Norma Legal Oficial del día 23 de enero del año 1998 (23/01/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

MORDAZA, viernes 23 de enero de 1998 D.S. N" 01%93-TCC, su Reglamento General aprobado por D.S. W 06-94-TCC y el D.S. N" 015-97-MTC; Estando a lo opinado por la Direccion de Asesoria Tecnica; SE RESUELVE: Articulo lo.- Sancionar con multa de una (1) Unidad Impositiva Tributaria, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolucion, alas estaciones del $&;io$ Radiodifusion Comercial, que a continuaclon se
- ESTACION PROPIETARIO 0 REPRESENTANTE UBICACION FRECUENCIA POTENCIA - ESTACION PROPIETARIO 0 REPRESENTANTE UBICACION FRECUENCIA POTENCIA . ESTACION PROPIETARIO 0 REPRESENTANTE UBICACION FRECUENCIA POTENCIA - ESTACION PROPIETARIO 0 REPRESENTANTE UBICACION FRECUENCIA POTENCIA - ESTACION PROPIETARIO 0 REPRESENTANTE UEICACION FRECUENCIA POTENCIA - ESTACION PROPIETARIO 0 REPRESENTANTE UBICACION FRECUENCIA POTENCIA RADIO CENTRAL MORDAZA MORDAZA MORDAZA Av. MORDAZA Mirando 933 - Zapayanga - Dpto. MORDAZA 104.7 MHz 80 VI. RADIO HEROICA Lourd MORDAZA MORDAZA Plaza Principal del Bardo de MORDAZA sfn _ Chupara . Dpto. MORDAZA 95.5 MHz 1ow. RADIO MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA Rcdriguez Jr. Bolcgnesi 250. MORDAZA - Dpto. MORDAZA 95.5 MHz 50 w. RADIO GALAX MORDAZA MORDAZA MORDAZA Av. Marginal 481 . Pichanaki . Dpto. MORDAZA 101.4MHz 30 w. MORDAZA 3 TELEVISION MORDAZA Eccardo Asentamiento La MORDAZA Cerro La MORDAZA . La MORDAZA _ Dpto. MORDAZA MORDAZA W-66 18w RADIO AGRICULTURA Almicar MORDAZA MORDAZA Chanchamayo 269 - Huasahuasi Dpto. MORDAZA 104.1 MHz 20 w.

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Articulo 4".- Las estaciones sancionadas deberan abstenerse de seguir operando, con igual o distinta denominacion, hasta que no obtengan la autorizacion correspondiente del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y ConstruccMn, en caso contrario se les impondra nueva sancion administrativa. Articuro 6".- La presente Resolucion sera puesta en conocimiento de las Municipalidades Distritales correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA OSAKI SUEMITSU Director General de Telecomunicaciones Direccion General de Telecomuncaciones 0737 RESOLUCION DIRECTORAL No 007-98-MTC115.19 MORDAZA, 14 de enero de 1998 CONSIDERANDO: Que mediante Informe No lo-97-MTCYINICTEL-CIT, el Instituto Nacional de Investigacion y Capacitacion en Telecomunicaciones - INICTEL en virtud del Convenio Especifico No 2 denominado "Inspecciones Tecnicas para el Control del Espectro Radioelectrico" suscrito dentro del MORDAZA del Convenio MORDAZA de Cooperacion y Asesoramiento celebrado con el Ministerio y aprobado por R.M. N" 150-97MTCB5.04, da cuenta de la verificacion, monitoreo movil e incautacion realizadas en las localidades ubicadas en los departamentos del MORDAZA y MORDAZA se detecto alas estaciones denominadas RADIO JAPAN de la localidad de Sicuani,, RADIO PRISMA y RADIO AMISTAD de la localidad de MORDAZA y RADIO LAS ESTRELLAS, RADIO RRIPTON y RADIO CIMA de la localidad de Juliaca, operando el Servicio de Radiodifusion Sonora Comercial sin contar con la autorizacion, permiso o licencia expedida por el Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion; Que, el Articulo 22" del TU0 de la Ley de Telecomunicaciones, concordante con los Articulos 97" y 144" de su Reglamento General, establecen que para operar el Servicio de Radiodifusion se requiere de autorizacion previa otorgada por el titular de este Ministerio; en consecuencia conforme las verificaciones efectuadas se tiene que las estaciones radiodifusoras MORDAZA citadas han incurrido en i.nfraccion administrativa, las mismas que son pasibles de la sancion de multa, la cual debe imponerse conforme la escala establecida en el D.S. W 01597-MTC; Que, las estaciones denominadas RADIO JAPAN, RADIO PRISMA, RADIO AMISTAD, RADIO DE LAS ESTRELLAS, RADIO RRIPTON y RADIO CIMA, han incurrido en infraccion administrativa leve al haberseles encontrado operando, sin la debida autorizacion, con una potencia menor a cien (100) vatios, por lo que corresponde imponerseles sancion de multa de media (112) a diez (10) Unidades Impositivas Tributarias la cual debe ser graduada teniendo en consideracion la repercusion social de la misma en relacion ala ubicacion de la estacion infractora, conforme la facultad prevista en el Articulo 94" del TU0 de la Ley de Telecomunicaciones; Que el Articulo 238" del Reglamento General aprobado por D.S. N"06-94-TCC dispone que la sancion sera determinada, verificada, evaluada y sancionada por la Direccion General de Telecomunicaciones; De conformidad con lo dispuesto en el Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaoiones aprobado por D.S. N" 013-93-TCC, su Reglamento General aprobado por D.S. W 06-94-TCC y el D.S. N" 015-97-MTC. Estando a lo opinado por la Direccion de Asesoria Tecnica; SE RESUELVE: Articulo lo.- Sancionar con multa de una (1) Unidad Impositiva Tributaria, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolucion, a la siguiente estacion del Servicio de Radiodifusion Comercial, que a continuacion se detalla:

Articulo 2".- Sancionar con multa de dos (2) Unidades Impositivas Tributarias, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolucion, alas estaciones del Servicio de Radiodifusion Comercial, que a continuacion se detallan:
- ESTACION PROPIETARIO 0 REPRESENTANTE UBICACION FRECUENCIA POTENCIA . ESTACION PROPIETARIO 0 REPRESENTANTE UBICAClON _- ._. -.FRECUENCIA POTENCIA : S.A. DE RADIODIFUSION EL CHASQUI . RADIO .IAll.IA -. - -. MORDAZA MORDAZA Alarcb Jr. Bdognesi 448. Jaula - Dpto. MORDAZA 98.1 MHz 25w RADIO SISTEMA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jr. Bdognesl484 -Jaula - Dpto. MORDAZA 95.5 MHz 27 w.

Articulo So.- El propietario o representante de cada una de las estaciones infractoras debera cancelar el monto de la multa impuesta dentro del termino improrrogable de treinta (30) dias, a cuyo vencimiento se procedera a la cobranza coactiva.

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