Diario oficial El Peruano

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2026 (19/09/2026)

CANTIDAD DE PAGINAS: 240

Fuente: Diario Oficial El Peruano.

TEXTO PAGINA: 238

238 NORMAS LEGALES Sábado 19 de setiembre de 2026 El Peruano / Que, no obstante, el Sub Capítulo I Aspectos Generales del MOP de los Lineamientos Nº 02-2020-SGP, en el Literal E, prevé, los órganos que pueden contar con un MOP, cuando se sustente la necesidad, son los órganos desconcentrados y los órganos académicos. Sin perjuicio que cuente con un MOP, el órgano desconcentrado debe estar incluido en el ROF de la entidad pública de la cual forma parte (por ejemplo, ministerio o gobierno regional), tanto en, el artículo que desarrolla la estructura de la entidad, como en el artículo que desarrolla las funciones generales que le han sido asignadas al referido órgano desconcentrado; Que, el Artículo 55º numeral 55.1 de los Lineamientos de Organización del Estado, establece que, la propuesta del MOP se sustenta en un Informe Técnico elaborado por la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto o la que haga sus veces, el cual justi fi ca su estructura y los mecanismos de control y coordinación; y, en un Informe Legal elaborado por la O fi cina de Asesoría Jurídica o la que haga sus veces; Que, mediante OFICIO Nº 122-2026-GRU-GRDS- DIRESA-OEPyP, de fecha 03 de julio de 2026, el Director Regional de Salud de Ucayali, remite a la Gerencia Regional de Planeamiento y Presupuesto, el proyecto de modi fi cación parcial del “Manual de Operaciones – MOP de la Dirección Regional de Salud de Ucayali y Redes Integradas de Salud”, en cumplimiento con la tercera Disposición Complementaria Transitoria de la Ordenanza Regional Nº 003-2026-GRU-CR, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones – ROF del Gobierno Regional de Ucayali; anexando el informe técnico y el informe legal correspondiente; Que, mediante INFORME Nº 008-2026-GRU-GRDS- DIRESA-OEPyP-OMI, de fecha 25 de marzo de 2026, la responsable de la O fi cina de Modernización Institucional de la Dirección Regional de Salud de Ucayali, emite el INFORME TECNICO que sustenta la modi fi cación parcial del Manual de Operaciones de la DIRESA y sus Redes Integradas de Salud; documento que contiene: Sección 1: Justi fi cación de necesidad; Sección 2: Análisis de Racionalidad; Sección 3: Propuesta de Mejora de Estructura Orgánica; Sección 4: Proyecto del MOP y sus RIS; Que, asimismo obra en el expediente, el INFORME LEGAL Nº 046-2026-GRU-GRDS-DIRESA-DG-OAJ, de fecha 01 de julio de 2026, emitido por Director de la Asesoría Jurídica de la DIRESA, documento que describe los Antecedentes, el Marco Legal y el Análisis de la propuesta del MOP; CONCLUYENDO: 1) La O fi cina de Planeamiento y Presupuesto ha sustentado técnicamente la modi fi cación parcial del Manual de Operaciones; (…); 5) Resulta jurídicamente viable y procedente. Por lo que recomienda a la O fi cina Ejecutiva de Planeamiento y Presupuesto proseguir con el trámite para su aprobación; Que, mediante INFORME Nº 168-2026-GRU-GRPP- SGMI de fecha 16 de julio de 2026, el Director de la Subgerencia de Modernización Institucional, remite a la Gerencia Regional de Planeamiento y Presupuesto del Gobierno Regional de Ucayali, la CONFORMIDAD a la propuesta del Manual de Operaciones de la Dirección Regional de Salud de Ucayali y las Redes Integradas de Salud; con el INFORME Nº 058-2026-GRU-GRPP-SGMI/PPR que adjunta; Que, el INFORME Nº 058-2026-GRU-GRPP-SGMI/ PPR de fecha 15 de julio de 2026, emitido por el especialista de la Subgerencia de Modernización Institucional, luego de la revisión y análisis de la propuesta de modi fi cación del MOP de la Dirección Regional de Salud de Ucayali y sus cuatro (4) Redes Integradas de Salud; CONCLUYE: Que, se ha elaborado CONFORME a los criterios y reglas establecidas en los Lineamientos de Organización del Estado aprobado mediante Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM y sus modi fi catorias; asimismo CUMPLE con lo establecido en los Lineamientos Nº 02-2020-SGP “Orientaciones para el Reglamento de Organización y Funciones – ROF y el Manual de Operaciones – MOP” aprobado mediante Resolución de Secretaria de Gestión Pública Nº 005-2020-PCM-SGP; Que, mediante INFORME LEGAL Nº 073-2026-GRU- GGR-GRAJ/TTC, de fecha 24 de julio de 2026, la Gerencia Regional de Asesoría Jurídica del Gobierno Regional de Ucayali, respecto a la aprobación del MOP, invoca el Artículo 55º numeral 55.2 del Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM, en el cual establece que el MOP se aprueba según corresponda, por Decreto Regional en el caso de gobiernos regionales; y, conforme invoca la parte fi nal del Artículo 40º de la Ley Nº 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, los Decretos Regionales son aprobados y suscritos por el Gobernador Regional, con acuerdo del Directorio de Gerentes Regionales; por lo que, mediante OFICIO Nº 01184-2026-GRU-GGR-GRAJ, se remitió al Secretario General de la Entidad para hacer de conocimiento en el Directorio de Gerentes Regionales; Que, mediante MEMORANDO Nº 463-2026-GRU- GGR-GRGDYTI, de fecha 24 de agosto de 2026, el Gerente Regional de Gestión Documentaria y Tecnologías de la Información, trascribe el Acuerdo Nº 010-2026-GRU-DG, aprobado por el Directorio de Gerentes del Gobierno Regional de Ucayali: “ ACUERDO Nº 010-2026-GRU-DG : Aprobar el Manual de Operaciones – MOP de la Dirección Regional de Salud de Ucayali y Redes Integradas de Salud; por lo que se debe encargar a la O fi cina Regional de Asesoría Jurídica del Gobierno Regional de Ucayali, proyectar el DECRETO REGIONAL que aprueba el mencionado manual” ; Que, el Artículo 37° literal b) de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, faculta a la Gobernador Regional, como el órgano de gobierno, dictar las normas y disposiciones, como los Decretos Regionales y las Resoluciones Regionales; concordante con el Artículo 40º de la citada Ley, los Decretos Regionales establecen normas reglamentarias. Los Decretos Regionales son aprobados y suscritos por la Gobernación Regional, con acuerdo del directorio de Gerencias Regionales; requisito que se ha cumplido en el presente caso; Que, además, Artículo 55º numeral 55.2 de los Lineamientos de Organización del Estado, dispone, el MOP se aprueba según corresponda, por resolución ministerial o por resolución del titular de un organismo público, en el caso del Poder Ejecutivo o por Decreto Regional o de Alcaldía, en el caso de los gobiernos regionales y locales; Que, si bien el área usuaria, propuso una modi fi cación parcial del MOP; no obstante, no precisa, ni identi fi ca que extremos del MOP vigente aprobado mediante DECRETO REGIONAL Nº 005-2024-GRU-GR se modi fi ca, y que extremos quedan subsistentes; por lo que, por técnica legislativa, se debe derogar el citado DECRETO REGIONAL Nº 005-2024-GRU-GR, y aprobar una nueva norma integrada; Que, con la facultad que otorga la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, el Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM y sus modi fi catorias; y, con las visaciones de la Gerencia General Regional, Gerencia Regional de Planeamiento y Presupuesto, Gerencia Regional de Asesoría Jurídica, Subgerencia de Modernización Institucional; DECRETA:Artículo Primero .- DEROGAR el DECRETO REGIONAL Nº 005-2024-GRU-GR que aprobó el MOP de la Dirección Regional de Salud de Ucayali y sus dos Redes Integradas de Salud: Coronel Portillo y Atalaya. Artículo Segundo. - APROBAR el documento técnico normativo de gestión organizacional, siguiente: - Manual de Operaciones (MOP) de la Dirección Regional de Salud de Ucayali ; que consta de tres (3) Títulos, ochenta y siete (87) Artículos y un (1) Anexo: Organigrama de la Dirección Regional de Salud; cuyo texto íntegro, forma parte como Anexo del presente Decreto Regional. - Manual de Operaciones (MOP) de órganos desconcentrados de la DIRESA Ucayali, que comprende a: (i) Red Integrada de Salud 1 Coronel Portillo ; (ii) Red Integrada de Salud 2 Federico Basadre , (iii) Red Integrada de Salud 3 Atalaya , (iv) Red Integrada de Salud 4 Aguaytía ; instrumento normativo que consta de tres (3) Títulos, cuarenta y seis (46) Artículos y un Anexo: Organigrama de las Redes Integradas de Salud; cuyo texto íntegro, forma parte como Anexo del presente Decreto Regional.