Norma Legal Oficial del día 13 de marzo del año 1999 (13/03/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

MORDAZA, sabado 13 de marzo de 1999

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

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so Impugnativo de Reconsideracion, manifestando que en su calidad de Jefe de la Oficina de Ingresos y Egresos, se le ha atribuido no haber tomado las medidas correctivas, al haber permitido que las servidoras MORDAZA MORDAZA MORDAZA Feria y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, sin ser sus funciones, emitan diferentes constancias de resolucion y Hojas de Antecedentes Penitenciarios; refiriendo al respecto, que durante los citados hechos no tenia injerencia alguna sobre la Oficina de Ingresos y Egresos, tal como senala el Memorandum Nº 020-97-INPE-EPP-SPLL de fecha 22 de MORDAZA de 1997, a traves del cual el administrador, Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, le ha encargado a la servidora Sra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Feria la labor de otorgar libertades, fuera del horario de atencion; y que de acuerdo a lo vertido no le asiste ninguna relacion ni responsabilidad por los hechos expuestos en los considerandos de la resolucion materia de impugnacion; Que al Recurso Impugnativo de Reconsideracion interpuesto por el recurrente, no se ha acompanado prueba alguna que desvirtue los cargos imputados a la recurrente, y que es requisito indispensable para la MORDAZA y evaluacion del Recurso Impugnativo tal como lo establece el Articulo 98º del Decreto Supremo Nº 02-94-JUS; Que el Articulo 98º del Decreto Supremo Nº 02-94JUS, que refiere que "el Recurso de Reconsideracion debera de sustentarse en nueva prueba instrumental" que motive la modificacion de la resolucion impugnada por el mismo organo que la emitio; Estando al Dictamen Nº 044-99-INPE/OGAJ de fecha 5 de marzo de 1999 y con las visaciones de la Oficina General de Asesoria Juridica y de la Oficina de Recursos Humanos; De conformidad con lo establecido en el Articulo 98º del Decreto Supremo Nº 02-94-JUS "Texto Unico de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos", Decreto Legislativo Nº 276; Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; en uso de las facultades conferidas por la Resolucion Ministerial Nº 199-98-JUS, Resolucion Suprema Nº 022-99-JUS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar IMPROCEDENTE el Recurso de Reconsideracion interpuesto por el servidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA contra la Resolucion de la Presidencia de la Comision Reorganizadora Nº 520-98-INPE/CR-P, de fecha 23 de noviembre de 1998; por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2º.- Notifiquese la presente resolucion a traves del Diario Oficial El Peruano, para los efectos legales pertinentes. Articulo 3º.- Remitir MORDAZA de la presente resolucion a las instancias pertinentes para los fines de ley. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA UGARTE Presidente 3371

Que, la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, Ley Nº 26850 establece en su Articulo 7º, la obligatoriedad de cada entidad del Estado de elaborar su Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones, el cual sera aprobado por la mas alta autoridad administrativa del mismo organismo, en este caso, el Superintendente de Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones y Titular del Pliego Presupuestal; Que, la Gerencia de Administracion, en coordinacion con la Unidad de Abastecimiento, ha propuesto el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de Bienes y Servicios para el presente ano fiscal de la Superintendencia; De conformidad con la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Ley Nº 26850, su reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 039-98PCM, el Texto Unico Ordenado de la Ley del Sistema Privado de Pensiones, aprobado por Decreto Supremo Nº 054-97-EF; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Superintendencia de Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones para el ano fiscal 1999. Articulo 2º.- Disponer que el plan aprobado en el Articulo 1º sea puesto a disposicion de los interesados en el local de la Superintendencia de Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MOUCHARD MORDAZA Superintendente 3443

MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE MORDAZA
Aprueban Nomenclatura Vial correspondiente al distrito de La MORDAZA
ACUERDO DE CONCEJO Nº 129 MORDAZA, 20 de noviembre de 1998 EL CONCEJO METROPOLITANO DE MORDAZA

SAFP
Aprueban el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la SAFP para el ano fiscal 1999
RESOLUCION Nº 072-99-EF/SAFP MORDAZA, 5 de marzo de 1999 VISTO: El Informe Nº 014-99-EF/SAFP.8 de la Oficina de Administracion sobre el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones para 1999;

Visto en sesion ordinaria de la fecha el Oficio Nº 29397-MDLM-AL de 10 de octubre de 1997, cursado por el senor MORDAZA de la Municipalidad Distrital de La MORDAZA, el Acuerdo Nº 059-97 adoptado por el Concejo Distrital de La MORDAZA en sesion ordinaria de 4 de setiembre de 1997, que aprueba la propuesta de modificacion de nomenclatura de las vias publicas del distrito; de acuerdo con el Articulo 65º inciso 10) de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, modificado por la Ley Nº 26365, su reglamento y el Dictamen Nº 001-98-CNMML de la Comision de Nomenclatura de MORDAZA Metropolitana; ACORDO: Aprobar la siguiente Nomenclatura Vial correspondiente al distrito de La Molina:

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