Norma Legal Oficial del día 17 de mayo del año 2002 (17/05/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 43

MORDAZA, viernes 17 de MORDAZA de 2002

NORMAS LEGALES

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Articulo Cuarto.- Establecer como pago unico por todo concepto, la suma de S/. 50.00 (Cincuenta y 00/100 Nuevos Soles) por Acta Matrimonial. Articulo Quinto.- Mantengase los demas requisitos exigidos cuando se trate de menores de edad, viudos, divorciados y extranjeros. Articulo Sexto.- Determinar que la celebracion del II MATRIMONIO CIVIL MASIVO se realice el MORDAZA 26 de MORDAZA del 2002, en el horario de 11.00 a.m., en la explanada del Palacio. Articulo Septimo.- Todo egreso que ocasione los actos sera con cargo al Presupuesto del ano y a traves del apoyo de Instituciones y/o Empresas responsabilizandose la Direccion de Administracion quien garantizara el desarrollo del evento senalado. Articulo Octavo.- Encargar a la Direccion de Servicios Sociales, a la Division de Registros Civiles, el estricto cumplimiento del presente Decreto. Articulo Noveno.- Encargar a la Unidad de Imagen Corporativa y Comunicacion, la publicacion y difusion del presente Decreto. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA UGAZ MORDAZA Alcaldesa 8866

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA DE MORDAZA
Modifican Ordenanza Nº 14-99-MSS relativa a la construccion de obras civiles
ORDENANZA Nº 100-MSS
MORDAZA de MORDAZA, 9 de MORDAZA de 2002 EL MORDAZA DE MORDAZA DE MORDAZA CONSIDERANDO: Que, por Ordenanza Nº 14-99-MSS publicada el 7.ENE.2000 se reglamento la construccion de obras civiles en el distrito con la finalidad de propender a un desarrollo arquitectonico armonico, preservando el ornato, medio ambiente y seguridad ciudadana; Que, el Articulo MORDAZA de la citada Ordenanza establece como obligacion de los propietarios de las edificaciones en el distrito, el acabado exterior de fachadas laterales y posteriores; senalando ademas que no se otorgara Conformidad de Obra ni Declaratoria de Fabrica si no se cumplen con las exigencias tecnicas consignadas en el inciso a) del referido articulo; Que segun lo previsto en los Articulos 13º, 14º y 15º de la MORDAZA citada, la notificacion a los vecinos para el cercado de terrenos sin construir, en estado de abandono y/o para que efectuen los acabados exteriores de fachadas laterales y posteriores de sus propiedades, se realiza via carta notarial siendo los plazos de 90, 30 y 180 dias calendario respectivamente; Que, el MORDAZA de Control como Instrumento de Evaluacion previsto en el Articulo 4º, numeral 4.8 de la Ordenanza Nº 67-MSS - Regimen de Aplicacion de Sanciones, permite la revision y periodica actualizacion de las disposiciones municipales para su adecuacion a las reales necesidades y expectativas de la comunidad en su conjunto; Que, el MORDAZA de Legalidad plasmado en el Articulo 4º, numeral 4.4 de la Ordenanza Nº 67-MSS senala que la infraccion y la sancion deben estar establecidas en normas competentes y que los procedimientos de deteccion, notificacion, imposicion y ejecucion de sanciones deben efectuarse conforme a ley, sujetandose a lo normado y respetando las garantias del debido proceso; Que, en este orden de ideas resulta necesario modificar la Ordenanza Nº 14-99-MSS, adecuandola a la normatividad vigente, ampliando sus alcances, reduciendo los plazos para el cumplimiento de las obligaciones y modificando la forma de notificacion a los infractores a fin de agilizar el procedimiento; Estando a lo opinado por las Direcciones de Desarrollo MORDAZA y de Fiscalizacion y Control y por la Oficina de Asesoria Juridica, mediante Memorandums Nºs. 2520 y 3239-2001-DDU-MSS e Informes Nºs. 2222001-DFC-MSS y 2030-2001-OAJ-MSS, respectivamente; Contando con Dictamenes Favorables Nºs. 002-2002CDU/MSS y 14-2002-CAL/MSS de las Comisiones de Desarrollo MORDAZA y de Asuntos Legales respectivamente; en uso de las facultades que le confiere los Articulos 47º inciso 2), 109º y 110º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del acta, adopto por Mayoria, con la abstencion de la regidora MORDAZA MORDAZA y los votos en contra de los regidores MORDAZA Ampuero y MORDAZA MORDAZA, la siguiente: ORDENANZA MODIFICATORIA DE LA ORDENANZA Nº 14-99-MSS Articulo Primero.- Modifiquese el Articulo MORDAZA inciso b) de la Ordenanza Nº 14-99-MSS quedando redactado con el siguiente texto: "Articulo Septimo.(...)

Disponen el embanderamiento general del distrito
DECRETO DE ALCALDIA Nº 005-2002-MDSMP
San MORDAZA de Porres, 16 de MORDAZA de 2002 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE PORRES CONSIDERANDO: Que, el dia 22 de los corrientes se celebrara el 52º Aniversario de Creacion Politica del distrito de San MORDAZA de Porres; Que, es tradicion de los vecinos de esta Comuna el respeto y la participacion en los actos civicos conmemorativos de un ano mas de MORDAZA institucional de la Municipalidad que los represente, por ende, es necesario dar el MORDAZA de solemnidad que amerita tan magna fecha; Que, estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el Art. 47º de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 23853; DECRETA: Articulo Primero.- Disponer el EMBANDERAMIENTO general del distrito de San MORDAZA de Porres, del 18 de MORDAZA al 27 de MORDAZA del 2002, incluyendose en esta disposicion a todos los predios MORDAZA privados o publicos de vivienda o comercio. Articulo Segundo.- Disponer que los predios senalados en el articulo precedente deberan estar debidamente presentados, con la limpieza adecuada de los mismos. Articulo Tercero.- Encargar el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto a la Direccion de Participacion Vecinal, Educacion, Deportes y Desarrollo Empresarial, Direccion de Servicios Comunales y Unidad de Imagen Corporativa y Comunicacion. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA UGAZ MORDAZA Alcaldesa 8867

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