Norma Legal Oficial del día 15 de octubre del año 2001 (15/10/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

MORDAZA, lunes 15 de octubre de 2001

NORMAS LEGALES
ANEXO Nº 02-7

Pag. 211253

INVERSION TOTAL - SEGUN APORTE DE LOS PARTICIPANTES EN EL PROYECTO
PROYECTO: D. R. A.
CONCEPTO/ ACTIVIDAD Semillas - Kiwicha Fertilizantes - Urea Agroquimicos kg lt TM Kg Unid. MINAG Cantidad P.Unit (S/.) Valor (S/.) Cantidad OPERADOR P.Unit (S/.) Valor (S/.) PRODUCTORES Cantidad P.Unit (S/.) Valor (S/.) OTROS... TOTAL Cantidad Valor (S/.)

Agua - volumen

m3

Maquinaria Traccion mecanica horas Traccion animal horas

Mano de obra Siembra Jornales

Labores culturales Jornales Cosecha Jornales

Bienes de Capital

TOTAL

......................................................... Director de la Agencia Agraria Nombre: D.N.I. Nº

................................................................ Adm. de la DRA o Agencia Agraria Nombre: D.N.I. Nº

......................................................... Director de Promocion Agraria - DRA Nombre: D.N.I. Nº

.............................................................. VºBº Responsable DRA o DSRA Nombre: D.N.I. Nº

32601

JUSTICIA
Autorizan a instituciones el funcionamiento de centros de conciliacion con sede en la MORDAZA de MORDAZA
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 298-2001-JUS MORDAZA, 10 de octubre de 2001 Vista la solicitud de Registro Nº 19026-2001, de fecha 20 de agosto de 2001, de la asociacion SERVICIOS INTERNACIONALES DE PAZ, AMISTAD Y SOLIDARIDAD SIDEPAS; CONSIDERANDO: Que la asociacion SERVICIOS INTERNACIONALES DE PAZ, AMISTAD Y SOLIDARIDAD SIDEPAS, es una asociacion civil sin fines de lucro que tiene entre sus objetivos ejercer la funcion conciliadora; Que la mencionada institucion ha solicitado autorizacion para el funcionamiento del Centro de Conciliacion denominado "SIDEPAZ", con sede en la MORDAZA de Lima;

Que conforme obra del acta de inspeccion ocular de fecha 20 de setiembre de 2001, se realizo la constatacion respectiva en las instalaciones e infraestructura fisica de su Centro de Conciliacion; Que la recurrente cumple con los requisitos establecidos en los Articulos 24º y 27º de la Ley Nº 26872, Ley de Conciliacion, y los Articulos 42º, 44º y 45º del Reglamento de la Ley de Conciliacion, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98-JUS, por lo que es procedente autorizar el funcionamiento de su Centro de Conciliacion; Estando a lo opinado en el Informe Nº 1291-2001-JUS/DMSTC de la Secretaria Tecnica de Conciliacion, es pertinente atender la solicitud de la asociacion SERVICIOS INTERNACIONALES DE PAZ, AMISTAD Y SOLIDARIDAD SIDEPAS; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, Decreto Ley Nº 25993 - Ley Organica del Sector Justicia, Ley Nº 26872 - Ley de Conciliacion, modificada por Ley Nº 27398, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98-JUS, modificado por Decreto Supremo Nº 016-2001-JUS, y Resolucion Ministerial Nº 350-2000-JUS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- AUTORIZAR a la asociacion SERVICIOS INTERNACIONALES DE PAZ, AMISTAD Y SOLIDARIDAD SIDEPAS, el funcionamiento de su Centro de Conciliacion denominado "SIDEPAZ", con sede en la MORDAZA de Lima.

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