Diario oficial El Peruano

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2026 (10/09/2026)

CANTIDAD DE PAGINAS: 200

Fuente: Diario Oficial El Peruano.

TEXTO PAGINA: 28

28 NORMAS LEGALES Jueves 10 de setiembre de 2026 El Peruano / Superintendencia Nacional de Bienes Estatales o el Gobierno Regional con funciones transferidas, según corresponda, previa evaluación, asume la titularidad mediante resolución, respecto de los predios de propiedad o bajo administración de las entidades que éstas pongan a su disposición, cuando dichos predios no les sean de utilidad para el cumplimiento de sus fi nes institucionales, implicando la puesta a disposición la renuncia efectuada por la Entidad a su derecho de propiedad, así como la transferencia de posesión, según corresponda; Que, por Resolución Ministerial N° 0524-2025- MIDAGRI, modi fi cada por Resolución Ministerial N° 0023-2026-MIDAGRI y Resolución Ministerial N° D000224-2026-MIDAGRI-DM que delega facultades en diversos funcionarios del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego durante el año fi scal 2026; se delegó entre otros, facultades a favor del Secretario General; Que, conforme a los documentos de vistos, resulta necesario modi fi car el artículo 1 de la Resolución Ministerial N° 0524-2025-MIDAGRI, modi fi cada por la Resolución Ministerial N° 0023-2026-MIDAGRI y la Resolución Ministerial N° D000224-2026-MIDAGRI-DM, mediante la cual se delegan facultades a diversos funcionarios del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego durante el Año Fiscal 2026, a fi n de incorporar el rubro “En materia de administración y gestión de predios” y, dentro de este, la facultad delegada a favor del Secretario General para comunicar a la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales (SBN) o al Gobierno Regional con funciones transferidas, la puesta a disposición de los predios que no sean de utilidad al Ministerio para el cumplimiento de los fi nes institucionales; Con las visaciones del Secretario General y del Director General de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 31075, Ley que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego; el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General aprobado por Decreto Supremo N° 006-2026-JUS y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, aprobado por Resolución Ministerial N° D000289-2026-MIDAGRI-DM; SE RESUELVE:Artículo 1.- Se modi fi ca el artículo 1 de la Resolución Ministerial N° 0524-2025-MIDAGRI, modi fi cada por la Resolución Ministerial N° 0023-2026-MIDAGRI y la Resolución Ministerial N° D000224-2026-MIDAGRI- DM, mediante la cual se delegan facultades a diversos funcionarios del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego durante el Año Fiscal 2026, a fi n de incorporar el rubro “En materia de administración y gestión de predios”, el cual queda redactado de la siguiente manera: “Artículo 1.- Delegación de facultades en el Secretario General Se delega en el Secretario General del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, las siguientes facultades: (…)En materia de administración y gestión de prediosComunicar a la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales (SBN) o, al Gobierno Regional con funciones transferidas, la puesta a disposición de los predios que no sean de utilidad al Ministerio para el cumplimiento de los fi nes institucionales. (…)”.Artículo 2.- Se dispone se noti fi que la presente Resolución Ministerial al Despacho Viceministerial de Políticas y Supervisión del Desarrollo Agrario, al Despacho Viceministerial de Desarrollo de Agricultura Familiar e Infraestructura Agraria y Riego, a la Secretaría General, así como a todos los órganos, unidades orgánicas, programas, proyectos especiales y organismos públicos adscritos del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego.Artículo 3.- Se dispone la publicación de la presente Resolución Ministerial en la sede digital del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (www.gob.pe/midagri) el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese MARCO ANTONIO VINELLI RUIZ Ministro de Desarrollo Agrario y Riego 2552524-1 Aprueban otorgamiento de subvenciones a favor de diversas Organizaciones Agrarias de Mujeres RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° D000362-2026- MIDAGRI-DM Jesús María, 9 de setiembre del 2026VISTOS:Los O fi cios N° D001087-2026-MIDAGRI-AGROIDEAS- DE y N° D001160-2026-MIDAGRI-AGROIDEAS-DE del Programa de Compensaciones para la Competitividad; el Memorando N° D000148-2026-MIDAGRI-DVPSDA- DGGT de la Dirección General de Gestión Territorial; el Memorando N° D000074-2026-MIDAGRI-DVPSDA- DGGT-DPMPA y el Informe N° D000030-2026-MIDAGRI- DVPSDA-DGGT-DPMPA-CGCR de la Dirección de Promoción de la Mujer Productora Agraria; el Memorando N° D000589-2026-MIDAGRI-SG-OGPP de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto que adjunta el Informe N° D000389-2026-MIDAGRI-SG-OGPP-OPRES de la O fi cina de Presupuesto; y el Informe N° D000512- 2026-MIDAGRI-SG-OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el literal e) del artículo 5 de la Ley Nº 31075, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, este Ministerio ejerce competencia en materia de sanidad, inocuidad, investigación, extensión, transferencia de tecnología y otros servicios vinculados a la actividad agraria; Que, el inciso d) del artículo 8 de la Ley Nº 32535, Ley de Igualdad de Oportunidades entre Mujeres y Hombres, establece que el Poder Ejecutivo, los gobiernos regionales y los gobiernos locales, en todos los sectores y según sus competencias, adoptan políticas, planes y programas, integrando los principios de la referida ley de manera transversal; para dicho efecto, se constituye como lineamiento, fomentar el acceso a recursos productivos, fi nancieros, cientí fi co-tecnológicos y de créditos para la producción y titulación de tierras, particularmente a las mujeres en situación de pobreza, teniendo en cuenta la diversidad geográ fi ca, étnico-cultural, lingüística y las zonas afectadas por la violencia política; Que, el artículo 3 de la Ley Nº 31168, Ley que promueve el empoderamiento de las mujeres rurales e indígenas, establece que el Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, en coordinación con el Ministerio de la Producción, en el ámbito de su competencia, desarrolla programas especí fi cos sobre planes de negocio, proyectos productivos, asistencia técnica y manejo de tecnologías agrícolas, dirigidos especí fi camente a las mujeres rurales e indígenas; Que, la Cuadragésima Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026, autoriza al Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, durante el Año Fiscal 2026, hasta por la suma de S/ 10 000 000,00 (Diez Millones y 00/100 Soles) para otorgar subvenciones, a través de la Estrategia de “Emprendimiento de la Mujer Rural e Indígena para el Año 2026”, con cargo a los recursos de su presupuesto institucional, a favor de las mujeres productoras rurales e