Fuente: Diario Oficial El Peruano.
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101 NORMAS LEGALES Sábado 24 de octubre de 2026 El Peruano / actuados contenida en el informe Nº 110-2026-MP-FN- OREF-MVCQ, de fecha 21 de octubre de 2026. Estando a lo expuesto y en ejercicio de las facultades conferidas por los artículos 158 y 159 de la Constitución Política del Perú, y a lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 052 y modi fi cada por el artículo único de la Ley Nº 31718; SE RESUELVE: Artículo Primero .- Dar por concluido el nombramiento del abogado Miguel Ángel Quijano Sena, como fi scal provincial provisional del Distrito Fiscal de Lambayeque, y su designación en la Fiscalía Provincial Especializada en Materia Ambiental de San Ignacio, materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación Nºs. 2769-2015-MP-FN, 2956-2024-MP-FN y 2714-2025-MP- FN, de fechas 10 de junio de 2015, 30 de diciembre de 2024 y 3 de septiembre de 2025, respectivamente, sin perjuicio de las acciones legales que estuviesen pendientes, por las quejas o denuncias que pudiesen encontrarse en trámite. Artículo Segundo .- Hacer de conocimiento al abogado Miguel Ángel Quijano Sena que debe efectuar la correspondiente entrega de cargo, conforme a las disposiciones señaladas en la Directiva General Nº 007-2002-MP-FN “Normas para la Entrega de Cargo”, aprobada por Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 972-2002-MP-FN, de fecha 13 de junio de 2002. Artículo Tercero .- Disponer la noti fi cación de la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lambayeque, Coordinación Nacional de las Fiscalías Especializadas en Materia Ambiental, Gerencia General, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales, O fi cina General de Potencial Humano, O fi cina de Integridad Institucional, O fi cina de Control de la Productividad Fiscal, Registro Nacional de Detenidos y Sentenciados a Pena Privativa de Libertad Efectiva, Ofi cina de Imagen Institucional y al abogado mencionado. Regístrese, comuníquese y publíquese. TOMÁS ALADINO GÁLVEZ VILLEGAS Fiscal de la Nación 2568029-1 Nombran fiscal superior provisional del Distrito Fiscal de Huancavelica RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 3336-2026-MP-FN Lima, 23 de octubre de 2026VISTOS: El o fi cio Nº 003894-2026-MP-FN-FSNCEDCF, de fecha 23 septiembre de 2026, y el informe Nº 0188-2026-MP-FN-OREF-ENYO, de fecha 9 de octubre de 2026, y; CONSIDERANDO:Mediante el o fi cio de vistos, la Coordinación Nacional de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Corrupción de Funcionarios, eleva propuesta en terna para cubrir la plaza de fi scal superior en la Fiscalía Superior Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios del Distrito Fiscal de Huancavelica. A través de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2414-2015-MP-FN, de fecha 3 de junio de 2015, se dispuso designar a la abogada Liz Cuba Romero, fi scal adjunta superior titular especializada en delitos de corrupción de funcionarios de Huancavelica, Distrito Fiscal de Huancavelica, en la Fiscalía Superior Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios del Distrito Fiscal de Huancavelica.Los numerales 3 y 4 del artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 052 y modi fi cada por el artículo único de la Ley Nº 31718, establecen que corresponde al Fiscal de la Nación el nombramiento de los fi scales provisionales de todos los niveles, así como la designación de los fi scales titulares y provisionales en el órgano fi scal respectivo. El numeral 64.2 del artículo 64 de la Ley Nº 30483, Ley de la Carrera Fiscal, modi fi cada por la Ley Nº 31718, señala que los fi scales provisionales son aquellos fi scales titulares que en caso de vacancia, licencia o impedimento ocupan el nivel superior inmediato vacante y aquellos abogados que cumplen los requisitos para el nivel que se les designa. Al respecto, el Tribunal Constitucional ha manifestado en reiterada jurisprudencia que la “(…) provisionalidad constituye una situación fáctica que no genera más derechos que los inherentes al cargo que provisionalmente ejerce quien no ostenta titularidad alguna (…)” (STC Nº 2770-2010-PA/TC); asimismo, la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en la sentencia de fecha 24 de noviembre de 2020, caso Casa Nina vs. Perú, determinó que no debe extenderse inde fi nidamente en el tiempo y debe estar sujeta a una condición resolutoria. En ese sentido, es necesario emitir el resolutivo correspondiente a fi n de nombrar y designar a la abogada Liz Cuba Romero, para que ocupe provisionalmente el cargo de fi scal superior en la Fiscalía Superior Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios del Distrito Fiscal de Huancavelica, para lo cual previamente se deberá concluir su designación señalada en el segundo párrafo de la parte considerativa de la presente resolución; en atención al marco normativo, previa veri fi cación del cumplimiento de los requisitos de ley y según el informe Nº 0188-2026-MP-FN-OREF-ENYO, de fecha 9 de octubre de 2026. De conformidad con lo establecido por el artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 052 y modi fi cada por el artículo único de la Ley Nº 31718; SE RESUELVE:Artículo Primero .- Dar por concluida la designación de la abogada Liz Cuba Romero, fi scal adjunta superior titular especializada en delitos de corrupción de funcionarios de Huancavelica, Distrito Fiscal de Huancavelica, en la Fiscalía Superior Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios del Distrito Fiscal de Huancavelica; materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2414-2015-MP-FN, de fecha 3 de junio de 2015. Artículo Segundo .- Nombrar a la abogada Liz Cuba Romero, como fi scal superior provisional del Distrito Fiscal de Huancavelica, designándola en la Fiscalía Superior Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios del Distrito Fiscal de Huancavelica, con retención de su cargo de carrera. Artículo Tercero .- Hacer de conocimiento a la abogada Liz Cuba Romero que debe efectuar la correspondiente entrega de cargo, conforme a las disposiciones señaladas en la Directiva General Nº 007-2002-MP-FN “Normas para la Entrega de Cargo”, aprobada por la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 972-2002-MP-FN, de fecha 13 de junio de 2002. Artículo Cuarto .- Disponer la noti fi cación de la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Huancavelica, Coordinación Nacional de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Corrupción de Funcionarios, Gerencia General, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales, O fi cina General de Potencial Humano, O fi cina de Integridad Institucional, O fi cina de Imagen Institucional y a la fi scal mencionada. Regístrese, comuníquese y publíquese. TOMÁS ALADINO GÁLVEZ VILLEGAS Fiscal de la Nación 2568029-2