Norma Legal Oficial del día 24 de mayo del año 2001 (24/05/2001)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 24 de MORDAZA de 2001

d) Proporcionar informacion sobre la documentacion archivada a las Dependencias del Ministerio y/u otras Instituciones oficiales que la soliciten; e) Informar y orientar al publico usuario sobre los servicios y procedimientos que presta el Ministerio; f) Registrar y archivar las resoluciones que expida el Ministerio o que las refrende; g) Las demas funciones que le asigne el Director General. OFICINA GENERAL DE INFORMATICA Y ESTADISTICA Articulo 55º.- La Oficina General de Informatica, Estadistica es la encargada de conducir los Sistemas de Informatica y Estadistica del Ministerio. Articulo 56º.- Son funciones de la Oficina General de Informatica y Estadistica las siguientes: a) Conducir, evaluar y supervisar el funcionamiento de los Sistemas de Informatica y Estadistica del Ministerio; b) Brindar servicios de informatica y comunicaciones orientados a Internet a los organos del Ministerio; c) Emitir normas y procedimientos sobre los servicios informaticos del Ministerio; d) Formular el Plan Estrategico Informatico del Ministerio; e) Emitir y autorizar la difusion de las estadisticas derivadas de la actividad industrial y turistica; f) Emitir Resoluciones Directorales referentes a los aspectos de su competencia; g) Las demas funciones que le asigne el Secretario General. Articulo 57º.- La Oficina General de Informatica y Estadistica esta a cargo de un Director General, quien depende del Secretario General. Articulo 58º.- La estructura de la Oficina General de Informatica y Estadistica es la siguiente: - Oficina de Informatica. - Oficina de Estadistica. Articulo 59º.- La Oficina de Informatica es la encargada de formular, conducir y evaluar el funcionamiento de los servicios informaticos, en coordinacion con los respectivos usuarios. Articulo 60º.- Son funciones de la Oficina de Informatica las siguientes: a) Formular, conducir y orientar el servicio informatico en el Ministerio; b) Dirigir, evaluar y controlar el funcionamiento de la red y servidores del Ministerio en el MORDAZA de la eficacia y eficiencia del servicio; c) Definir la implementacion y ampliacion de equipos de computo, de las redes institucionales y sistemas de comunicacion orientados a Internet; d) Evaluar y coordinar con los usuarios las actividades iniciales de la pre-factibilidad de un sistema de informacion; e) Supervisar el diseno, desarrollo, documentacion e implementacion de los sistemas de informacion de acuerdo a las normas establecidas, MORDAZA estos realizados directamente o por terceros; f) Realizar evaluaciones y mantenimiento de los sistemas de informacion y efectuar las optimizaciones que se requieran; g) Efectuar estudios sobre nuevas tecnologias informaticas, para determinar su posible uso; h) Desarrollar eventos de capacitacion sobre el uso de tecnologias informaticas, orientada a usuarios; i) Constituirse en el Centro de Informacion del Ministerio y optimizar el uso de la informacion; j) Coordinar con las entidades del sector publico y privado las necesidades de informacion del Ministerio; k) Asesorar, formular y proponer las normas tecnico administrativas relacionadas al ambito de su competencia; l) Las demas funciones que le asigne el Director General. Articulo 61º.- La Oficina de Estadistica es la encargada de conducir, coordinar y evaluar las estadisticas propias del Sector.

Articulo 62º.- Son funciones de la Oficina de Estadistica las siguientes: a) Proponer la politica de estadistica de acuerdo a las normas correspondientes; b) Difundir la estadistica derivada de la actividad industrial y turistica; c) Ejecutar los levantamientos censales, de estadisticas continuas por muestreo de la actividad industrial y turistica; d) Recopilar, procesar, analizar y difundir los indicadores estadisticos de la actividad industrial, artesanal, turistica y de integracion de los asuntos de negociaciones comerciales bilaterales y multilaterales en el ambito internacional; e) Las demas funciones que le asigne el Director General. OFICINA DE PRENSA Y EVENTOS Articulo 63º.- La Oficina de Prensa y Eventos es la encargada de dirigir y ejecutar actividades que permitan la comunicacion y proyeccion a la comunidad, de las acciones que desarrolla el Ministerio. Asimismo, la citada Oficina tiene a su cargo la organizacion de eventos de caracter institucional. Articulo 64º.- Son funciones de la Oficina de Prensa y Eventos las siguientes: a) Brindar diariamente informacion sobre el acontecer nacional e internacional a la Alta Direccion; b) Dar cobertura periodistica a las actividades de la Alta Direccion, para su respectiva difusion o archivo, cuando asi sea necesario; c) Actuar como vocero oficial, a traves de los medios de comunicacion, de los objetivos, planes, programas, proyectos y actividades que ejecute la Alta Direccion; d) Organizar las ceremonias oficiales que se efectuen en el Ministerio; e) Intercambiar informacion sobre asuntos del sector con otras entidades publicas y/o privadas; f) Difundir en coordinacion con la Oficina General de Administracion de Recursos, las actividades internas de caracter cultural y/o social, a fin de lograr la integracion de los trabajadores del Ministerio; g) Atender los asuntos protocolares de la Alta Direccion; h) Organizar eventos que promuevan el desarrollo sectorial e institucional programados por las diferentes unidades organicas; i) Las demas funciones que le asigne el Secretario General. Articulo 65º.- La Oficina de Prensa y Eventos esta a cargo de un Director, quien depende del Secretario General. CAPITULO VII DEL VICEMINISTERIO DE INDUSTRIA Articulo 66º.- Corresponde al Viceministro de Industria participar con el Ministro en el establecimiento de la politica nacional industrial y artesanal, asi como proponer y emitir segun el caso, las normas de alcance nacional que correspondan al Sector Industria. Articulo 67º.- Son funciones del Viceministro de Industria las siguientes: a) Disenar, proponer y evaluar una politica de competitividad industrial y de desarrollo de la pequena industria y artesania, mediante acciones de normatividad y politicas especificas de su competencia; b) Fomentar la cooperacion interempresarial, la innovacion y la transferencia de tecnologias, formulando y desarrollando normas, politicas, acciones e instrumentos que posibiliten la generacion y el acceso de las empresas a nuevas tecnologias, fomentando las alianzas tecnologicas dentro y fuera del pais; c) Propiciar el establecimiento y funcionamiento de redes de servicios para la industria; d) Supervisar, coordinar y evaluar las actividades industriales y artesanales en base a las politicas y normas establecidas;

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