Norma Legal Oficial del día 24 de octubre del año 2005 (24/10/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, lunes 24 de octubre de 2005

Que, por lo expuesto, resulta necesario autorizar el viaje del referido Inspector de la Direccion General de Aeronautica Civil para que, en cumplimiento de las funciones que le asigna la Ley Nº 27261 y su Reglamento, pueda realizar las inspecciones tecnicas a que se contrae la Orden de Inspeccion Nº 1975-2005-MTC/12.04-SDO; De conformidad con la Ley Nº 27261, Ley Nº 27619, el Decreto de Urgencia Nº 015-2004 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje del senor MORDAZA Samolski Edery, Inspector de la Direccion General de Aeronautica Civil del Ministerio de Transpor tes y Comunicaciones, a la MORDAZA de Los MORDAZA, Estados Unidos de MORDAZA, durante los dias 25 al 27 de octubre de 2005, para los fines a que se contrae la par te considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- El gasto que demande el viaje autorizado precedentemente, ha sido integramente cubierto por la empresa Lan Peru S.A. a traves de los Recibos de Acotacion Nºs 22498, 22499 y 22500, abonados a la Direccion de Tesoreria del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, incluyendo las asignaciones por concepto de viaticos y tarifa por uso de aeropuerto, de acuerdo al siguiente detalle: Viaticos US$ Tarifa por Uso de Aeropuerto US$ 660.00 28.24

Articulo 3º.- Conforme a lo dispuesto por el Articulo 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, el Inspector mencionado en el Articulo 1º de la presente Resolucion Ministerial, dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje, debera presentar un informe al Despacho Ministerial, con MORDAZA a la Oficina General de Administracion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Articulo 4º.- La presente Resolucion Ministerial no MORDAZA derecho a exoneracion o liberacion de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones 17956

que la empresa Comunicaciones Moviles del Peru S.A. esta obligada a devolver una de las bandas de 25 MHz correspondientes a la Banda de 800 MHz; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 1011-2005MTC/17 de fecha 31 de MORDAZA de 2005, se aprobo el cronograma de devolucion de la banda B de 800 MHz, que comprende el rango de frecuencias de 835-845 MHz / 880-890 MHz y 846,5-849 MHz / 891,5-894 MHz; Que, la nota P53 del PNAF establece que las bandas 824 - 849 MHz y 869 - 894 MHz estan atribuidas a titulo primario al servicio publico de telefonia movil. La banda B' (846,5 - 849,0 MHz y 891,5 - 894,0 MHz) se encuentra atribuida para los ser vicios publicos de telecomunicaciones en areas rurales y lugares considerados de preferente interes social de todas las provincias que conforman el territorio del Peru, excepto en las areas de MORDAZA y Callao consideradas como Area 1, segun la R.M. Nº 439-91-TC/15.17; Que, el articulo 128º del TUO del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 027-2004-MTC establece que el otorgamiento de la concesion, asi como las asignaciones de espectro que correspondan, se efectuaran obligatoriamente por concurso publico de ofertas cuando en una determinada localidad o area de servicio, exista restriccion en la disponibilidad de frecuencias o banda de frecuencias disponible, para la prestacion de un determinado servicio publico de telecomunicaciones; Que, considerando que la banda B de 800 MHz, que comprende el rango de frecuencias de 835-845 MHz / 880-890 MHz y 846,5-849 MHz / 891,5-894 MHz quedaria disponible de acuerdo al plazo de devolucion establecido en la Resolucion Directoral Nº 1011-2005-MTC/17 y teniendo en cuenta las ventajas competitivas de dicha banda en relacion a otras, dado que las bandas mas bajas permiten mayor de radio de cobertura y por ende menor numero de estaciones para cubrir un area de servicio, ademas del potencial de dicha banda para el desarrollo de los servicios publicos de telecomunicaciones, la disponibilidad del espectro y a efectos de uniformizar el mecanismo de asignacion de dicha banda con las bandas atribuidas para servicios publicos de telecomunicaciones moviles y/o fijos en el rango 1 850 - 1 910 MHz y 1 930 1 990 MHz, resulta necesario modificar la nota P53 del PNAF; Que, el Comite Consultivo del Plan Nacional de Atribucion de Frecuencias, mediante el Informe Nº 0112005-MTC-CCPNAF, recomienda modificar la Nota P53 del Plan Nacional de Atribucion de Frecuencias; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27791, los Decretos Supremos Nºs. 013-93-TCC y 027-2004MTC; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Modificar la Nota P53 del Plan Nacional de Atribucion de Frecuencias, aprobado mediante Resolucion Ministerial Nº 187-2005-MTC/03, con el siguiente texto: "P53 Las bandas 824 - 849 MHz y 869 - 894 MHz estan atribuidas a titulo primario a los servicios publicos de telecomunicaciones moviles y/o fijos. El otorgamiento de la concesion y la asignacion de espectro para la explotacion de dichos servicios seran mediante concurso publico. La banda B' (846,5 - 849 MHz y 891,5 - 894 MHz) se encuentra atribuida para ser vicios publicos de telecomunicaciones en areas rurales y lugares considerados de preferente interes social en todas las provincias que conforman el territorio del Peru, excepto en las areas de MORDAZA y Callao consideradas como Area 1, segun la R.M. Nº 439-91-TC/15.17, y su asignacion es a solicitud de parte". Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones 17959

Modifican la Nota P53 del Plan Nacional de Atribucion de Frecuencias
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 734-2005-MTC/03 MORDAZA, 19 de octubre de 2005 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 187-2005MTC/03 se aprobo el Plan Nacional de Atribucion de Frecuencias - PNAF, documento tecnico normativo que contiene los MORDAZA de atribucion de frecuencias y la clasificacion de usos de espectro radioelectrico, asi como las normas tecnicas generales para la utilizacion del espectro radioelectrico; Que, mediante Resolucion Viceministerial Nº 5182002-MTC/15.03, se designo a los miembros del Comite Consultivo del Plan Nacional de Atribucion de Frecuencias, encargado de realizar los estudios y propuestas tecnicas relacionados a dicho Plan; Que, mediante Resolucion Viceministerial Nº 1602005-MTC/03 de fecha 7 de MORDAZA de 2005, se aprobo la transferencia de las concesiones otorgadas a la empresa Telefonica Moviles S.A.C. a favor de la empresa Comunicaciones Moviles del Peru S.A., estableciendose

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