Norma Legal Oficial del día 03 de diciembre del año 2005 (03/12/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

MORDAZA, sabado 3 de diciembre de 2005

NORMAS LEGALES

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MORDAZA MORDAZA, ha ratificado su opinion para la aprobacion de la propuesta de Reglamento de Uso Turistico, segun lo acordado en la mencionada reunion, solicitando la aprobacion de esta y su respectiva publicacion; Que, mediante Resolucion Directoral Nacional Nº 1473/INC, de fecha 31 de octubre de 2005, el Instituto Nacional de Cultura aprobo el Reglamento de Uso Turistico para la Red de Caminos MORDAZA del Santuario Historico de Machupicchu; y, En uso de las atribuciones conferidas en el inciso 3) del articulo 134º del Reglamento de la Ley de Areas Naturales Protegidas, aprobado por Decreto Supremo Nº 038-2001AG y por el literal j) del articulo 8º del Reglamento de Organizacion y Funciones del INRENA, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2003-AG, modificado por los Decreto Supremos Nº 018-2003-AG y Nº 004-2005-AG. SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar el "Reglamento de Uso Turistico de la Red de Caminos MORDAZA del Santuario Historico de Machupicchu", el cual consta de tres (3) Titulos, treinta y cinco (35) Articulos, dos (2) Disposiciones Transitorias y Complementarias y siete (7) Anexos, que adjunto forma parte integrante de la presente resolucion jefatural. Articulo 2º.- Encargar a la Intendencia de Areas Naturales Protegidas, a traves de la Jefatura del Santuario Historico de Machupicchu, velar por el cumplimiento del reglamento aprobado por la presente resolucion jefatural. Registrese, comuniquese y publiquese, MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe REGLAMENTO DE USO TURISTICO DE LA RED DE CAMINOS MORDAZA DEL SANTUARIO HISTORICO DE MACHUPICCHU Y SU MORDAZA DE AMORTIGUAMIENTO TITULO I CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES Articulo 1º.- Objetivo General El objetivo general del presente reglamento es normar el uso turistico sostenible de la Red de Caminos MORDAZA del Santuario Historico de Machupicchu - SHM y su MORDAZA de Amortiguamiento para coadyuvar en su conocimiento, valoracion y conservacion como Patrimonio Cultural y Natural de la Nacion y de la Humanidad. Articulo 2º.- Objetivos Especificos Son objetivos especificos: 1. Proteger y conservar adecuadamente los valores de autenticidad patrimonial, cultural y natural de la Red de Caminos MORDAZA del SHM. 2. Garantizar el uso turistico, cultural y natural sostenible en la Red de Caminos MORDAZA del SHM, en concordancia con la legislacion vigente sobre la materia. 3. Prevenir y mitigar los impactos causados por los usuarios en la Red de Caminos MORDAZA del SHM, basandose en criterios de dosificacion del flujo de visitantes, en funcion de su capacidad de carga, de acuerdo a lo establecido por el Plan Maestro del SHM. 4. Reducir los riesgos de deterioro de la Red de Caminos MORDAZA del SHM, motivando el compromiso de los usuarios con la conservacion del Patrimonio Cultural y Natural de la Nacion. 5. Establecer un sistema de visitas compatible con la conservacion del SHM. 6. Garantizar el uso adecuado y la conservacion de los servicios e infraestructura existentes de la Red de Caminos MORDAZA del SHM. 7. Ordenar y regular el servicio del Guiado en la Red de Caminos MORDAZA del SHM en concordancia con la legislacion vigente sobre la materia. Articulo 3º.- Ambito El presente Reglamento comprende toda la Red de Caminos MORDAZA del SHM. Sus alcances incluyen las rutas

existentes habilitadas, autorizadas y su MORDAZA de Amortiguamiento, de acuerdo a la normatividad vigente. La habilitacion y autorizacion de nuevas rutas se adecuaran necesariamente a lo establecido en el Plan Maestro del SHM. TITULO II DEL USO DE LA RED DE CAMINOS MORDAZA Articulo 4º.- Uso de la Red de Caminos MORDAZA El uso de la Red de Caminos MORDAZA con fines turisticos se orienta a la realizacion de caminatas, efectuadas de manera organizada a traves de agencias de viajes y turismo o guias de turismo autorizados sobre las rutas oficialmente establecidas. Articulo 5º.- Definiciones Para efectos del presente Reglamento son considerados usuarios de la Red de Caminos Inca: 1. Agencias de Viajes y Turismo Autorizadas: Aquellas personas naturales o juridicas autorizadas que cumplen con los requisitos establecidos en la legislacion sobre la materia y el presente reglamento. 2. Guias de Turismo Autorizados: Son aquellas personas que cuentan con autorizacion para brindar de manera remunerada y habitual el servicio de orientacion, informacion y conduccion a visitantes en la Red de Caminos MORDAZA del SHM, en calidad de contratados por una agencia de viajes y turismo autorizada o en forma independiente de acuerdo al presente reglamento. Se encuentran comprendidos en este rubro segun su formacion y capacitacion: 2.1 El Guia Oficial de Turismo, aquel que ostenta el titulo expedido por centros de formacion superior o institutos superiores oficialmente reconocidos, que hayan cursado y aprobado estudios por el lapso minimo de seis semestres y se encuentren inscritos en el Registro de Prestadores de Servicios de Turismo del Gobierno Regional del MORDAZA (DIRCETUR). 2.2 El Licenciado en Turismo, que ostenta el Titulo profesional expedido por una universidad, debidamente colegiado. 3. Visitantes: Son los tur istas nacionales o extranjeros que han contratado los servicios de una agencia de viajes y turismo o de un Guia de turismo independiente autorizados, para visitar la Red de Caminos MORDAZA del SHM. 4. Personal de Apoyo: Es el personal auxiliar debidamente registrado ante la Jefatura del SHMINRENA, conformado por cocineros y porteadores. Articulo 6º.- De la forma de operacion 1. La operacion en la Red de Caminos MORDAZA del SHM se podra realizar solo a traves de agencias de viajes y guias de turismo autorizados bajo las siguientes modalidades: 1.1 Grupos organizados con agencias de viajes y turismo: Son grupos conducidos por agencias de viajes y turismo autorizadas a operar en la Red de Caminos MORDAZA del SHM. Estan compuestos por visitantes, guias de turismo autorizados y personal de apoyo. Las agencias de viajes y turismo autorizadas son las que cuentan con la Autorizacion de Operacion Anual otorgada por la Jefatura del SHM - INRENA, de conformidad con el tramite y los requisitos establecidos para tal fin. El numero de integrantes de estos grupos no debe ser mayor a cuarenta (40) personas, constituida por un MORDAZA de dieciseis (16) visitantes, como minimo un Guia de turismo por cada ocho (8) visitantes y personal de apoyo contratado, de acuerdo al anexo "A". Las agencias de viaje y turismo autorizadas deberan designar a un guia de turismo autorizado responsable del grupo durante la excursion, quien representara a la empresa dentro del SHM y garantizara que el grupo cumpla con las normas vigentes para el correcto uso de la Red de Caminos MORDAZA del SHM, la conservacion del patrimonio natural y cultural, asi como coordinar con las

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