Norma Legal Oficial del día 02 de noviembre del año 2001 (02/11/2001)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 2 de noviembre de 2001

Vista, la solicitud de TRANS AMERICAN AIRLINES S.A. - TACA PERU y AEROVIAS DE MEXICO S.A. DE C.V., sobre la prorroga de la aprobacion del Acuerdo de Cooperacion Comercial de Codigo Compartido suscrito entre MORDAZA empresas, para el Servicio de Transporte Aereo Regular Internacional de pasajeros, carga y correo; CONSIDERANDO: Que, con Resolucion Directoral Nº 292-2000-MTC/15.16 del 14 de diciembre de 2000, se autorizo el Acuerdo de Cooperacion Comercial entre TRANS AMERICAN AIRLINES S.A. - TACA PERU y AEROVIAS DE MEXICO S.A. DE C.V. para operar en la modalidad de Codigo Compartido, el Servicio de Transporte Aereo Internacional Regular de pasajeros, carga y correo entre MORDAZA - MEXICO y vv., con cuatro (4) frecuencias semanales, vigente hasta el 7 de junio de 2001, fecha de vigencia del Permiso de Operacion Provisional de TRANS AMERICAN AIRLINES S.A. - TACA PERU; Que, con Solicitud de Registro Nº 2001-005251 del 24 de MORDAZA de 2001 y Solicitud de Registro Nº 025092 del 30 de MORDAZA de 2001, AEROVIAS DE MEXICO S.A. DE C.V. y TRANS AMERICAN AIRLINES S.A. - TACA PERU respectivamente, solicitaron la renovacion de la autorizacion del Acuerdo de Codigo Compartido suscrito entre MORDAZA aerolineas para operar el Servicio de Transporte Aereo Internacional Regular de pasajeros, carga y correo, en la ruta MEXICO - MORDAZA y vv., con derechos de trafico de Tercera y Cuarta MORDAZA del Aire con cuatro (4) frecuencias semanales; Que, TRANS AMERICAN AIRLINES S.A. - TACA PERU cuenta con un Permiso de Operacion Provisional para prestar Servicio de Transporte Aereo Internacional Regular de Pasajeros, carga y correo, otorgado por la Autoridad Aeronautica Peruana mediante Resolucion Directoral Nº 075-2001-MTC/15.16 del 4 de MORDAZA de 2001, autorizandola a operar, entre otras rutas, MORDAZA - MEXICO y vv. con siete (7) frecuencias, semanales y con derechos de trafico de Tercera y Cuarta MORDAZA del Aire; Que, por otro lado, AEROVIAS DE MEXICO S.A. DE C.V., esta autorizada por la Autoridad Aeronautica Peruana mediante Resolucion Directoral Nº 273-2000-MTC/15.16 del 3 de noviembre de 2000 para prestar Servicio de Transporte Aereo Regular Internacional de pasajeros, carga y correo, en la ruta MEXICO D.F. -LIMA y vv., con cuatro (4) frecuencias semanales y con derechos de trafico de Tercera y Curta MORDAZA del Aire; Que, con documento Nº 14812 del 30 de octubre de 2000, la Direccion General de Aeronautica Civil de la Direccion de Transporte y Control Aeronautico de los Estados Unidos Mexicanos, autorizo a la empresa AEROVIAS DE MEXICO S.A. DE C.V. a operar bajo el sistema de Codigo Compartido con la empresa TRANS AMERICAN AIRLINES S.A. TACA PERU, en la ruta C.D. DE MEXICO - MORDAZA y vv.; Que asimismo, con documento Nº 14814 del 30 de octubre de 2000, la Direccion General de Aeronautica Civil de la Direccion de Transporte y Control Aeronautico de los Estados Unidos Mexicanos, autorizo a la empresa TRANS AMERICAN AIRLINES S.A. - TACA PERU a operar bajo el sistema de Codigo Compartido con la empresa AEROVIAS DE MEXICO S.A. DE C.V., en la ruta C.D. DE MEXICO MORDAZA y vv.; De conformidad con lo dispuesto en la Ley de Aeronautica Civil del Peru, Ley Nº 27261; y, con la opinion favorable de las areas competentes de la Direccion General de Aeronautica Civil; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar la ampliacion del plazo de ejecucion del Acuerdo de Codigo Compartido suscrito entre TRANS AMERICAN AIRLINES S.A. - TACA PERU y AEROVIAS DE MEXICO S.A. DE C.V., para prestar el servicio de transporte aereo regular internacional de pasajeros, carga y correo, en la ruta MORDAZA - MEXICO y vv., con cuatro (4) frecuencias semanales, hasta el 9 de MORDAZA del 2002, fecha de vigencia del Permiso de Operacion Provisional de TRANS AMERICAN AIRLINES S.A. - TACA PERU otorgado mediante R.D. Nº 075-2001-MTC/15.16 del 4 de MORDAZA de 2001. El plazo de vigencia de la presente autorizacion, corre a partir del 8 de junio de 2001, fecha siguiente al vencimiento de la Resolucion Directoral Nº 292-2000MTC/15.16. Articulo Segundo.- La autorizacion indicada en el Articulo Primero se sujetara a las siguientes condiciones: 1. La presente autorizacion comprende la explotacion y comercializacion por parte de TRANS AMERICAN AIRLINES S.A. - TACA PERU, con derechos de trafico de Tercera y Cuarta MORDAZA del Aire entre MORDAZA - MEXICO y vv; y, por parte de AEROVIAS DE MEXICO S.A. DE C.V. la

explotacion y comercializacion, con derechos de trafico de Tercera y Cuarta MORDAZA del Aire entre MEXICO - MORDAZA y vv. pudiendo consignar MORDAZA empresas, sus codigos designadores de aerolinea en los vuelos; 2. En la publicacion y comercializacion de los servicios materia del Acuerdo de Codigo Compartido que se autoriza, ambos transportadores deberan hacer mencion expresa al publico usuario, que se trata de vuelos de codigo compartido de forma tal que no se induzca a error al consumidor, especialmente en cuanto a las caracteristicas del servicio, el precio y las condiciones de venta. Articulo Tercero.- MORDAZA empresas de transporte aereo se encuentran obligadas a presentar mensualmente a la Direccion General de Aeronautica Civil, los datos estadisticos e informes que correspondan a las operaciones de codigo compartido que se autorizan por la presente Resolucion. Articulo Cuarto.- La presente autorizacion sera revocada, previa comunicacion a MORDAZA empresas transportadoras, cuando incumplan las obligaciones contenidas en la presente Resolucion Directoral; o renuncie, se suspenda o se revoque el respectivo Permiso de Operacion. Sin perjuicio de lo anterior, cualquier incumplimiento a la presente autorizacion, sera sancionado en la forma que establece el Reglamento de Infracciones y Sanciones de la Ley de Aeronautica Civil. Articulo Quinto.- En la presente autorizacion, MORDAZA empresas responden indivisible y solidariamente frente a los pasajeros y carga transportados, sin perjuicio de las obligaciones establecidas en el respectivo contrato. Articulo Sexto.- La presente autorizacion queda sujeta a la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronautica Civil; Decreto Supremo Nº 054-88-TC y sus modificatorias; asi como al cumplimiento estricto de todas las condiciones y requisitos establecidos en la presente Resolucion Directoral tanto por parte de TRANS AMERICAN AIRLINES S.A. - TACA PERU y AEROVIAS DE MEXICO S.A. DE C.V., asi como a las demas disposiciones legales vigentes y directivas que dicte esta Direccion General. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA KUAN-VENG Director General de Aeronautica Civil 26701

Aprueban modificacion de la Subparte A de la Regulacion Aeronautica del Peru Nº 103 - Regulacion para la Operacion de Aviones Ultralivianos o Ultralivianos Motorizados
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 150-2001-MTC/15.16 MORDAZA, 19 de octubre del 2001 CONSIDERANDO: Que, el literal c) del Articulo 9º de la Ley Nº 27261, Ley de Aeronautica Civil establece que la Direccion General de Aeronautica Civil es competente para aprobar, modificar y dejar sin efecto las regulaciones Aeronauticas del Peru; Que, la Direccion General de Aeronautica Civil aprobo mediante Resolucion Directoral Nº 281-2000-MTC/15.16, del 21.11.00, la Regulacion Aeronautica del Peru Nº 103 REGULACION PARA LA OPERACION DE AVIONES ULTRALIVIANOS O ULTRALIVIANOS MOTORIZADOS, la cual ha sido evaluada, tomando en consideracion los aportes y sugerencias recibidos por parte de los operadores; Que, el Articulo 167º de la Ley Nº 27261, Ley de Aeronautica Civil, faculta a la Direccion General de Aeronautica Civil a reglamentar la actividad aeronautica de ultraligeros; De conformidad con la Ley de Aeronautica Civil Nº 27261 y su Reglamento, Decreto Supremo Nº 054-88/TC, modificado por el Decreto Supremo Nº 009-96-MTC y estando a lo opinado por la Direccion de Seguridad Aerea y la Oficina de Asesoria Legal; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Aprobar el texto de la modificacion de la Subparte A de la Regulacion Aeronautica del Peru Nº 103 REGULACION PARA LA OPERACION DE AVIONES UL-

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