Norma Legal Oficial del día 08 de septiembre del año 1999 (08/09/1999)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 8 de setiembre de 1999

Que el Articulo A-010201 incisos 3) y 18) del Reglamento de Capitanias y de las Actividades Maritimas, Fluviales y Lacustres, establece que corresponde a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas dictar normas complementarias, asi como efectuar el control de los servicios de practicaje y pilotaje que se realicen en el territorio nacional; Que es necesario dictar normas que regulen la prestacion del practicaje en los amarraderos a boyas del litoral y que prevean la existencia de condiciones maritimas, meteorologicas u otras desfavorables, con la finalidad de optimizar el servicio en beneficio de la seguridad de la MORDAZA humana y la propiedad en el mar; De conformidad con lo propuesto por el Jefe del Departamento de Registros de Personas Naturales y Juridicas de Servicios, y a lo recomendado por el Director de Control de Intereses Acuaticos de la Direccion General de Capitanias y Guardacostas; SE RESUELVE: 1º.- Los practicos maritimos con licencia de operacion en los amarraderos a boyas del litoral peruano, se encontraran en la MORDAZA donde efectuaran el practicaje con 2 horas de anticipacion a la ejecucion de la maniobra, permaneciendo en la MORDAZA durante las maniobras de carga o descarga de la nave, y retirandose de la MORDAZA 1 horas despues del zarpe de la nave. 2º.- Cuando exista indicios de condiciones maritimas, meteorologicas u otras desfavorables, la Autoridad Maritima podra disponer por razones de seguridad la permanencia de los practicos maritimos a bordo de las naves durante el desarrollo de todas las labores de carga o descarga. 3º.- Las Capitanias de Puerto abriran un cuaderno de control de Practicos Maritimos donde se anotaran a su llegada los practicos que efectuaran labores en boyas consignando hora de MORDAZA, lugar temporal de residencia, telefono, hora de retiro del area, conforme lo establece el formato anexo a la presente Resolucion Directoral. 4º.- El incumplimiento de la presente disposicion esta sujeta a la imposicion de las sanciones previstas en el Reglamento de Capitanias y de las Actividades Maritimas, Fluviales y Lacustres. Registrese y publiquese como Documento Oficial Publico (D.O.P.). MORDAZA BIANCHI MORDAZA Director General de Capitanias y Guardacostas
FECHA : ................................................... Nro. : ................................................

ECONOMIA Y FINANZAS
Autorizan viaje de representantes de la SBS a MORDAZA, en comision de servicios
RESOLUCION SUPREMA Nº 423-99-EF MORDAZA, 4 de setiembre de 1999 CONSIDERANDO: Que, con Oficio Nº 8425-99, la Superintendencia de Banca y Seguros solicita se autorice el viaje de funcionario y profesional a la MORDAZA de MORDAZA, Republica de MORDAZA, del 29 de agosto al 1 de setiembre de 1999, para participar en el MORDAZA "Global 2000 Risk Mitigation and Contingency Planning Roll out Session South America", asi como la realizacion por uno de ellos de la Pasantia a llevarse a cabo en la Superintendencia de Valores y Seguros de MORDAZA del 1 al 4 de setiembre de 1999; Que, en consecuencia es necesario autorizar dicho viaje, cuyos gastos seran cubiertos con recursos del Presupuesto de la Superintendencia de Banca y Seguros correspondiente al ejercicio 1999; De conformidad con lo establecido en el numeral 2.5 de la Directiva de Gestion y MORDAZA Presupuestario, aprobada mediante Resolucion Ministerial Nº 292-98-EF/15, y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje del senor MORDAZA MORDAZA Berendsohn, Jefe del Departamento de Evaluacion de Riesgos de MORDAZA, del 29 al 1 de setiembre de 1999, y el de la senorita MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Analista en el Departamento de Analisis Supervision del Sistema de Seguros de la Superintendencia de Banca y Seguros, del 29 de agosto al 4 de setiembre de 1999, a la MORDAZA de MORDAZA, Republica de MORDAZA, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento del presente dispositivo, segun se indica, seran cubiertos con recursos del Presupuesto de la Superintendencia de Banca y Seguros: -Pasajes US$ 623,64 -Viaticos US$ 1 800,00 -Tarifa de CORPAC US$ 50,00 Articulo 3º.- La presente Resolucion Suprema no otorga derecho a exoneracion o liberacion de impuestos de Aduana de cualquier clase o denominacion a favor del personal cuyo viaje se autoriza. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA JOY WAY MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Economia y Finanzas 11470

REPORTE DE PRACTICOS MARITIMOS A BOYAS NOMBRE DEL PRACTICO: ............... LICENCIA Nro.: ...................................... NOMBRE DEL BUQUE: ....................................................................................... MATRICULA: ...................................... NACIONALIDAD : ................................ EMPRESA ADMINISTRADORA DE PRACTICOS: ............................................. LUGAR DE RESIDENCIA EN LA MORDAZA : ....................... TELEFONO : ........... TIEMPO APROXIMADO DE PERMANENCIA EN LA MORDAZA : ............................ MORDAZA DE MANIOBRA : .......................................................................................... FECHA DE LLEGADA : .......................... FECHA DE SALIDA : ....................... OBSERVACIONES Y/O NOVEDADES:

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-------------------------------------CAPITAN DE PUERTO

Autorizan viaje de servidor de la SBS a MORDAZA para participar en eventos sobre seguros y en pasantia
RESOLUCION SUPREMA Nº 424-99-EF MORDAZA, 4 de setiembre de 1999

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