Norma Legal Oficial del día 28 de mayo del año 2000 (28/05/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

MORDAZA, MORDAZA 28 de MORDAZA de 2000

NORMAS LEGALES

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La Tarjeta de Circulacion Vehicular sera expedida con relacion al ano de fabricacion de los vehiculos ofertados, bajo responsabilidad. Segundo.- La presente Resolucion Directoral debera ser publicada por la empresa en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los treinta (30) dias calendario, siguientes a la fecha de su notificacion. Tercero.- La empresa iniciara el servicio dentro de los (30) dias calendario, improrrogables, contados a partir del dia siguiente de la publicacion de la presente resolucion; para lo cual debera contar con lo establecido en el Art. 17º del Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95MTC, caso contrario se procedera a aplicar lo dispuesto en el MORDAZA parrafo del Art. 16º del referido Reglamento. Cuarto.- Encargar la ejecucion de la presente Resolucion a la Direccion de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional. Registrese y comuniquese. MORDAZA A. MORDAZA MANCHEGO Director General Direccion General de Circulacion Terrestre 5936

y valores representativos de derechos sobre acciones en deposito inscritos en bolsas de valores, instrumentos de deuda, cuotas de participacion de fondos mutuos y operaciones de cobertura de riesgo emitidos por instituciones extranjeras. 7,5% r. Emisiones primarias de acciones y/o valores mobiliarios representativos de derechos crediticios dirigidos a financiar el desarrollo de nuevos proyectos 4% s. Pagares emitidos o avalados por empresas del sistema financiero 5% t. Pagares emitidos y avalados por otras entidades 5% II. Limites Especificos Acciones de las empresas comprendidas en el MORDAZA de Promocion de la Inversion Privada a que se refiere el Decreto Legislativo Nº 674, incluyendo las inversiones realizadas al MORDAZA del Decreto Supremo Nº 066-98-EF. III. Limites Globales Las inversiones en los incisos a y b Las inversiones en los incisos c, d y s Las inversiones en los incisos e y f Las inversiones en los incisos f y g Las inversiones en los incisos i y j Las inversiones en los incisos k, l, m y las acciones y valores representativos de derechos sobre acciones en deposito inscritos en bolsas de valores que se encuentran contemplados en el inciso q IV. Sublimites Valores emitidos por el Gobierno Central de la Republica del Peru (Inciso a): . Bonos MORDAZA 5% 40% 40% 40% 40% 20% 35% 5ª del Valor del Fondo al 31 de diciembre de 1999

BANCO CENTRAL DE RESERVA
Establecen limites individuales, especificos, globales y sublimites para inversiones que efectuen las AFP
CIRCULAR Nº 018-00-EF/90 MORDAZA, 26 de MORDAZA de 2000 Ref: Inversiones de las Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones

Bonos emitidos por personas juridicas de derecho privado que no pertenecen al sistema financiero (Inciso h): . Instrumentos de inversion estructurados 4%

Cuotas de participacion de los fondos mutuos de inversion en valores y de los fondos de inversion (Inciso o): . Fondos mutuos . Fondos de inversion 3% 12%

El Directorio de este Banco Central, de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 25º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Sistema Privado de Administracion de Fondos de Pensiones, aprobado por Decreto Supremo Nº 054-97-EF, asi como lo dispuesto en el Decreto de Urgencia Nº 029-2000 y en los Decretos Supremos Nº 004-2000-EF y Nº 043-2000EF, tomando en cuenta lo opinado por la Superintendencia de Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, ha resuelto establecer los siguientes limites individuales, especificos, globales y sublimites para las inversiones que efectuen las Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones:
I. Limites Individuales a. Valores emitidos por el Gobierno Central de la Republica del Peru b. Valores emitidos por el Banco Central de Reserva del Peru c. Depositos a plazo y otros titulos representativos de captaciones por parte de empresas del sistema financiero d. Bonos emitidos por empresas del sistema financiero e. Bonos subordinados emitidos por empresas del sistema financiero y del sistema de seguros f. Instrumentos de inversion emitidos para el financiamiento hipotecario por empresas bancarias o financieras y sus subsidiarias g. Instrumentos de inversion emitidos para el financiamiento hipotecario por otras entidades h. Bonos emitidos por personas juridicas de derecho privado que no pertenecen al sistema financiero i. Instrumentos de corto plazo j. Operaciones de reporte k. Acciones y valores representativos de derechos sobre acciones en deposito inscritos en bolsas de valores l. Certificados de suscripcion preferente m. Productos derivados de valores que se negocien en bolsas de valores n. Operaciones de cobertura de riesgos financieros o. Cuotas de participacion de los fondos mutuos de inversion en valores y de los fondos de inversion p. Instrumentos de inversion representativos de activos titulizados q. Instrumentos financieros emitidos o garantizados por estados y bancos centrales de paises extranjeros, asi como acciones 30% 30% 30% 25% 15% 40% 40% 40% 15% 10% 35% 3% 0,1% 5% 15% 10%

La presente Circular entra en vigencia a partir del dia de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano, y deja sin efecto la Circular Nº 006-2000-EF/90. MORDAZA DE LA MORDAZA MORDAZA Gerente General 5943

SBS
Autorizan a persona natural como representante adjunto del Banco Santander Central Hispano S.A. en el Peru
RESOLUCION SBS Nº 348-2000 MORDAZA, 23 de MORDAZA del 2000 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS: VISTA: La solicitud presentada por el Banco Santander Central Hispano S.A. para que se acredite el cese de los senores MORDAZA MORDAZA Teijeiro y MORDAZA Donadeu Farnes representantes en el Peru del Banco Santander S.A. y del Banco Central Hispanoamericano S.A. respectivamente, y se autorice al senor MORDAZA Ricketts MORDAZA como representante adjunto del Banco Santander Central Hispano S.A. en el Peru; CONSIDERANDO: Que, mediante Escritura Publica de fecha 13 de MORDAZA de 1999 otorgada ante Notario de MORDAZA doctor MORDAZA MORDAZA - Golfin MORDAZA, presentada ante esta Superintendencia con firma debidamente legalizada por el Consulado del Peru en MORDAZA y por el Ministerio de Relaciones

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