Norma Legal Oficial del día 13 de marzo del año 1999 (13/03/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

MORDAZA, sabado 13 de marzo de 1999

NORMAS LEGALES

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DICE: "... y MORDAZA perjuicios del imputado..." DEBE DECIR: "... y MORDAZA prejuicios del imputado..." DICE: "... MORDAZA Sala Penal-; se trate de evitar..." DEBE DECIR: "... MORDAZA Sala Penal-; se trata de evitar..." 3475

Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA CASO LAY Contralor General de la Republica 3444

DEFENSORIA DEL PUEBLO
Autorizan viaje de Defensora Especializada en los Derechos de la Mujer a los EE.UU., en comision de servicios
RESOLUCION DEFENSORIAL Nº 08-99/DP MORDAZA, 10 de marzo de 1999 Vistos; el Memorando Nº 049-99-DP/DM de la Defensora Especializada en los Derechos de la Mujer y el Memorando Nº 225-99-DP/GAF de la Gerencia de Administracion y Finanzas, mediante los que se solicita aprobar la resolucion que autorice el viaje de la citada funcionaria, a la MORDAZA de Nueva MORDAZA, del 7 al 13 de marzo del presente ano; y, CONSIDERANDO: Que, la Defensora Especializada en los Derechos de la Mujer ha sido invitada a la sesion del "Grupo de Trabajo de Composicion Abierta de la Convencion sobre la Eliminacion de Todas las Formas de Discriminacion contra la Mujer" (CEDAW), en la MORDAZA de Nueva MORDAZA, Estados Unidos de MORDAZA, del 7 al 13 de marzo de 1999; Que, interesa a la Defensoria del Pueblo que la mencionada funcionaria participe de modo oficial en su representacion, por tratarse de asuntos que conciernen a las funciones que la Constitucion del Estado y su Ley Organica le han encomendado, por lo que es procedente autorizar la comision del servicio pertinente para llevar a cabo las actividades anteriormente citadas; Que, los gastos que irroguen los pasajes y estadia por la referida comision del servicio al exterior seran asumidos por el Instituto Interamericano de Derechos Humanos; En concordancia con el Decreto Supremo Nº 135-90PCM y en aplicacion de los Decretos Supremos Nºs. 16381-EF y 031-89-EF; en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 26520 y de conformidad con los Articulos 6º y 7º, incisos a) y k) del Reglamento de Organizacion y Funciones aprobado por Resolucion Defensorial Nº 04197/DP; SE RESUELVE: Articulo Primero.- AUTORIZAR la comision del servicio de la senorita doctora MORDAZA del MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Defensora Especializada en los Derechos de la Mujer de la Defensoria del Pueblo, a la MORDAZA de Nueva MORDAZA, Estados Unidos de MORDAZA, del 7 al 13 de marzo de 1999, para los fines referidos en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo Segundo.- Los gastos irrogados por el cumplimiento de esta resolucion seran de cargo del Instituto Interamericano de Derechos Humanos, con excepcion del monto ascendente a US$ 220.00 que por concepto de instalacion sera de cargo del Presupuesto Institucional: Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA SANTISTEVAN DE MORDAZA Defensor del Pueblo 3458

CONTRALORIA GENERAL
Autorizan a procurador iniciar MORDAZA judicial tendiente al reembolso de monto pagado a empresa
RESOLUCION DE CONTRALORIA Nº 026-99-CG MORDAZA, 11 de marzo de 1999 Visto; la Hoja Informativa Nº 004-99-CG/ADF, emitida por Administracion y Finanzas; y, CONSIDERANDO: Que, con fecha 26.JUN.96 la Contraloria General adquirio a la empresa TO TRAVEL PERU S.A., a traves del Proyecto Apoyo a la Modernizacion de la Contraloria General - USAID Nº 527-0356, un boleto aereo en la ruta Ottawa - Nueva MORDAZA - MORDAZA - Caracas - Nueva MORDAZA Ottawa, por un valor ascendente a S/. 4,630.50 (cuatro mil seiscientos treinta y 50/100 nuevos soles), que fue debidamente cancelado mediante Cheque Nº 06572976 del Banco Wiese, conforme al Documento de Cobranza Nº 001-0013; Que, atendiendo a razones de servicio, el referido boleto aereo no fue utilizado por cuyo motivo se solicito a la empresa TO TRAVEL PERU S.A. proceda al reembolso correspondiente, requerimiento que ha sido incumplido hasta la fecha, no obstante los reiterados pedidos formulados por este organismo superior de control; Que, en tal sentido, se hace necesario autorizar al senor Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales de la Contraloria General, para que interponga las acciones judiciales pertinentes para el resarcimiento de la suma MORDAZA citada, en resguardo de los intereses del Estado; En uso de las atribuciones conferidas por el Articulo 24º del Decreto Ley Nº 26162 - Ley del Sistema Nacional de Control y de conformidad con lo dispuesto por los Decretos Leyes numeros 17537 y 17667; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar al senor Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica, para que en nombre y representacion del Estado, interponga las acciones judiciales necesarias por el perjuicio irrogado, referido en el documento de visto, remitiendose para tal efecto los antecedentes correspondientes.

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