Norma Legal Oficial del día 08 de febrero del año 2001 (08/02/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 57

MORDAZA, jueves 8 de febrero de 2001
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NORMAS LEGALES
EQUIVALENTE EN US$ 0.002730 0.422386 0.128222 0.021580 0.000106 1.459900 0.241458 0.000481 0.008581 3.267974 0.263193 0.103434 0.113257 0.442300 1.000000 0.017007 0.000279 0.004636 0.035130 0.573559 0.021739 0.105125 0.128982 0.609273 0.030912 0.023552 0.079618 0.001428 1.000000 0.928800 1.000000

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Que, con el fin de orientar a las Entidades sobre los requisitos para la formalizacion de los consorcios a los que se le MORDAZA otorgado la Buena Pro en los procesos de seleccion sujetos a la Ley Nº 26850 y su Reglamento, resulta necesario dictar una directiva de orientacion que permita uniformar criterios en las Entidades para tal efecto, evitando se exijan mayores requisitos que los previstos en dichas normas; Contando con los visados de la Gerencia de Asesoria Especializada y Gerencia de Administracion y Finanzas; De conformidad con lo establecido en el Articulo 59º inciso a) de la Ley Nº 26850 y el Articulo 7º, incisos c) y g) del Decreto Supremo Nº 047-98-PCM; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Aprobar la Directiva Nº 001-2001CONSUCODE/PRE que oriente a las Entidades respecto a los requisitos que deben cumplirse para la formalizacion de los consorcios a los que se MORDAZA otorgado la Buena Pro en los procesos de seleccion sujetos a la Ley Nº 26850 y su Reglamento. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente DIRECTIVA Nº 001-2001-CONSUCODE/PRE FORMALIZACION DE LOS CONSORCIOS A LOS QUE SE MORDAZA OTORGADO LA BUENA PRO EN LOS PROCESOS DE SELECCION SUJETOS A LA LEY Nº 26850 Y SU REGLAMENTO I. FINALIDAD Orientar a las Entidades del Estado sujetas a los alcances de la Ley Nº 26850, Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 039-98-PCM, sobre la formalizacion de los contratos de consorcios en los procesos de seleccion en que hayan sido adjudicatarios de la Buena Pro. II. OBJETIVO La presente Directiva tiene por objeto establecer los requisitos minimos que deben cumplir los integrantes de un consorcio una vez que han resultado ganadores de la Buena Pro en los procesos de seleccion sujetos a la Ley Nº 26850, Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 039-98PCM y demas disposiciones modificatorias, complementarias y conexas. III. ALCANCE La presente Directiva es de aplicacion obligatoria por todas las Entidades del Sector Publico y demas Organismos comprendidos en el Articulo 2º de la Ley Nº 26850, Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, asi como los postores que participen en los procesos de seleccion para las adquisiciones de bienes, suministros y contrataciones de obras, servicios y consultoria. IV. BASE LEGAL - Ley Nº 26850, de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, Articulos 3º y 37º. - Ley Nº 26887, Ley General de Sociedades, Articulos 438º y 445º. - Ley Nº 25035, Ley de Simplificacion Administrativa, Articulo 3º. - Decreto Supremo Nº 070-89-PCM, Reglamento de la Ley de Simplificacion Administrativa, Articulo 6º. - Reglamento de Organizacion y Funciones del Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado CONSUCODE, aprobado por Decreto Supremo Nº 047-98PCM, Articulo 5º incisos c) y e). V. DISPOSICION GENERAL De conformidad con lo previsto en el Articulo 37º de la Ley Nº 26850, Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, en los procesos de seleccion sujetos a dicha Ley, podran participar distintos postores en consorcio, MORDAZA personas

Articulo Segundo.- La presente Resolucion tendra vigencia hasta la fecha de publicacion de su modificatoria. Registrese, comuniquese y publiquese, archivese los actuados en la Intendencia Nacional de Recaudacion Aduanera. LUZ MORDAZA MORDAZA Intendente Nacional de Recaudacion Aduanera (e) 17776

CONSUCODE
Aprueban Directiva sobre formalizacion de consorcios a los que se MORDAZA otorgado la Buena Pro en procesos de seleccion sujetos a la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento
RESOLUCION Nº 019-2001-CONSUCODE/PRE MORDAZA MORDAZA, 29 de enero de 2001 CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Articulo 59º de la Ley Nº 26850, Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, el Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE, entre otras funciones, MORDAZA por el cumplimiento de dicha ley; Que, conforme a lo dispuesto por el Articulo 438º de la Ley Nº 26887, Ley General de Sociedades, los contratos asociativos entre los que se encuentra el consorcio, deben formalizarse por escrito; asimismo, el Articulo 445º de dicha Ley define el contrato de consorcio como aquel por el cual dos o mas personas se asocian para participar en un determinado negocio o empresa con la finalidad de obtener un beneficio economico, pero manteniendo cada una su propia autonomia; Que, de acuerdo con el Articulo 37º de la Ley Nº 26850, en los procesos de seleccion sujetos a dicha Ley podran participar distintos postores en consorcio, sin que se de lugar a la creacion de una persona juridica; debiendo, en la MORDAZA de propuestas, acreditarse la existencia de una promesa formal de consorcio, la que se perfeccionara luego de otorgada la Buena Pro;

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