Norma Legal Oficial del día 24 de octubre del año 2005 (24/10/2005)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 14

Pag. 302898

NORMAS LEGALES

MORDAZA, lunes 24 de octubre de 2005

ORGANISMOS AUTONOMOS REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL
Autorizan ampliacion de MORDAZA de reinscripcion de asientos de Libros de Matrimonio de la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad Distrital de Pilcomayo
RESOLUCION JEFATURAL Nº 999-2005-JEF/RENIEC MORDAZA, 5 de octubre de 2005 VISTO: el Informe Nº 2205-2005-GO-SGREC/RENIEC de fecha 22 de MORDAZA del 2005 y el Informe Nº 899 -2005GAJ/RENIEC de fecha 3 de agosto del 2005, emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica, sobre Autorizacion de Ampliacion de MORDAZA de Reinscripcion de la Resolucion Jefatural Nº 202-2001-JEF/RENIEC de fecha 11 de junio del 2001, respecto a la Seccion de Matrimonios de la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad del distrito de Pilcomayo, provincia de Huancayo y departamento de Junin; CONSIDERANDO: Que, conforme lo senalado por la Primera Disposicion Final de la Ley Nº 26497, Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil los Registros de las Oficinas de Registro de Estado Civil a que se refiere la Ley Nº 26242, deberan continuar con el MORDAZA de reinscripcion; Que, la Oficina de Registro de Estado Civil del distrito de Pilcomayo, provincia de Huancayo y departamento de MORDAZA, se encuentra autorizada a reinscribir Nacimientos, Matrimonios y Defunciones anteriores a agosto de 1991, mediante Resolucion Jefatural Nº 202-2001-JEF/RENIEC de fecha 11 de junio del 2001; Que, la Oficina de Registro de Estado Civil senalada en el parrafo precedente, implemento expediente de ampliacion de autorizacion para Reinscripcion de Matrimonios, habiendo cumplido con los requisitos establecidos para el MORDAZA de reinscripcion, confirmandose la perdida de los Libros de Matrimonios de la Oficina Registral mencionada de los anos 1993 y 1994; Que, la solicitud de ampliacion de reinscripcion de la Seccion de Matrimonios, contenida en los informes del visto, ha sido evaluada positivamente, por lo que corresponde al Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, la aprobacion pertinente, por cuanto es el organismo constitucionalmente MORDAZA, con competencia exclusiva en materia registral; En tanto a lo opinado por la Gerencia de Asesoria Juridica, y en uso de las facultades conferidas por el articulo 11º de la Ley Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, y el articulo 11º inciso h) del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Institucion; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la solicitud de autorizacion de ampliacion de Resolucion Jefatural Nº 202-2001-JEF/ RENIEC de fecha 11 de junio del 2001, para la reinscripcion de la Seccion de Matrimonios, respecto a los asientos registrales efectuados de los Libros de Matrimonio de los anos 1993 y 1994 de la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad Distr ital de Pilcomayo, provincia de Huancayo y departamento de MORDAZA, por los considerandos MORDAZA expuestos.

Articulo 2º.- Autorizar a la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad Distrital de Pilcomayo, provincia de Huancayo y departamento de MORDAZA, para que proceda a la ampliacion del MORDAZA de reinscripcion que se aprueba con la presente Resolucion, con sujecion a las nor mas reglamentarias y administrativas que regulan las reinscripciones en los Registros Civiles. Articulo 3º.- Considerandose que los Libros de Reinscripcion deben tener el mismo Formato Oficial, con la consignacion expresa por selladura "Reinscripcion Ley Nº 26242 - 26497", en la parte superior central del acta, el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, a traves de la Subgerencia de Registros del Estado Civil, debera proveera el libro requerido expresamente por la Oficina de Registro de Estado Civil autorizada a reinscribir. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional 17900

Aprueban solicitud para reinscripcion de Libro Registral de Matrimonio en la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad Distrital de Sanayca
RESOLUCION JEFATURAL Nº 1000-2005-JEF/RENIEC MORDAZA, 5 de octubre de 2005 VISTO: el Informe Nº 2219-2005-GO-SGREC/RENIEC de fecha 26 de MORDAZA del 2005 y el Informe Nº 897-2005GAJ/RENIEC de fecha 3 de agosto del 2005, emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica, sobre Autorizacion de MORDAZA de Reinscripcion de la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad Distrital de Sanayca, provincia de Aymaraes, departamento de Apurimac; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo senalado por la Pr imera Disposicion Final de la Ley Nº 26497, Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, los Registros de las Oficinas de Registro de Estado Civil a que se refiere la Ley Nº 26242, deberan continuar con el MORDAZA de reinscripcion; Que, la Oficina de Registro de Estado Civil del distrito de Sanayca, provincia de Aymaraes, departamento de MORDAZA, ha cumplido con los requisitos establecidos para el MORDAZA de reinscripcion solicitado, confirmandose la inexistencia del Libro Registral de Matrimonio del ano 1974; Que, la solicitud de reinscripcion contenida en los informes del visto, ha sido evaluada positivamente, por lo que corresponde al Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil la aprobacion pertinente, por cuanto es el organismo constitucionalmente MORDAZA, con competencia exclusiva en materia registral; Estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoria Juridica y en uso de las facultades conferidas en el articulo 11º de la Ley Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, y el articulo 11º inciso h) del Reglamento de Organizacion y Funciones de la institucion; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la solicitud de la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad Distrital de Sanayca, provincia de Aymaraes, departamento de MORDAZA, para la Reinscripcion de Libro Registral de Matrimonio del ano 1974.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.