Norma Legal Oficial del día 13 de mayo del año 1998 (13/05/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 20

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NORMAS LEGALES
LLENAR CON LETRAS MAYUSCULAS NO LLENAR LAS CASILLAS SOMBREADAS

MORDAZA, miercoles 13 de MORDAZA de 1998

FORMATO 1025 FICHA DE AFILIACION AL SEGURO COMPLEMENTARIO DE TRABAJO DE RIESGO ­ SALUD Formato a ser utilizado por la entidad empleadora ( principal o sucursal o desdoble de planilla u obra de construccion civil que desarrolle la actividad de alto riesgo) para contratar la cobertura que otorga el IPSS a traves del Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo (SCTR). MORDAZA 02 Consigne el codigo de la Entidad Empleadora. Si la Entidad Empleadora es persona juridica consigne la razon social. Si es persona natural consigne el nombre del empleador. En caso que la Entidad Empleadora no se encuentre inscrita en el Seguro Social de Salud del IPSS, debera efectuar previamente dicho tramite, en las oficinas respectivas. En caso de modificacion se debera consignar la misma tasa base SCTR. Tabla Nº 1 Rangos de tasas de aportacion del D.L. Nº 18846 De 1.0% al 1.7% De 2.3% al 4.0% De 5.3% al 7.0% De 9.2% a 12.2% Sin tasa de referencia (*) No incluye IGV Tasa base SCTR (*)

MARQUE CON UN ASPA "X": INSCRIPCION : Si efectua la afiliacion al SCTR. MODIFICACION (Anual): Si efectua cambios posteriores a la inscripcion en las Casillas 09, 10 u 11. BAJA: Si se efectua la desafiliacion al SCTR. Precise el motivo en el RUBRO IV de este formato. RUBRO I. DATOS DE LA ENTIDAD EMPLEADORA USUARIA DE SERVICIOS DE TERCEROS Este rubro debera ser llenado por las siguientes entidades empleadoras que tengan trabajadores destacados en entidades empleadoras usuarias que realicen actividades de alto riesgo: · cooperativas de trabajadores o · empresas de servicios especiales (temporales o complementarios) o · contratistas o subcontratistas o · instituciones analogas. MORDAZA 05 Consigne el codigo de la entidad empleadora Usuaria de Servicios de Terceros. Si la Entidad Empleadora es persona juridica consigne la razon social. Si es persona natural consigne el nombre del empleador. ACTIVIDAD ECONOMICA DE ALTO RIESGO Consigne el codigo respectivo de la actividad economica de alto riesgo de la empresa, segun la columna CIIU Rev. 3 del Anexo 5 del D.S. Nº 00398-SA. Consigne la denominacion de la actividad economica de alto riesgo senalada en la MORDAZA anterior.

0.9% 2.0 % 4.0% 7.0% El IPSS lo asignara

MORDAZA 09

Consigne el numero de trabajadores a afiliar en el SCTR a la firma del contrato. Consigne la tasa que resulta de aplicar los descuentos o incrementos a la tasa base. Para obtener la tasa SCTR se debera aplicar el descuento correspondiente a la cantidad de trabajadores segun la Tabla Nº 2. Redondear el resultado a dos decimales.

MORDAZA 12

Tabla Nº 2 Numero de Trabajadores afiliados al SCTR De 301 a 500 De 501 a 1000 De 1001a 2000 Mayores a 2000 Descuento a aplicarse a la Tasa base del SCTR 10% 15% 20% 25%

RUBRO II. MORDAZA 06

RUBRO IV:

MOTIVO DE BAJA

Marque con un aspa la MORDAZA que corresponda. En caso de haber marcado la MORDAZA 13 la baja se MORDAZA efectiva en un plazo de 90 dias calendario.

MORDAZA 07

En caso de Entidades Empleadoras Prestadoras de Servicios de Terceros deberan consignar la actividad economica de alto riesgo de la Entidad Empleadora Usuaria indicada en el RUBRO I. RUBRO III. VARIABLES PARA DETERMINAR LA TASA DE APORTACION DEL SCTR-SALUD Consigne la tasa base del SCTR correspondiente al rango de tasa del D.L. Nº 18846 que empleaba anteriormente (Tabla Nº 1). En caso de no haber estado afecto anteriormente consigne ceros. En el caso de Entidades Empleadoras Prestadoras de Servicios de Terceros se debera consignar la tasa base del SCTR correspondiente al rango de tasa del D.L. Nº 18846 que empleaba anteriormente la empresa usuaria.

IMPORTANTE La Entidad Empleadora debera inscribir en forma independiente al SCTR a aquellas sucursales, desdobles de planilla u obras correspondientes al Centro de Trabajo en el(los) cual(es) se realicen actividades de alto riesgo. En caso se requiera inscribir a este seguro a trabajadores de alguna sucursal o desdoble de planilla que anteriormente no aportaba por el D.L. Nº 18846 se debera tomar como tasa de referencia la tasa que empleaba anteriormente otra sucursal, desdoble de planilla u obra de su empresa en la cual se realice la actividad economica de alto riesgo.

MORDAZA 08

LAS CASILLAS SOMBREADAS SERAN LLENADAS POR EL IPSS

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