Norma Legal Oficial del día 24 de mayo del año 2001 (24/05/2001)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 27

MORDAZA, jueves 24 de MORDAZA de 2001

NORMAS LEGALES

Pag. 203245

b) Efectuar anualmente la Auditoria a los Estados Financieros, Presupuestarios e Informacion Complementaria de la entidad; c) Verificar y evaluar periodicamente el cumplimiento de la legalidad de las acciones presupuestales, financieras y contables; d) Elaborar los informes de auditoria resultantes de las acciones de control efectuadas, para su aprobacion y elevacion respectiva; e) Aplicar las normas, metodos y procedimientos de trabajo, dictados por la Contraloria General de la Republica, en la ejecucion de las acciones de control; f) Las demas funciones que le asigne el Auditor General. Articulo 21º.- La Oficina de Control Administrativo es el organo encargado de efectuar las acciones de control posterior sobre aspectos administrativos e irregularidades en la prestacion de los servicios y/o administracion de recursos asignados al Ministerio y las entidades comprendidas dentro de su ambito de competencia, desarrollando las auditorias, examenes especiales e investigaciones correspondientes. Articulo 22º.- Son funciones de la Oficina de Control Administrativo las siguientes: a) Programar, ejecutar y supervisar las acciones de control sobre aspectos administrativos previstas en el Plan Anual de Auditoria Gubernamental, asi como otras que disponga el Auditor General; b) Realizar las investigaciones y/o verificaciones a las denuncias, quejas, reclamos e irregularidades que se deriven de la ejecucion de las acciones de control; c) Elaborar los informes de auditoria resultantes de las acciones de control efectuadas, para su aprobacion y elevacion respectiva; d) Efectuar el seguimiento a la implantacion de las recomendaciones y a la superacion de las observaciones contenidas en los informes de auditoria, dentro de los plazos y formas previstas; e) Aplicar las normas, metodos y procedimientos de trabajo, dictados por la Contraloria General de la Republica, en la ejecucion de las acciones de control a su cargo; f) Las demas funciones que le asigne el Auditor General. CAPITULO IV DEL ORGANO DE DEFENSA JUDICIAL PROCURADURIA PUBLICA Articulo 23º.- La Procuraduria Publica a cargo de los asuntos judiciales del Ministerio de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales, es la encargada de representar y defender ante los organos jurisdiccionales los derechos e intereses del Ministerio, conforme a lo dispuesto por las normas del Sistema de Defensa Judicial del Estado. Articulo 24º.- Son funciones de la Procuraduria Publica las siguientes: a) La representacion y defensa de los intereses y derechos del Ministerio de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales, ante los organos jurisdiccionales, en todos los procesos y procedimientos en los que actue como demandante, demandado, denunciante o parte civil; b) La defensa judicial del Sector, ante cualquier Tribunal o Juzgado de los diferentes Distritos y Zonas Judiciales de la Republica; c) Las demas senaladas en el Decreto Ley Nº17537, sus modificatorias y ampliatorias sobre Representacion y Defensa del Estado en Juicio. CAPITULO V DE LOS ORGANOS DE ASESORAMIENTO OFICINA DE ASESORIA GENERAL Articulo 25º.- La Oficina de Asesoria General es la encargada de brindar asesoria especializada a la Alta Direccion y a los organos del Ministerio en aspectos juridicos y tecnicos.

Articulo 26º.- Son funciones de la Oficina de Asesoria General las siguientes: a) Asesorar a la Alta Direccion sobre aspectos juridicos y tecnicos relacionados con las actividades del Ministerio; b) Informar y absolver consultas de caracter juridico y tecnico que formulen los organos del Ministerio; c) Emitir opinion juridica y tecnica en los proyectos de Ley de iniciativa del Poder Ejecutivo, asi como en el caso de Decretos y Resoluciones diversas relativas a materias de competencia del Ministerio; d) Las demas funciones que le asigne la Alta Direccion y las que le corresponden segun los dispositivos legales vigentes; Articulo 27º.- La Oficina de Asesoria General esta a cargo de un Director General, quien depende del Secretario General. OFICINA GENERAL DE PLANIFICACION, PRESUPUESTO Y DESARROLLO Articulo 28º.- La Oficina General de Planificacion, Presupuesto y Desarrollo es el organo encargado de la formulacion, conduccion y evaluacion de los sistemas de planificacion, presupuesto, inversion publica y racionalizacion. Asi como orientar y programar la cooperacion tecnica. Articulo 29º.- Son funciones de la Oficina de Planificacion, Presupuesto y Desarrollo las siguientes: a) Proponer a la Alta Direccion la politica, planes, programas y proyectos sectoriales e institucionales, presupuestos y acciones de racionalizacion administrativa del Ministerio; b) Formular y evaluar el Plan Estrategico Sectorial e Institucional, en coordinacion con los organos de linea; c) Coordinar y supervisar el MORDAZA de formulacion y asignacion de recursos presupuestales del Ministerio; d) Formular y evaluar el Plan Operativo; e) Conducir las acciones de cooperacion tecnica nacional e internacional, MORDAZA con entidades publicas o privadas; f) Conducir y evaluar las acciones de racionalizacion administrativa para optimizar las funciones del Ministerio y su desarrollo organico; g) Conducir el Sistema Nacional de Inversion Publica del Sector; h) Asesorar a las dependencias del Ministerio, Organos Desconcentrados y Organismos Descentralizados Autonomos e Instituciones Publicas Descentralizadas en materia de planeamiento, formulacion presupuestal, cooperacion tecnica, inversiones, racionalizacion y en los procesos de desconcentracion y descentralizacion administrativa; i) Coordinar y apoyar a las Direcciones Regionales de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales, en la formulacion de los documentos materia de su competencia; j) Las demas funciones que le asigne el Secretario General y las que le corresponden segun los dispositivos legales vigentes. Articulo 30º.- La Oficina General de Planificacion, Presupuesto y Desarrollo esta a cargo de un Director General, quien depende del Secretario General. Articulo 31º.- La estructura de la Oficina General de Planificacion, Presupuesto y Desarrollo es la siguiente: - Oficina de Planificacion y Presupuesto. - Oficina de Racionalizacion. - Oficina de Cooperacion Tecnica. Articulo 32º.- La Oficina de Planificacion y Presupuesto es la encargada de dirigir y ejecutar el MORDAZA de formulacion, elaboracion y evaluacion de las actividades de los Sistemas de Planeamiento, Presupuesto e Inversion Publica, en coordinacion con los organos de linea y en concordancia con la politica del sector y las normas legales vigentes. Articulo 33º.- Son funciones de la Oficina de Planificacion y Presupuesto las siguientes: a) Conducir y ejecutar la formulacion y evaluacion de los planes estrategicos sectoriales de industria, turismo,

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.