Norma Legal Oficial del día 13 de junio del año 2005 (13/06/2005)


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NORMAS LEGALES PROYECTO

MORDAZA, lunes 13 de junio de 2005

La nueva tendencia regulatoria es la de reducir la intervencion previa del Estado en la conformacion de redes que no usan el espectro, y promover la prestacion de servicios multiples e integrados, por lo que resulta necesario contar con una MORDAZA normativo que promueva el ingreso de los operadores al mercado. Asi lo han reconocido las diversas economias miembro de APEC en la Sexta Reunion de Ministros de Telecomunicaciones y la Industria de la Informacion llevada a cabo en MORDAZA del 1 al 3 de junio, donde se ha senalado que todo cambio en materia de regulacion debe realizarse progresivamente, recomendando seguir promoviendo la competencia y la inversion eficiente asi como la desregularizacion en cuanto sea posible, regular lo minimo y cuando sea necesario. III. Propuesta La liberalizacion, la competencia y la digitalizacion estan provocando importantes cambios, lo cual ha repercutido grandemente en el aspecto regulatorio, por lo que resulta conveniente promover la prestacion de servicios multiples e integrados dando a los operadores mayor flexibilidad en cuanto a la forma de su prestacion y las aplicaciones adicionales que pueden brindar a sus usuarios. Por ello se propone lo siguiente: 1. La implementacion del modelo de Concesiones Unicas para la prestacion de servicios publicos de telecomunicaciones, de esta manera, por ejemplo, los concesionarios del servicio distribucion de radiodifusion por cable podrian emplear su infraestructura en servicios de telefonia o portador, no siendo necesario de nuevas concesiones. 2. La aplicacion del silencio administrativo positivo en determinados supuestos. Acorde con la Ley del Procedimiento Administrativo General, en el otorgamiento de concesiones para la prestacion de servicios publicos de telecomunicaciones que no involucra la utilizacion del recurso natural como es el espectro radioelectrico, tendran el beneficio del silencio administrativo positivo, puesto que en este caso

se utiliza un medio fisico disponible en el MORDAZA que puede ser fibra optica, fibra de cobre, cable coaxial u otros similar; lo que no sucede cuando una concesion conlleva el uso del espectro radioelectrico considerado un recurso natural, escaso y que forma parte del patrimonio de la Nacion, en cuyo caso se aplica el silencio administrativo negativo. 3. Se otorga la facultad a los actuales concesionarios de adecuar sus concesiones al modelo de Concesion Unica para lo cual realizaran el tramite respectivo ante el Ministerio. Tambien se precisa que las obligaciones previstas actualmente no son derogadas sino que se mantienen de acuerdo al MORDAZA de servicio que los operadores opten por prestar. 4. Finalmente, se establece que la inscripcion en el Registro de Empresas Prestadoras de Servicios de Valor Anadido, como en el caso de los Internet Service Provider (ISP), se sujeta al procedimiento de aprobacion automatica, en la medida que no se les asigna espectro radioelectrico para su operacion. IV.- Impacto en la legislacion nacional: Con la aprobacion de la presente ley se contara con un MORDAZA legal que de senales de adaptacion a los cambios tecnologicos en el MORDAZA de telecomunicaciones y estabilidad para la realizacion de inversiones. V.- Analisis costo-beneficio La MORDAZA permite contar con un MORDAZA normativo actual acorde con las tendencias internacionales y los avances tecnologicos en el MORDAZA de telecomunicaciones. Asimismo, permite promover el desarrollo de los servicios publicos de telecomunicaciones, al otorgar concesiones unicas para la prestacion de todos los servicios publicos de telecomunicaciones por medios fisicos y/o radioelectricos, beneficiando a los usuarios en general. No conlleva costo alguno al erario nacional. 10849

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