cientí fi ca, tecnológica, cultural y artística de la humanidad, (…) 6.5 Realizar y promover la investigación cientí fi ca, tecnológica y humanística la creación intelectual y artística (…)” . Que, el artículo 63º de la Ley Nº 30220, Ley Universitaria, establece lo siguiente: “Todas las universidades cuentan obligatoriamente con un Vicerrector Académico y pueden contar con un Vicerrector de Investigación. Sus atribuciones y funciones se establecen en el Estatuto de la universidad. Los Vicerrectores apoyan al Rector en la gestión de las áreas de su competencia”. Que, por su parte, el artículo 159º del Estatuto Universitario de la UNSA, establece dentro de las atribuciones del Vicerrector Académico: “(…) 159.4 Impulsar la movilidad docente y estudiantil y las relaciones interuniversitarias con instituciones nacionales y extranjeras (…)”. Que, el Consejo de Rectores por la Integración de la Subregión Centro Oeste de Sudamérica (CRISCOS) es una red universitaria subregional integrada por instituciones de educación superior de los países de Argentina, Bolivia, Chile, Paraguay y Perú, orientada a promover la integración académica, cientí fi ca, tecnológica y cultural, así como el fomento de la movilidad estudiantil y docente y el desarrollo de proyectos conjuntos de investigación entre sus miembros. Estando la Universidad Nacional de San Agustín de Arequipa integrada a la referida red internacional. Que, en atención a ello, la Universidad Nacional de San Agustín de Arequipa fue invitada por la Universidad Nacional del Este - UNE (República del Paraguay), para participar del “53º Encuentro de Coordinadores de Movilidad de la Red CRISCOS” , y de la “Asamblea General del Consejo de Rectores por la Integración de la Subregión Centro Oeste de Sudamérica” , que tendrán lugar en el Encuentro Internacional CRISCOS, a realizarse del 27 al 30 de octubre del presente año, en el Campus Central de la UNE, ubicado en Ciudad del Este - Paraguay; por lo que, en virtud de la invitación alcanzada, el Vicerrector Académico de la Universidad mediante el O fi cio Nº 1212-2026-UNSA-VRAC, solicitó al Consejo Universitario autorización de viaje internacional, así como la asignación de pasajes aéreos, seguro de viaje y viáticos, a fi n de asistir al Encuentro Internacional CRISCOS. Que, de esta manera, el viaje del Vicerrector Académico de la UNSA se encuentra enmarcado dentro del Principio de Internacionalización establecido en el artículo 5º de la Ley Nº 30220, Ley Universitaria, concordante con el artículo 4º del Estatuto Universitario, y dentro de la función que tiene la Universidad de fomentar alianzas estratégicas con las Universidades Públicas y Privadas,