Norma Legal Oficial del día 03 de abril del año 2005 (03/04/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 3 de MORDAZA de 2005

REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL
Autorizan a procurador interponer acciones legales a presuntos responsables de la comision de delitos contra la fe publica
RESOLUCION JEFATURAL Nº 370-2005-JEF/RENIEC MORDAZA, 15 de marzo de 2005 Visto, los Oficios Nº 5861-2004/GO/RENIEC, Nºs. 056, 252 y 267-2005/GO/RENIEC, y el Informe Nº 1972005-GAJ/RENIEC, emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica, de fecha 17 de febrero de 2005; y, CONSIDERANDO: Que, la Gerencia de Operaciones del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, en su labor fiscalizadora ha detectado que, los ciudadanos MIRURGIA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, DELCY MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA LENGUA MORDAZA, LIBINA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE DE LA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA se presentaron ante el Area de Certificaciones del RENIEC, a fin de solicitar la autenticacion de firma de funcionario que certifica las partidas de nacimiento y/o matrimonio, presuntamente emitidos por el Jefe de la Oficina de Registros Civiles de las municipalidades descritas en los documentos del visto; Que, las Municipalidades Distritales y Provinciales involucradas, mediante comunicaciones dirigidas al Area de Certificaciones de la Gerencia de Operaciones, obrantes en los documentos del visto, informan que dichos documentos no fueron expedidos por las Oficinas Registrales correspondientes, deduciendose por tanto, la falsedad de los mismos; Que, ante los hechos expuestos, se desprende que el comportamiento realizado por los ciudadanos mencionados anteriormente, al haber presentado documentos falsos o falsificados como si fuesen legitimos ante el Registro, a fin de sustentar una situacion distinta a la realidad, a traves del procedimiento de Autenticacion de firma en certificaciones o constancias emitidas por registrador civil, establecido en el numeral 33 del MORDAZA del RENIEC, vulnerando de esta manera la seguridad juridica registral, constituye indicio razonable de la comision de presunto delito contra la Fe Publica, en la modalidad de Falsificacion de Documentos (Falsedad Impropia o de Uso), previsto y sancionado en el articulo 427º del Codigo Penal vigente; Que, en atencion a los considerandos precedentes y, estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoria Juridica, resulta necesario autorizar al Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que interponga las acciones que correspondan en defensa de los intereses del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, contra los ciudadanos mencionados en el primer considerando; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537 y la Ley Nº 26497; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que en nombre y representacion de los intereses del Estado interponga las acciones legales que correspondan contra MIRURGIA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, DELCY MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA LENGUA

MORDAZA, LIBINA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE DE LA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA y los que resulten responsables, por presunto delito contra la Fe Publica, en la modalidad de Falsificacion de Documentos (Falsedad Impropia o de Uso), en agravio del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil. Articulo Segundo.- Remitase lo actuado al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para los fines a que se contrae la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional 06425 RESOLUCION JEFATURAL Nº 376-2005-JEF/RENIEC MORDAZA, 17 de marzo de 2005 Visto, el Informe Nº 48-2005-GP/SGP/RENIEC y el Informe Nº 216-2005-GAJ/RENIEC, emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica, de fecha 23 de febrero del 2005; CONSIDERANDO: Que, la Gerencia de Procesos del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, en su permanente labor de fiscalizacion, ha detectado que el ciudadano MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en atencion al MORDAZA de veracidad de las declaraciones en el procedimiento registral, se presento al Registro a solicitar tramite de inscripcion, para lo cual adjunto como documento de sustento la transcripcion de la Partida de Nacimiento Nº 0451, expedida supuestamente por la Municipalidad Distrital de Huasicancha, provincia de Huancayo, departamento de Junin; Que, luego de la investigacion realizada por la Subgerencia de Procesamiento, se ha concluido que la Partida de Nacimiento ofrecida como sustento para el tramite de inscripcion es falsa, por cuanto la citada municipalidad informa que el ciudadano en mencion no presenta inscripcion alguna en sus libros registrales, tal como se desprende de los documentos del visto; Que, aun cuando si bien se ha procedido administrativamente, esto es, el rechazo de la propuesta registral, los hechos MORDAZA descritos constituyen indicios suficientes de la comision de presunto delito contra la Fe Publica en las modalidades de Falsificacion de Documentos y Falsedad Ideologica, previstos y sancionados en los articulos 427º y 428º del Codigo Penal vigente, dado que no solo se ha insertado datos falsos, sino que ademas se ha hecho uso de un documento falso, como si fuera verdadero, afectando la seguridad y funcionabilidad del registro; Estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoria Juridica y en atencion al considerando precedente, resulta necesario autorizar al Procurador Publico, a cargo de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que interponga las acciones que correspondan en defensa de los intereses del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA JAVIER; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537 y la Ley Nº 26497; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que en nombre y representacion de los intereses del Estado interponga las acciones legales que correspondan contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por presunto delito Contra la Fe Publica, en las modalidades de Falsificacion de Documentos y Falsedad Ideologica, en agravio del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil.

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