Norma Legal Oficial del día 08 de febrero del año 2001 (08/02/2001)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 8 de febrero de 2001

las Leyes Nºs. 26903 y 26963, tiene como finalidad colaborar con el desarrollo integral de la comunidad MORDAZA y rural, realizando actividades de promocion, ejecucion y/o aprovisionamiento de recursos, bienes y servicios para la edificacion y mejoramiento de la vivienda basica minima, de las habilitaciones urbanas, de la infraestructura MORDAZA y rural, de la infraestructura productiva y de servicios, asi como el equipamiento de la micro empresa en todos los sectores productivos; Que, para el cumplimiento de su finalidad, preferentemente para atender a otras familias necesitadas de vivienda, es imprescindible la recuperacion de los prestamos otorgados, asi como de la cartera que le fuera transferida por la Ley Nº 26969 y su complementaria, Ley Nº 27044; Que, el numeral 11.1 del Articulo 11º de la Ley Nº 27044, respecto a las recuperaciones de las inversiones del Fondo Nacional de Vivienda -FONAVI-, canalizadas a traves de Empresa Nacional de Edificaciones, en Liquidacion, -ENACE-, dispone que esta a cargo del Banco de Materiales -BANMAT- efectuar, en sustitucion de la Empresa Nacional de Edificaciones, en Liquidacion, ENACE- los procesos necesarios de reestructuracion de los saldos de prestamos, liquidaciones y adjudicaciones que correspondan; Que, la Ley Nº 27205, autoriza al Fondo Hipotecario de Promocion de la Vivienda -Fondo MIVIVIENDA- a transferir al Banco de Materiales - BANMAT los intereses generados o pagados por los recursos de dicho Fondo, incluidos aquellos que se generen o paguen hasta el 31 de diciembre de 1999; Que, el Articulo 2º de la indicada Ley Nº 27205 autoriza al Banco de Materiales -BANMAT- para que con cargo a los recursos asignados y/o que se le asignen para la ejecucion de los programas a su cargo, cubra las contingencias propias de los creditos otorgados y el desgravamen a que hubiera lugar, de acuerdo a las condiciones que se establezcan en las normas reglamentarias; Que, a los efectos de uniformar la politica de recuperaciones del Banco de Materiales -BANMAT-, que le permita otorgar un tratamiento equitativo a sus prestatarios con obligaciones vencidas, otorgandoles las debidas facilidades, e incentivar el pago oportuno de los prestamos, resulta conveniente hacer extensiva la precitada disposicion a todos los prestamos u operaciones bajo su administracion; asi como, precisar las contingencias que pueden ser cubiertas por el Banco de Materiales con los recursos a que se refiere la Ley Nº 27205; y, En uso de las facultades conferidas por los numerales 8 y 17 del Articulo 118º de la Constitucion Politica del Estado; DECRETA: Articulo 1º.- Reestructuracion de prestamos administrados Autorizase al Banco de Materiales -BANMAT-, a llevar a cabo los procesos de reestructuracion de los prestamos u operaciones con morosidad al 31 de diciembre de 2000, para que sin condonar las acreencias, otorgue las debidas facilidades a sus prestatarios. Para los prestatarios cuyas deudas aun no han vencido el Banco de Materiales -BANMAT- implementara un programa de incentivos. Articulo 2º.- Alcances del Articulo 2º de la Ley Nº 27205 Las contingencias propias de los creditos otorgados y el desgravamen a que hubiere lugar a que se refiere el Articulo 2º de la Ley Nº 27205, corresponden a: a) La siniestralidad que sufre la vivienda y los bienes materia del prestamo ocasionados por terremotos, maremotos, erupcion, onda sismica, deslaves de tierras, inundaciones, incendios, impacto de vehiculos y otros danos causados por fenomenos naturales que ocasionen la perdida total o parcial del bien. b) El fallecimiento del prestatario, asumiendo el Banco de Materiales -BANMAT- el saldo de la deuda. Articulo 3º.- Normas complementarias Autorizase al Directorio del Banco de Materiales BANMAT-, a dictar las disposiciones que fueren necesa-

rias para la mejor aplicacion del presente Decreto Supremo. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los siete dias del mes de febrero del ano dos mil uno. MORDAZA MORDAZA CORAZAO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de la Presidencia 17837

Designan diversos gerentes regionales de los CTAR MORDAZA, Tumbes y MORDAZA
RESOLUCION SUPREMA Nº 048-2001-PRES MORDAZA, 7 de febrero de 2001 CONSIDERANDO: Que, se encuentran vacantes los cargos de Gerente Regional de Administracion, Gerente Regional de Asesoria Juridica, Gerente Regional de Planificacion, Presupuesto y Desarrollo Institucional y el de Gerente Regional de Promocion de Inversiones del Consejo Transitorio de Administracion Regional - CTAR ANCASH; Que, es necesario designar a los funcionarios que desempenen los cargos mencionados en el considerando anterior; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 560, Ley Nº 26922, Ley Nº 26923, Decreto Ley Nº 25515, Decreto Supremo Nº 011-96-PRES y Decreto Supremo Nº 010-98-PRES; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Designar a partir de la fecha, en los cargos a que se refiere la parte considerativa de la presente Resolucion a las personas que a continuacion se indican: - CPC MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en el cargo de Gerente Regional de Administracion, - DR. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en el cargo de Gerente Regional de Asesoria Juridica, - LIC. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en el cargo de Gerente Regional de Planificacion, Presupuesto y Desarrollo Institucional, - LIC. MORDAZA DAMMERT RIZO PATRON, en el cargo de Gerente Regional de Promocion de Inversiones, - ING. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en el cargo de Gerente Regional de Operaciones. Articulo 2º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de la Presidencia. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Corazao Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de la Presidencia 17860 RESOLUCION SUPREMA Nº 049-2001-PRES MORDAZA, 7 de febrero de 2001 CONSIDERANDO: Que, se encuentran vacantes los cargos de Gerente Regional de Administracion, Gerente Regional de Asesoria Juridica, Gerente Regional de Planificacion, Presupuesto y Desarrollo Institucional y el de Gerente Regional de Promocion de Inversiones del Consejo Transitorio de Administracion Regional - CTAR TUMBES;

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