Norma Legal Oficial del día 17 de mayo del año 2002 (17/05/2002)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 17 de MORDAZA de 2002

dolares americanos) incluido el Impuesto General a las Ventas, por un periodo de 12 meses. Esta contratacion estara a cargo de la Oficina de Administracion y Finanzas de OSINERG. Articulo 2º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion y del Informe Tecnico Legal sustentatorio a la Contraloria General de la Republica, dentro del plazo de ley. MORDAZA DAMMERT MORDAZA Presidente del Consejo Directivo 8811

mac, desde la Cooperativa de Vivienda Talavera La MORDAZA hasta Papelera MORDAZA S.A. Articulo 2º.- Encargar a las Direcciones de Desarrollo MORDAZA y a la de Asesoria Juridica de esta Municipalidad, las acciones pertinentes a fin de proceder a la erradicacion de las viviendas y comercios de dichas zonas, por no estar zonificado como uso de vivienda o comercio. Articulo 3º.- Pongase en conocimiento con el presente Acuerdo a las distintas oficinas de esta Municipalidad, asi como a las autoridades correspondientes, para los fines que hubiere lugar. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA ANTIPORTA LAYMITO MORDAZA 8772

GOBIERNOS LOCALES
MUNICIPALIDAD DE EL MORDAZA
Declaran area del distrito como MORDAZA de alto riesgo
ACUERDO DE CONCEJO Nº 014-A-2002-SEGE-06-MDEA
El MORDAZA, 20 de marzo de 2002 EL CONCEJO MUNICIPAL DE EL MORDAZA VISTO.- En Sesion Ordinaria del 15 de marzo, continuada el 20 de marzo del 2002, las Notas de Alcaldia Nºs. 155 y 118-ALCA-MDEA, sobre declaracion de MORDAZA de alto riesgo debajo de las lineas de alta tension en la jurisdiccion del distrito de El Agustino; CONSIDERANDO: Que, la Direccion de Asesoria Juridica con Informe Nº 186-2002-DAJ-MDEA senala que visto el Oficio Nº 782-2001-EM/DGE del 3-10-2001 emitido por la Direccion General de Electricidad, Informes Tecnicos Nº 031-2002-DDU-MDEA, Nº 022-2002-DIRENT-MDEA de las Direcciones de Desarrollo MORDAZA y la de Rentas respectivamente, y las Notas de Alcaldia arriba mencionadas, precisan la necesidad de declarar la faja de servidumbre electrica como MORDAZA de alto riesgo, prohibiendose la construccion de obras o edificaciones de cualquier naturaleza, dentro de la faja de servidumbre de toda la linea de transmision de energia electrica y absteniendose la Entidad Municipal de otorgar licencia, que permita realizar labores que perturben el ejercicio de la servidumbre constituida a favor de Etecen, asi como otorgar, visar planos, autorizar cualquier MORDAZA de construccion bajo su influencia, ello a fin de prevenir situaciones de riesgo que pongan en peligro la MORDAZA y la salud humana de todos los pobladores del sector, teniendo esta situacion su MORDAZA legal en lo previsto por los Articulos 1º, 2º y 192º de la Constitucion Politica del Peru y Articulos 3º, 10º, 36º y 65º de la Ley Nº 23853 Organica de Municipalidades, asi como la Ley de Concesiones Electricas Nº 25844, R.M. Nº 282-95-EMN/VME y la Ordenanza Nº 161-MML; Por tanto estando a lo expuesto al Informe Nº 007-2002CGL-STDC-MDEA de la Secretaria Tecnica de Defensa Civil de esta Municipalidad, por votacion unanime el Concejo Municipal; ACUERDA: Articulo 1º.- Declarar MORDAZA de alto riesgo, toda la faja de servidumbre de la linea de transmision de energia electrica comprendido en forma paralela a las Av. Las Magnolias, Bosque MORDAZA e inafectos a los tributos municipales durante el Ejercicio Fiscal 2002, a la Cooperativa de Vivienda MORDAZA MORDAZA y demas Asociaciones de Vivienda y/o de comerciantes que se encuentran ubicados en esta declaratoria de alto riesgo, asi como a los ubicados en la margen izquierda del rio Ri-

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE PORRES
Autorizan realizacion de matrimonio civil masivo en el distrito
DECRETO DE ALCALDIA Nº 004-2002/MDSMP
San MORDAZA de Porres, 7 de MORDAZA de 2002 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MORDAZA DE PORRES CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Locales como parte del Estado tienen el deber de proteger a la familia y promover el matrimonio como institucion natural y fundamental de la sociedad, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 4º de la Constitucion Politica del Peru; Que, el Articulo 233º del Codigo Civil, establece la regularizacion juridica de la familia, que tiene por finalidad contribuir a su consolidacion y fundamentalmente en MORDAZA con los principios y normas estipuladas en nuestra Constitucion Politica; Que, es facultad de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Porres, ayudar a aquellos vecinos del distrito que se encuentren aun en una situacion de hecho y requieren formalizar su situacion conyugal, facilitando para ello el procedimiento establecido; Estando a lo solicitado, por la Direccion de Servicios Sociales y en uso de las facultades conferidas en el Art. 47º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853; DECRETA: Articulo Primero.- Autorizar la realizacion del II MATRIMONIO CIVIL MASIVO, a realizarse el dia 26 de MORDAZA del 2002, en la explanada del Palacio Municipal a horas 11.00 a.m. Articulo Segundo.- Senalar como requisitos indispensables para contraer Matrimonio Civil, los siguientes: 1. Partida de Nacimiento original de ambos, con una vigencia de 1 ano para MORDAZA y Callao, y de 6 (seis) anos para provincias. 2. MORDAZA de L.E. o DNI fedateada de ambos y de sus 2 (dos) testigos que no MORDAZA familiares. 3. Certificado Medico Prenupcial. 4. MORDAZA de Consejeria de Prevencion contra el SIDA. Articulo Tercero.- De conformidad con el Art. 252º del Codigo Civil, se dispensa a los contrayentes de la publicacion del aviso matrimonial.

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