Norma Legal Oficial del día 26 de septiembre del año 2004 (26/09/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 37

MORDAZA, MORDAZA 26 de setiembre de 2004

NORMAS LEGALES

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Articulo Tercero.- Comunicar a la Presidencia del Consejo de Ministros y a la Contraloria General de la Republica de la presente Resolucion. Articulo Cuarto.- Encargar a la Oficina de Secretaria General la notificacion de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y archivese. MORDAZA MIYASHIRO YAMASHIRO MORDAZA 17306 RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 241-MDCH Chorrillos, 13 de MORDAZA de 2004 Visto el informe final Nº 004-2004/CPPAD-MDCH de fecha 6 de MORDAZA de 2004 de la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios sobre el MORDAZA Administrativo Disciplinario instaurado a la servidora publica P.M.F. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Solano; y, CONSIDERANDO: Que mediante Resolucion de Alcaldia Nº 095-2004MDCH se instauro el MORDAZA Disciplinario a la servidora publica P.M.F. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en cuyos considerandos se le imputo diversas faltas administrativas en las que habria incurrido en el ejercicio de sus funciones, segun consta en el pliego de MORDAZA que se adjunto a dicha Resolucion y otorgandole el plazo de ley para que efectue los descargos respectivos; Que la servidora procesada tiene entre otras funciones como Policia Municipal la de no permitir el comercio ambulatorio en el area asignada a su persona segun el rol de servicios; Que, de acuerdo al analisis, estudio, verificacion y revision de lo actuado, asi como los descargos presentados, se ha establecido que la servidora procesada en ocasion de las visitas de inspeccion inopinadas efectuadas por el Gerente Municipal y el Jefe de Personal el dia 11 de noviembre del 2003, se ha determinado que la servidora procesada ha actuado con ineficiencia, abandono de puesto de servicio y negligencia en el desempeno de sus funciones, asi como el no acatamiento a las ordenes de sus superiores al permitir el comercio ambulatorio y realizar otras diligencias extranas a su puesto de trabajo, no habiendo superado los cargos imputados, a traves de los descargos presentados sin pruebas fehacientes que desvirtuen dichos cargos estos han quedado firmes; Que, en su desempeno ha incurrido en infraccion del Art. 21º inciso a) del D.L. Nº 276 por lo que estaria incursa en las faltas disciplinarias previstas en el Art. 28º incisos a), b), d) del D.L. Nº 276 y el Art. 6º numeral 2) y el Art. 7º numeral 6) de la Ley Nº 27815 - Codigo de Etica de la funcion publica; Que, conforme a lo previsto en el Art. 151º y en concordancia con el Art. 152º, 153º, 154º y 162º del D.S. Nº 005-90PCM la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios ha emitido su respectivo informe final; Que el Informe Final Nº 004-2004-CPPAD-MDCH, ha sido firmado en mayoria con los dos integrantes de la Comision Permanente, el Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Presidente, y el Sr. MORDAZA Lindembert Massironi, como Secretario, por cuanto el tercer integrante miembro titular y representante de los trabajadores, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, y el miembro suplente, don Fredy MORDAZA MORDAZA, se inhibieron cada uno en las oportunidades en que fueron citados de manera reiterada de participar en las reuniones de la citada Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios, no asistiendo a dichas reuniones; Que, la servidora procesada ha presentado diversos recursos bajo expedientes Nº 2843-2844 y de fecha 27 de febrero del 2004, el expediente Nº 2842 del 3 de marzo del 2004, el Exp. Nº 3830 del 18 de marzo del 2004, solicitando la abstencion de los integrantes de la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios. En cuanto al Exp. Nº 2843 solicitando la abstencion del Secretario y de la representante de los trabajadores por tener segun su apreciacion - conflictos en el Ministerio Publico y la MORDAZA por tener amonestaciones escritas, al respecto el Art. 165º del D.S. Nº 005-90-PCM expresa que la comision permanente la integraran el Jefe de Personal y la representante de los trabajadores, hecho que se ha cumplido estrictamente por lo que el recurso debe declararse

Improcedente. Con Exp. Nº 2844 solicita exactamente lo mismo que el Exp. Nº 2843 pero dirigido al presente de la Comision Permanente, pero al haberse aplicado estrictamente el Art. 165º del D.S. Nº 005-90-PCM este recurso debe ser declarado improcedente; Segun el recurso presentado bajo expediente Nº 3830 del 18 de marzo del 2004 solicitando la abstencion del representante suplente de los trabajadores, don Fredy MORDAZA MORDAZA, no teniendo en cuenta lo expresamente senalado en el Art. 165º del D.S. Nº 005-90-PCM, en lo expresamente senalado en el Art. 165º del D.S. Nº 005-90-PCM, en los anteriores recursos tampoco se ha tomado en cuenta los Art. 56º, Art. 229.2 y el Art. II del Titulo Preliminar de la Ley de Procedimiento Administrativo General Nº 27444, a lo que dicho recurso tambien debe declararse improcedente; Respecto del recurso bajo expediente Nº 3829 del 18 de marzo del 2004 solicitando reconsideracion contra la Resolucion de Alcaldia Nº 095-2004-MDCH, esta fue emitida por el Titular de la Entidad en Base a lo establecido en el Art. 167º del D.S. Nº 00590-PCM, y que estando dicha Resolucion emitida conforme a Ley, dicho recurso debe declararse Improcedente; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas en el Art. 20º de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Aplicar la sancion de DESTITUCION A LA SERVIDORA PUBLICA P.M.F. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por lo expuesto en la parte considerativa de esta Resolucion. Articulo Segundo.- Declarar IMPROCEDENTE los recursos presentados Nº 2843 del 27 de febrero de 2004, Nº 2844 del 27 de febrero del 2004, Nº 2842 del 3 de marzo, Nº 3829 del 18 de marzo y Nº 3830 del 18 de marzo del 2004 por los argumentos expuestos en los considerandos pertinentes de la presente Resolucion. Articulo Tercero.- Comuniquese a la Presidencia del Consejo de Ministros y a la Contraloria General de la Republica de la presente Resolucion. Articulo Cuarto.- Encargar a la Oficina de Secretaria General la notificacion de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y archivese. MORDAZA MIYASHIRO YAMASHIRO MORDAZA 17307 RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 258-2004/ MDCH Chorrillos, 22 de MORDAZA de 2004 Visto el Informe Final Nº 007-2004-CPPAD-MDCH de fecha 12 de MORDAZA del 2004, de la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios sobre el MORDAZA Disciplinario instaurado al servidor publico P.M. don MORDAZA MORDAZA Gonzales; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion de Alcaldia Nº 099-2004MDCH, se instauro el MORDAZA Disciplinario al servidor publico P.M., don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en cuyos considerandos se le imputo diversas faltas administrativas en las que habria incurrido en el ejercicio de sus funciones segun consta en el Pliego de Cargos que se adjunto a dicha Resolucion y se le otorgo el plazo de Ley para que realice los descargos respectivos; Que, el servidor procesado tiene entre otras funciones como Policia Municipal la de no permitir el comercio ambulatorio en el area asignada a su persona segun el rol de servicios; Que, de acuerdo al analisis, estudio, verificacion y revision de lo actuado asi como de los descargos presentados, se ha establecido que el servidor procesado con ocasion de las visitas de inspeccion inopinadas efectuadas por el Gerente Municipal y el Jefe de Personal realizadas los dias 11, 24 y 28 de noviembre del ano 2003, y tomado en cuenta el material filmico que desvirtua sus aseveraciones, se ha determinado que el servidor procesado ha actuado con ineficiencia, abandono de puesto de servicio y negligencia en el desempeno de sus funciones, asi como el no acatamiento de las

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