Norma Legal Oficial del día 08 de febrero del año 2001 (08/02/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 6

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 8 de febrero de 2001

tos Cinco y 53/100 Dolares de Estados Unidos de America), de los siguientes bienes que se encuentran incluidos en el Anexo III del Decreto Supremo Nº 046-97-EF, modificado por el Decreto Supremo Nº 003-98-EF y la adecuacion arancelaria senalada en la Resolucion de Superintendencia de Aduanas Nº 3316 del 26 de diciembre de 1997 y en la Circular Nº 46-06-98-ADUANASINTA del 19 de enero de 1998:
Cantidad (Unidad) 401 MORDAZA Partida Arancelaria 3926.90.90.90 Descripcion

Supremo Nº 055-99-EF, establece que no estaran gravadas con el Impuesto General a las Ventas, la importacion o transferencia de bienes que se efectue a titulo gratuito a favor de Entidades y Dependencias del Sector Publico; De conformidad con lo dispuesto en el inciso k) del Articulo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, el Decreto Supremo Nº 099-96-EF y normas modificatorias; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE:

Las demas manufacturas de plastico y manufacturas de las demas materias de las Partidas Nºs. 39.01 a 39.14 Balanzas electronicas sensibles a un peso inferior o igual a 5 cg., incluso con pesas Las demas balanzas sensibles a un peso inferior o igual a 5 cg., incluso con pesas Micrometros, calibradores y calibres Termometros y pirometros, sin combinar con otros instrumentos:

1 Unidad

9016.00.12.00

3 Unidades

9016.00.19.00

2 Unidades

9017.30.00.00

15 Unidades 9025.11.90.00 20 Unidades 9105.99.00.00

Los demas Solo: cronometros de "marina" y similares

Articulo 2º.- La inafectacion a que se refiere el articulo anterior procedera siempre que la importacion de los bienes se ajuste a la cantidad, valor y demas caracteristicas declaradas en los formularios de "Importaciones Liberadas - Decreto Legislativo Nº 882", presentados por el Colegio San MORDAZA, segun Expediente Nº 034276-99 y que dichos bienes MORDAZA destinados al cumplimiento de los fines propios de la referida institucion educativa. Lo dispuesto en este articulo se aplica sin perjuicio de las acciones de fiscalizacion que correspondan efectuar segun el caso, al Ministerio de Educacion, asi como a la Superintendencia Nacional de Aduanas -ADUANAS-, incluyendo la verificacion de la clasificacion arancelaria de los bienes cuya inafectacion se solicita. Articulo 3º.- Transcribase la presente Resolucion a la Superintendencia Nacional de Aduanas. Articulo 4º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Educacion y por el Ministro de Economia y Finanzas. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Corazao Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA RUBIO MORDAZA Ministro de Educacion MORDAZA MORDAZA RUETE Ministro de Economia y Finanzas 17847

Articulo 1º.- Aceptar y aprobar la donacion efectuada por el senor Toshiaki Terushima, a favor del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Peru, consistente en un carro de bombero usado, MORDAZA Toyota, modelo FG56K, motor Nº H41K0820-12 y ano 1977, con un valor aproximado de ¥ 45 000,00 (Cuarenta y Cinco Mil y 00/100 Yenes), segun Carta de Donacion de fecha 7 de junio del ano 2000. Articulo 2º.- Aceptar y aprobar las donaciones efectuadas por Japan Firefighters Association de Japon, a favor del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Peru, consistentes en 3 vehiculos usados, cuyas caracteristicas se encuentran detalladas en el Anexo que forma parte de la presente Resolucion Suprema, con un valor aproximado de ¥ 350 000,00 (Trescientos Cincuenta Mil y 00/100 Yenes), segun Cartas de Donacion de fechas 7 y 15 de junio del ano 2000. Articulo 3º.- Aceptar y aprobar la donacion efectuada por el Cuerpo MORDAZA de Bomberos de Yaita de Japon, a favor del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Peru, consistente en un camion de bombero usado, MORDAZA Mitsubishi, modelo P-FE114B, motor Nº 4D31-OAF-346530 y ano 1983, con un valor aproximado de ¥ 100 000,00 (Cien Mil y 00/100 Yenes), segun Carta de Donacion de fecha 25 de MORDAZA del ano 2000. Articulo 4º.- Comprendanse a las donaciones citadas en los articulos anteriores dentro de los alcances del inciso k) del Articulo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-EF. Articulo 5º.- Transcribase la presente Resolucion Suprema a la Superintendencia Nacional de Aduanas y a la Contraloria General de la Republica, dentro de los plazos establecidos. Articulo 6º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Economia y Finanzas. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Corazao Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA RUETE Ministro de Economia y Finanzas 17848 RESOLUCION SUPREMA Nº 104-2001-EF MORDAZA, 5 de febrero de 2001 CONSIDERANDO: Que, The Rotary Club of MORDAZA 2000 con sede en MORDAZA, Canada, ha efectuado una donacion a favor del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Peru consistente en un vehiculo usado con sus accesorios que sera destinado a la Compania de Bomberos Voluntarios "Pucallpa" Nº 46; Que, el inciso k) del Articulo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por el Decreto Supremo Nº 055-99-EF, establece que no estaran gravadas con el Impuesto General a las Ventas, la importacion o transferencia de bienes que se efectue a titulo gratuito a favor de Entidades y Dependencias del Sector Publico; De conformidad con lo dispuesto en el inciso k) del Articulo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo,

Aceptan donaciones efectuadas a favor del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Peru
RESOLUCION SUPREMA Nº 103-2001-EF MORDAZA, 5 de febrero de 2001 CONSIDERANDO: Que, el senor Toshiaki Terushima, Japan Firefighters Association de Japon y el Cuerpo MORDAZA de Bomberos de Yaita de Japon han efectuado donaciones a favor del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Peru consistentes en vehiculos usados; Que, el inciso k) del Articulo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por el Decreto

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