Norma Legal Oficial del día 25 de mayo del año 2001 (25/05/2001)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 20

Pag. 203350

NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 25 de MORDAZA de 2001

310/IB/96/130, referido en el primer considerando de la presente Resolucion Ministerial, a la finalizacion del programa, los recursos generados por la contribucion comunitaria, se asignaran en plena propiedad a los organismos participantes que hayan utilizado dichos recursos durante la gestion de las acciones, en tanto que el conjunto de los bienes y equipos, suministros locales, infraestructura, materiales e insumos, seran transferidos por la Comision y el Beneficiario teniendo como base la propuesta preparada por la Unidad de Gestion del Programa; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25556, modificado por el Decreto Ley Nº 25738; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Dejar sin efecto lo establecido en el MORDAZA parrafo del Articulo 1º de la Resolucion Ministerial Nº 268-2000-PRES que establece que los bienes donados seran transferidos al Consejo Transitorio de Administracion Regional - CTAR MORDAZA, una vez culminado el Programa de Lucha contra la Pobreza en las zonas rurales de la Region Chavin. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de la Presidencia 23982

del MORDAZA, quedando MORDAZA para que despues de 28 dias se realice el post-tensado de sus vigas, es decir, a fines de noviembre de 1998; Que, sin embargo, el Nucleo Ejecutor ni el Inspector cumplieron con realizar el post-tensado, vino el periodo de lluvias y el 12 de febrero de 1999 la corriente del rio Mungui arraso el MORDAZA en construccion; Que, de la destruccion de la obra resultan responsables los miembros del Nucleo Ejecutor y la Firma Constructora C y C S.A., que actuo como Inspector, quienes por negligencia inexcusable no llevaron a cabo las acciones indispensables para colocar y tensar el cableado, provocando a la postre la destruccion del puente; Que, en consecuencia, debe autorizarse al Procurador Publico Ad Hoc para que en nombre y representacion del Estado interponga las acciones judiciales contra los responsables del hecho descrito; Con la opinion favorable de la Oficina de Asesoria Juridica; De conformidad con el Articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru y el Decreto Ley Nº 17537 modificado por el Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico Ad Hoc encargado de los asuntos judiciales del Fondo Nacional de Compensacion y Desarrollo Social - FONCODES para que en representacion y defensa del Estado interponga las acciones judiciales pertinentes contra los miembros del Nucleo Ejecutor del Proyecto "Puente Mungui" y contra los representantes de la empresa Constructora C y C S.A. para que indemnicen al FONCODES por los hechos expuestos en la parte considerativa de esta Resolucion Ministerial. Articulo 2º.- Remitir los antecedentes del caso al mencionado Procurador Publico para los fines a que se contrae la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de la Presidencia 23983

Autorizan a procurador iniciar MORDAZA judicial contra miembros de nucleo ejecutor e inspector por el perjuicio ocasionado en la construccion del MORDAZA Mungui
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 161-2001-PRES MORDAZA, 14 de MORDAZA del 2001 Visto, el Oficio Nº 369-99-FONCODES/GG del Gerente General del Fondo Nacional de Compensacion y Desarrollo Social - FONCODES, solicitando autorizacion para interposicion de acciones judiciales contra miembros del Nucleo Ejecutor e Inspector que tuvieron a su cargo la construccion del MORDAZA Mungui, financiado por FONCODES; CONSIDERANDO: Que, con fecha 30 de junio de 1994, el Fondo Nacional de Compensacion y Desarrollo Social - FONCODES suscribio el Convenio Nº 750-97-FONCODES con el Nucleo Ejecutor del Proyecto "Puente Mungui" representado por su Presidente, Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA y por su Tesorero, Sr. MORDAZA MORDAZA Huamani; y, con la Firma Constructora C y C S.A. quien participo como Inspector de la obra, para la construccion mediante la modalidad de administracion directa, de un MORDAZA de concreto armado con vigas de MORDAZA de 35 metros lineales de luz sobre el rio Mungui, ubicado en el distrito de Pampamarca, provincia de La Union, departamento de MORDAZA, integramente financiado por FONCODES; Que, conforme al convenio MORDAZA mencionado, la construccion del MORDAZA debio efectuarse dentro del plazo de 4 meses a partir de la entrega del primer desembolso al Nucleo Ejecutor, lo que ocurrio el 4 de agosto de 1997; Que, la obra no fue concluida en el plazo previsto; por el contrario, sin obtener la aprobacion de FONCODES, el Nucleo Ejecutor y el Inspector modificaron unilateralmente el proyecto original de la obra, optado por utilizar el sistema de post-tensado, lo que dio lugar a que FONCODES requiera al Nucleo Ejecutor e Inspector la MORDAZA de la preliquidacion de la obra; Que, no obstante que en la preliquidacion presentada por el Nucleo Ejecutor e Inspector consideraron como gasto efectuado la adquisicion de cables para el post-tensado por la suma de S/. 30 000,00, estos nunca fueron colocados; conforme dio cuenta el Supervisor de Proyectos de FONCODES, a traves de su Carta Nº 098-98-SUP/AAB, informando tambien que la obra se encontraba paralizada faltando aun la colocacion de la armadura de losa y el encofrado lateral, e indicando que recien el 31 de octubre de 1998 se procedio al vaciado de concreto de vigas y losa

Autorizan a procurador iniciar las acciones correspondientes contra presuntos responsables de la comision de delitos de concusion y contra la fe publica
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 162-2001-PRES MORDAZA, 14 de MORDAZA del 2001 Visto, el Informe Especial Nº 004-98/PRES-IG, "Examen Especial a la Oficina de Abastecimientos" emitido por la Oficina de Inspectoria General del Ministerio de la Presidencia; y, CONSIDERANDO: Que, el Ministerio de la Presidencia con el proposito de implementar la Sede Central (Proyecto CRI-PRES), de forma previa a un MORDAZA de seleccion, contrato los servicios de diversas empresas para que presten los servicios de mantenimiento en los rubros de electricidad, gasfiteria, pintura, carpinteria, cerrajeria, entre otros, en el mes de junio de 1997; Que, por disposicion de la Alta Direccion del Ministerio de la Presidencia, se encargo a la Inspectoria General del Sector (hoy Oficina de Auditoria Interna), la elaboracion de un Examen Especial a la Unidad de Abastecimientos de la Oficina de Administracion, cuyo resultado fue el Informe Especial Nº 004-98/PRES-IG; Que, producto del citado Informe Especial, con fecha 23 de junio de 1998, se expidio la Resolucion Ministerial Nº 28498-PRES, mediante la cual se autorizo al Procurador Publico a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de la Presidencia para que interpusiera las acciones legales pertinentes contra los senores MORDAZA Rivero MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Higuchi Higuchi, MORDAZA MORDAZA MORDAZA y demas personas que resulten responsables segun las conclusiones del Informe Nº 004-98/PRES-SG;

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.