Norma Legal Oficial del día 17 de mayo del año 2002 (17/05/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

MORDAZA, viernes 17 de MORDAZA de 2002
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NORMAS LEGALES

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DECRETO DE URGENCIA Nº 022-2002

Cuando la tasa LIBOR a 6 (seis) meses sea superior a 5,0% y hasta 5,5%, se aplicara un margen del 3,5%; (iii) Cuando la tasa LIBOR a 6 (seis) meses sea superior a 5,5% y hasta 6,0%, se aplicara un margen del 3,25%; y, (iv) Cuando la tasa LIBOR a 6 (seis) meses sea superior a 6,0%, se aplicara un margen del 3,0%. Articulo 3º.- Unidad Ejecutora La Unidad Ejecutora del Programa Multisectorial de Inversion Publica 2002 sera el Ministerio de Economia y Finanzas, a traves de la Direccion General de Credito Publico. Articulo 4º.- Autorizacion para suscribir Autorizase al Ministro de Economia y Finanzas o a quien el designe a suscribir, en representacion de la Republica del Peru, el contrato de prestamo de la operacion de Endeudamiento Externo que se aprueba en el Articulo 1º de esta norma; asi como al Director General de Credito Publico del Ministerio de Economia y Finanzas a suscribir los documentos que se requieran para implementar la citada operacion. Articulo 5º.- Servicio de la Deuda El servicio de amortizacion, intereses, comisiones y demas gastos que ocasione la operacion de Endeudamiento que se aprueba por este Decreto de Urgencia, seran atendidos por el Ministerio de Economia y Finanzas con cargo a los recursos que en funcion de las prioridades intersectoriales y metas del Sector le correspondan en cada Ejercicio Presupuestal para el servicio de la Deuda Publica. Articulo 6º.- Refrendo El presente Decreto de Urgencia es refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Economia y Finanzas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los dieciseis dias del mes de MORDAZA del ano dos mil dos. MORDAZA DIEZ CANSECO MORDAZA Primer Vicepresidente de la Republica Encargado del Despacho Presidencial MORDAZA DANINO MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion Encargado de la Cartera de Economia y Finanzas 8883

OPERACION DE ENDEUDAMIENTO INTERNO ENTRE EL BANCO DE LA NACION Y EL BANCO DE MATERIALES, HASTA POR S/. 100 000 000,00 DESTINADA A OTORGAR CREDITO A LAS FAMILIAS DAMNIFICADAS POR EL SISMO DEL 23 DE JUNIO DE 2001
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, como consecuencia del sismo del 23 de junio de 2001, se produjo danos considerables en los departamentos de MORDAZA, MORDAZA, Tacna y las provincias de Parinacochas y MORDAZA del MORDAZA MORDAZA del departamento de MORDAZA, debido a la destruccion y deterioro de viviendas, infraestructura productiva y servicios; Que, es de MORDAZA importancia continuar brindando apoyo a las poblaciones damnificadas, para la reconstruccion o mejora de sus viviendas afectadas con mayor enfasis en los sectores sociales de mas bajos ingresos; Que, el Banco de Materiales -BANMAT- creado por Ley Nº 23220, modificada y complementada por Leyes Nºs. 26903 y 26963 tiene como finalidad colaborar con el desarrollo integral de la comunidad MORDAZA y rural, realizando actividades de promocion, ejecucion y/o aprovisionamiento de recursos, bienes y servicios para la edificacion y mejoramiento, de entre otros, la vivienda basica minima; Que, para brindar el referido apoyo es necesario dotar al Banco de Materiales -BANMAT- de recursos que le permita otorgar creditos a las familias damnificadas, para ser destinados exclusivamente al financiamiento de la rehabilitacion, refaccion y toda actividad necesaria para la reconstruccion de las viviendas danadas, en los sectores sociales de mas bajos niveles de ingresos, en las diversas provincias y departamentos del sur del MORDAZA afectados por el sismo del 23 de junio de 2001; Que, para tal efecto es necesario autorizar al Banco de la Nacion a otorgar un credito al Banco de Materiales -BANMAT-; Que, por tratarse de una medida economico financiera que permitira la adopcion de acciones destinadas a asistir a la poblacion y a la reconstruccion de las zonas afectadas por el mencionado fenomeno natural, existen razones de interes nacional que justifican su expedicion en forma inmediata; En uso de las facultades conferidas por el inciso 19) del Articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; y, Con cargo de dar cuenta al Congreso de la Republica;

TRIBUNAL FISCAL
COMUNICADO
El Tribunal Fiscal pone en conocimiento del publico en general que en su pagina web, www.mef.gob.pe, ha incorporado : - Las resoluciones emitidas entre los anos 1996 y el 2000 - Las resoluciones de observancia obligatoria emitidas desde 1980. - Un compendio de sumillas de resoluciones seleccionadas por categorias tematicas correspondientes a los anos 2001 y 2002. El texto de las resoluciones de estos anos se incorporara gradualmente.

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