Norma Legal Oficial del día 24 de mayo del año 2001 (24/05/2001)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 24 de MORDAZA de 2001

i) Proponer y evaluar la aplicacion de las normas para regular y controlar el uso de los insumos quimicos estrategicos y productos fiscalizados; j) Establecer mecanismos que permitan disponer, conocer y evaluar informacion adecuada sobre los insumos quimicos estrategicos y productos fiscalizados; k) Emitir opinion tecnica en asuntos de competencia del sector industria, en las distintas etapas de los procesos de integracion, como en relacion con los proyectos de normas legales y administrativos que tengan relacion con la industria; l) Ejercer el control de la fabricacion, comercio y almacenamiento de explosivos y conexos; m) Las demas funciones que le asigne el Viceministerio de Industria. Articulo 73º.- La Direccion Nacional de Industria esta a cargo de un Director Nacional, quien depende del Viceministro de Industria. Articulo 74º.- La estructura de la Direccion Nacional de Industria es la siguiente: - Direccion de Estudios Sectoriales. - Direccion de Asuntos Ambientales. - Direccion de Promocion de la Competitividad Industrial. - Direccion de Procedimientos Industriales e Insumos Quimicos y Productos Fiscalizados. Articulo 75º.- Corresponde a la Direccion de Estudios Sectoriales, efectuar los analisis, monitoreo y estudios sobre el sector industrial a fin de evaluar su desenvolvimiento y el impacto de las medidas de politica que se implementen. Articulo 76º.- Son funciones de la Direccion de Estudios Sectoriales las siguientes: a) Analizar la informacion pertinente sobre el sector, en coordinacion y colaboracion con la Oficina de Estadistica del Ministerio y otras instituciones publicas y privadas; b) Desarrollar y mantener las bases de datos necesarias para el analisis y evaluacion oportuna del desenvolvimiento del sector industrial y artesanal; c) Disenar y mantener un sistema de indicadores de competitividad del sector industrial; d) Elaborar periodica y regularmente un informe de analisis de coyuntura sobre el sector; e) Realizar los estudios necesarios con la finalidad de una mejor toma de decisiones; f) Difundir los productos elaborados en el seno de la Direccion; g) Las demas funciones que le asigne el Director Nacional; Articulo 77º.- La Direccion de Estudios Sectoriales es un organo tecnico normativo y esta a cargo de un Director, quien depende del Director Nacional de Industria. Articulo 78º.- Corresponde a la Direccion de Promocion de la Competitividad Industrial, en concordancia con los lineamientos de politica sectorial, programar, coordinar y ejecutar acciones que posibiliten el desarrollo dinamico y equilibrado de las industrias, de modo que alcancen niveles sostenibles de competitividad global. Articulo 79º.- Son funciones de la Direccion de Promocion de la Competitividad Industrial, las siguientes: a) Identificar oportunidades, difundir y promover el crecimiento de las inversiones en el sector industrial, preferentemente en el interior del MORDAZA, de manera de propiciar la descentralizacion productiva y aprovechar las ventajas comparativas regionales; b) Coadyuvar al buen desenvolvimiento del MORDAZA de servicios relacionados con la produccion manufacturera, en materia de servicios empresariales, recursos humanos, informacion y otros servicios necesarios para su desarrollo; c) Fomentar la innovacion y la transferencia de tecnologias desarrollando instrumentos que posibiliten la generacion y el acceso de las empresas a nuevas tecnologias, fomentando las alianzas tecnologicas dentro y fuera del pais; d) Promover la calidad, la productividad, el valor agregado, la imagen y la diferenciacion de los productos

industriales, a traves de Normas Tecnicas, investigacion, informacion e incremento de la demanda de servicios tecnologicos, entre otros; e) Actuar como Oficina Tecnica y desarrollar las funciones contempladas en el Articulo 34º del Reglamento de la Ley Nº 27267, "Ley de Centros de Innovacion Tecnologica"; f) Facilitar el dialogo y acuerdos de competitividad entre el Sector Publico y el Sector Privado, apoyando la institucionalidad y la concertacion en aspectos necesarios y de comun interes para el desarrollo industrial; g) Las demas funciones que le asigne el Director Nacional. Articulo 80º.- La Direccion de Promocion de la Competitividad Industrial es un organo tecnico normativo y esta a cargo de un Director, quien depende del Director Nacional de Industria. Articulo 81º.- Corresponde a la Direccion de Procedimientos Industriales e Insumos Quimicos y Productos Fiscalizados velar por el cumplimiento de la politica y normatividad industrial y proponer medidas e instrumentos para su desarrollo; asi como formular normas sectoriales para la regulacion y control de insumos quimicos estrategicos y productos fiscalizados. Articulo 82º.- Son funciones de la Direccion de Procedimientos Industriales e Insumos Quimicos y Productos Fiscalizados las siguientes: a) Supervisar el cumplimiento de la politica y normatividad industrial; b) Proponer medidas e instrumentos para el cumplimiento de la politica industrial; c) Proponer y opinar sobre proyectos y normas legales y administrativas generales y especificas relacionadas con la actividad industrial; d) Atender los procedimientos administrativos y solicitudes relacionadas con la aplicacion de normas legales del ambito industrial o en el MORDAZA de Convenios y Tratados Internacionales; e) Proponer y establecer criterios tecnicos que aseguren el cumplimiento de objetivos y metas enmarcados en los lineamientos de la politica antidrogas; f) Proponer normas para regular y controlar el uso de los insumos quimicos estrategicos y productos fiscalizados; g) Establecer mecanismos que permitan conocer la informacion adecuada sobre los insumos quimicos estrategicos y productos fiscalizados; h) Remitir a la DINANDRO la informacion obtenida o proporcionada por las empresas para su verificacion; i) Aplicar, como primera instancia administrativa las sanciones en materia de su competencia, de acuerdo con la normatividad correspondiente; j) Controlar la fabricacion y comercializacion de explosivos de uso civil y conexos e insumos para su elaboracion, emitiendo opinion al respecto; k) Emitir opinion sobre la instalacion y funcionamiento de plantas industriales de fabricacion de MORDAZA y municiones que no son de guerra; l) Actuar como Secretaria Tecnica de la Comision Nacional para la Prohibicion de MORDAZA Quimicas; m) Orientar a las Direcciones Regionales Sectoriales sobre la aplicacion de las politicas y normas sobre la regulacion y control de los insumos quimicos y productos fiscalizados; n) Emitir opinion tecnica sobre asuntos de su competencia; o) Las demas funciones que le asigne el Director Nacional de Industria. Articulo 83º.- La Direccion de Procedimientos Industriales e Insumos Quimicos y Productos Fiscalizados es un organo tecnico normativo que esta a cargo de un Director, quien depende del Director Nacional de Industria. Articulo 84º.- La Direccion de Asuntos Ambientales es la encargada de velar por el desarrollo de una industria nacional limpia y con criterio de sostenibilidad ambiental y preservacion de los recursos naturales. Articulo 85º.- Son funciones de la Direccion de Asuntos Ambientales las siguientes: a) Proponer y evaluar normas ambientales aplicables al sector industrial.

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