Norma Legal Oficial del día 26 de septiembre del año 2004 (26/09/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

MORDAZA, MORDAZA 26 de setiembre de 2004

NORMAS LEGALES

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y Nº 09042002 del 17 de MORDAZA del 2002, que adjuntan los escritos con registro Nº 5877 del 21 de diciembre del 2000, Nº 2752 del 3 de MORDAZA del 2001, Nº 5261 del 06 setiembre del 2001 y Nº 2552 del 20 de MORDAZA del 2002, presentados ante la Direccion Regional de la Produccion - MORDAZA del Ministerio de la Produccion, por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA CONSIDERANDO: Que el articulo 191º de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General establece que en los procedimientos iniciados a solicitud de parte, cuando el administrado incumpla algun tramite que le hubiera sido requerido que produzca su paralizacion por treinta dias, la autoridad de oficio o a solicitud del administrado declarara el abandono del procedimiento; Que a traves de los escritos del visto, el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, solicita autorizacion de incremento de flota via sustitucion de la embarcacion pesquera "DONA ROXANA" con matricula PL-19021-CM en condicion de siniestrada; Que mediante Oficio Nº 4409-2003-PRODUCE/DNEPPDchi de fecha 27 de agosto del 2003, recepcionado el 6 de setiembre del 2003, segun consta en el cargo de recepcion que obra en el expediente administrativo; se notifico al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, a fin de que cumpla en el plazo de diez (10) dias habiles con subsanar las observaciones formuladas a su solicitud, respecto a la capacidad de bodega de 52 m3 de la embarcacion que construiria para sustituir a la embarcacion pesquera siniestrada "DONA ROXANA", con matricula PL-19021-CM, la cual segun permiso de pesca otorgado por las Resoluciones Directorales Nº 058-99-PREP y Nº 065-99-PREP tiene una capacidad de bodega autorizada de 42 m3; Que hasta la fecha, el recurrente no ha cumplido con presentar la informacion requerida, habiendose paralizado el procedimiento administrativo por causas imputables al administrado; en consecuencia, procede declarar el abandono del procedimiento de conformidad con lo dispuesto en el articulo 191º de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano Indirecto de la Direccion Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero mediante Informes Nº 043-2003PRODUCE/DNEPP-Dchi-epv y Nº 514-2003-PRODUCE/ DNEPP-Dchi-epv, y con la opinion favorable de la Oficina General de Asesoria Juridica; De conformidad con lo establecido en el articulo 191º de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General; En uso de las atribuciones conferidas en el articulo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y por el literal c) del articulo 21º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2002-PRODUCE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar en abandono el procedimiento administrativo de solicitud de autorizacion de incremento de flota, via sustitucion de la embarcacion pesquera "DONA ROXANA", con matricula Nº PL-19021-CM, en condicion de siniestrada, iniciado por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2º.- Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa, a las Direcciones Regionales Sectoriales del Litoral y a la Direccion Nacional de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA DONGO MORDAZA Directora Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero 17368 RESOLUCION DIRECTORAL Nº 248-2004-PRODUCE/DNEPP MORDAZA, 13 de setiembre del 2004

Visto el escrito con registro Nº CE-04113002 de fechas 14 de MORDAZA y el de 25 de agosto del 2003, presentados por la empresa PESCATUN S.A.C. CONSIDERANDO: Que mediante Resolucion Ministerial Nº 148-95-PE, de fecha 5 de MORDAZA de 1995, se otorgo a CONSERVAS MORDAZA MORDAZA S.A. licencia de operacion para que desarrolle la actividad de procesamiento pesquero de recursos hidrobiologicos, a traves de las plantas de enlatado y harina de pescado con una capacidad instalada de 3,224 cajas/turno y 40 t/h de procesamiento de materia prima, respectivamente, en su establecimiento industrial pesquero ubicado en Av. MORDAZA Meiggs Nº 1798, distrito de Chimbote, provincia de MORDAZA, departamento de Ancash; Que mediante los escritos del visto, PESCATUN S.A.C., solicita se otorgue a su favor el cambio del titular de la licencia de operacion otorgada a CONSERVAS MORDAZA MORDAZA S.A. por Resolucion Ministerial Nº 148-95-PE, en virtud al contrato de arrendamiento de fecha 17 de MORDAZA del 2002 y Addendum de fecha 21 de MORDAZA de 2002 , por los que adquiere la posesion del establecimiento industrial pesquero mencionado en el parrafo precedente; Que mediante el Oficio Nº 300-2004-PRODUCE/DNEPP-Dchi de fecha 27 de enero de 2004, reiterado con Oficio Nº 1452-2004-PRODUCE/DNEPP-Dchi de fecha 23 de MORDAZA de 2004, la Direccion Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero del Ministerio de la Produccion, notifico a la recurrente para que cumpla con alcanzar el comprobante de pago por servicio de inspeccion tecnica al establecimiento industrial pesquero, con la finalidad de realizar la verificacion de las capacidades instaladas de las plantas de enlatado y harina de pescado, en razon a que en el contrato de arrendamiento celebrado entre PESCATUN S.A.C. y CONSERVAS MORDAZA MORDAZA S.A. asi como en el anexo que forma parte del mismo, las capacidades instaladas en el establecimiento industrial pesquero son distintas a las senaladas en la Licencia de Operacion original; Que a la fecha, la recurrente no ha cumplido con presentar el comprobante de pago requerido a traves de los oficios MORDAZA mencionados, habiendose paralizado el procedimiento administrativo por causa imputable al administrado; Que conforme al articulo 191º de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, en los procedimientos iniciados a solicitud de parte, cuando el administrado incumpla algun tramite que le hubiera sido requerido que produzca su paralizacion por treinta dias, la autoridad de oficio o a solicitud del administrado declarara el abandono del procedimiento; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano Indirecto de la Direccion Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero, mediante Informe Nº 285-2004PRODUCE/DNEPP-Dchi y con la opinion favorable de la Oficina General de Asesoria Juridica; De conformidad con lo establecido por los articulos 186º y 191º de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar en ABANDONO el procedimiento administrativo iniciado por PESCATUN S.A.C. referido a la solicitud de otorgamiento del cambio del titular de la licencia de operacion otorgada a CONSERVAS MORDAZA MORDAZA S.A. por Resolucion Ministerial Nº 148-95-PE, para que desarrolle la actividad de procesamiento pesquero de recursos hidrobiologicos, a traves de las plantas de enlatado y harina de pescado, con capacidades de 3224 cajas/turno y 40 t/h de procesamiento de materia prima, respectivamente, en su establecimiento industrial pesquero ubicado en Av. MORDAZA Meiggs Nº 1798, distrito de Chimbote, provincia de MORDAZA, departamento de MORDAZA, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Direccion Regional de Produccion Ancash. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA DONGO MORDAZA Directora Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero 17369

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