Norma Legal Oficial del día 17 de mayo del año 2002 (17/05/2002)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 17 de MORDAZA de 2002

VISTO, en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 15 de enero del 2002 el Informe Nº 053-04-2002-DS-PVLMPT del Programa Vaso de Leche e Informe Nº 265-042002-DAL-MPT de la Direccion de Asesoria Legal; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Informe Nº 44-04-2002-DS-PVL-MPT de la Unidad de Desarrollo Social, pone en conocimiento que el producto correspondiente al mes de febrero del presente ano se agotara el 20/4/2002, por lo que solicita se MORDAZA las medidas necesarias para cubrir el desabastecimiento que se produzca mientras dure el MORDAZA de seleccion. Asimismo en su Informe Nº 04304-2002-DS-PVL-MPT, manifiesta que debido a que el Ministerio de Salud no ha acreditado a su representante ante el Comite de Administracion, asi como el Ministerio de Agricultura tampoco ha acreditado al representante de la Asociacion, no ha podido cumplir con los requerimientos para realizar el MORDAZA de Licitacion, habiendose MORDAZA el contrato con las empresas que abastecian del producto a esta entidad por los meses de enero y febrero del presente ano; Que, mediante Informe Nº 053-04-2002-DS-PVMMPT el Comite de Administracion del Vaso de Leche pone en conocimiento del senor MORDAZA que en su oportunidad se curso invitacion a la Subregion MORDAZA MORDAZA Colona a cargo de la Ing. MORDAZA MORDAZA con fecha 27-9-2001, invitacion de fecha 14-12-2001, invitacion de fecha 7-1-2002 y la MORDAZA invitacion de fecha 17-12002, igualmente se emitio carta al Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA - Director de MINSA de Talara, documentos en los cuales se solicita nombrar a su representante para conformar el Comite de Adjudicacion en cumplimiento de la Ley Nº 27470 en su Art. 2º, documentos que no han sido contestados a la fecha; Que, al no haberse acreditado a los Representantes que formarian parte del Comite de Administracion por parte del Ministerio de Salud y el Ministerio de Agricultura ha conllevado a que no se puede establecer los productos que constituiran la racion, asimismo no se ha podido cumplir con los requerimientos de informacion solicitados por los miembros del Comite Especial de Adquisiciones designados para el MORDAZA de licitacion, lo cual ha conllevado que exista falta de stock de los productos, los mismos que se terminarian el 20 del presente mes, lo que acarrea una situacion de Urgencia debido a que el MORDAZA de Licitacion Publica dura aproximadamente mes y medio, lo que ocasionaria un desabastecimiento del producto durante el tiempo que dure el MORDAZA de seleccion; Que, de acuerdo al informe MORDAZA indicado se establece que se requiere para cumplir con la racion del Programa Vaso de Leche durante el tiempo que dure el MORDAZA de Seleccion, es hojuelas de cebada... 6766.65 kg. por mes y leche evaporada... 845 MORDAZA mas 39 latas por mes; Que, el recurso economico que se cuenta es de S/. 93,242.37 Nuevos Soles por mes, la cantidad MORDAZA indicada seria para cumplir con el Programa Vaso de Leche mientras dure el MORDAZA de Seleccion; Que dicha situacion se considera de Urgencia, pues la ausencia extraordinaria e imprevisible del producto del Vaso de Leche, no fue previsto por razones ajenas a la entidad, pues esto surge segun lo indica la Sra. MORDAZA MORDAZA de la no acreditacion de los representantes de los Ministerios de Salud y Agricultura, asimismo es MORDAZA en establecerse que la ausencia del producto Vaso de Leche, el mismo que como tienen conocimiento es un servicio esencial que se otorga a los ninos y madres gestantes, entre otros; Que, conforme establece el Art. 19º Inc. c) de la Ley de Contrataciones del Estado, punto 4) del Art. 14º del Reglamento de la Ley de Adquisiciones del Estado y Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, estan exonerados de los procesos de licitacion publica, concurso publico o Adjudicacion Directa, segun sea el caso, las adquisiciones y contrataciones que se realicen en situacion de urgencia, declaradas de conformidad con la referida Ley; Que, el Art. 21º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado establece ademas que solo se podra adquirir o contratar por la situacion de urgencia dichos bienes por el tiempo o cantidad necesarios para llevar a cabo el MORDAZA de seleccion que corresponda; Que, asimismo, el numeral 12 del Art. 108º el D.S. Nº 079-2001-PCM que modifica el reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado precisa que la

situacion de Urgencia constituye una medida temporal ante un hecho de excepcion que determina una accion rapida a fin de adquirir o contratar lo indispensable para paliar la Urgencia; Que, el Art. 20º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece que las Adquisiciones y Contrataciones exoneradas del MORDAZA de licitacion, concurso publico o adjudicacion directa, se realizaran mediante el MORDAZA de adjudicacion de menor cuantia y se aprobaran mediante Acuerdo de Concejo en caso de los gobiernos locales requiriendo de un Informe Tecnico legal previo, dicho acuerdo sera publicado en el Diario Oficial El Peruano, debiendo remitirse MORDAZA del mismo y de los informes que lo sustentan a la Contraloria General de la Republica a los 10 dias siguientes a la fecha de su aprobacion. Asimismo el Art. 108º del Reglamento de la Ley de Adquisiciones y Contrataciones del Estado establece que la situacion de Urgencia debe entenderse como una medida temporal ante un hecho de excepcion que determina una accion rapida a fin de adquirir o contratar lo indispensable para paliar la urgencia, sin perjuicio de que se realice el MORDAZA de seleccion correspondiente para las adquisiciones y contrataciones definitivas; Que con Informe Nº 265-04-2002-DAL-MPT de la Direccion de Asesoria Legal, recomienda lo siguiente: 1.- DECLARAR en SITUACION DE URGENCIA la Adquisicion del Producto para el Programa Vaso de Leche por el periodo que demore el MORDAZA de seleccion para adquisicion del producto para el Programa del Vaso de Leche. 2.- Exonerese a la Municipalidad Provincial de Talara del MORDAZA de Seleccion de Adjudicacion Directa con Publicacion y Adjudicacion Directa Selectiva para la adquisicion del producto para el Programa Vaso de Leche. 3.- Autoricese al organo competente para que proceda la adquisicion de dicho producto que se requiere para el programa Vaso de Leche mediante el MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia hasta por un periodo de 2 meses con su correspondiente valor referencial. 4.- Remitase MORDAZA del Acuerdo que se adopte de los informes emitidos a la Contraloria General de la Republica dentro de los 10 dias calendario siguientes de la fecha de su aprobacion, disponiendose su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Que, el pleno del concejo considera procedente aprobar las recomendaciones planteadas por la Direccion de Asesoria Legal, disponiendo que la Unidad de Abastecimiento y Servicios Generales se encargue de la adquisicion del producto que se requiere para el Programa Vaso de Leche. Asimismo, con intervencion del Regidor Prof. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, manifiesta que el recurso del Programa Vaso de Leche es un elemento indispensable para financiar la racion diaria alimentaria y siendo su desatencion, contingencia que pone en peligro la salud de los beneficiarios de la jurisdiccion distrital de Parinas, la misma que afectaria en forma negativa los objetivos del Programa y a fin de garantizar la remesa de continuidad es necesario contar con los insumos a la brevedad posible en tanto dure el MORDAZA de Licitacion Publica conforme a los dispositivos legales vigentes; Que, visto y analizado el tema en Sesion Ordinaria de Concejo, se aprobo por mayoria aprobar las recomendaciones planteadas por la Direccion de Asesoria Legal mediante Informe Nº 265-04-2002-DAL-MPT, disponiendo que la Unidad de Abastecimiento y Servicios Generales se encargue de la adquisicion del producto que se requiere para el Programa Vaso de Leche; y, Estando a los considerandos MORDAZA anotados, al acuerdo tomado por mayoria en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 23-4-2002, siendo de 9 votos a favor y 2 en contra y en uso de las atribuciones que me confiere el Inc. 6) Art. 47º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, se expide el siguiente acuerdo, ACUERDO: 1º.- DECLARAR en SITUACION DE URGENCIA la adquisicion del producto para el Programa Vaso de Leche por el periodo de 2 meses (60 dias).

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