Norma Legal Oficial del día 24 de octubre del año 2005 (24/10/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

MORDAZA, lunes 24 de octubre de 2005

NORMAS LEGALES
RESUELVE:

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Articulo 2º.- Autorizar a la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad Distrital de Sanayca, provincia de Aymaraes, departamento de MORDAZA, para que proceda a la apertura del Registro de Libro de Actas de Matrimonio, con la finalidad de implementar el MORDAZA de reinscripcion que se aprueba con la presente Resolucion, con sujecion a las normas legales, reglamentarias y administrativas que regulan las reinscripciones en los Registros Civiles. Articulo 3º.- Considerandose que los Libros de Reinscripcion deben tener el mismo Formato Oficial con la consignacion expresa por selladura "Reinscripcion Ley Nº 26242 - 26497", el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, a traves de la Subgerencia de Registros del Estado Civil, debera proveer los libros oficiales requeridos expresamente por la Oficina de Registro de Estado Civil autorizada a reinscribir. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional 17901

Articulo Unico.- Aprobar las Bases del Concurso Publico para la seleccion de la persona juridica a la que se encargara el MORDAZA de liquidacion de MORDAZA Leasing S.A. en Liquidacion, que forman parte integrante de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MARTHANS MORDAZA Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones BASES DEL CONCURSO PUBLICO CONVOCADO PARA LA SELECCION DE LA PERSONA JURIDICA QUE SE ENCARGARA DEL MORDAZA DE LIQUIDACION DE MORDAZA LEASING S.A. EN LIQUIDACION I. GENERALIDADES MORDAZA LEASING S.A. EN LIQUIDACION, es una empresa del sistema financiero cuya actividad esta regulada por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702, en adelante la Ley General y esta sujeta al control y supervision de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones. Mediante Resolucion SBS Nº 671-2002 de 17 de MORDAZA de 2002 se declaro la disolucion de MORDAZA Leasing S.A. (entonces en Intervencion) y se inicio el respectivo MORDAZA liquidatorio. La Super intendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, en adelante la SUPERINTENDENCIA, es responsable de seleccionar a una persona juridica a la cual se encomendara el MORDAZA de liquidacion de MORDAZA LEASING S.A. EN LIQUIDACION, para lo cual debe convocar a Concurso Publico. La persona juridica que obtenga la Buena pro, llevara a cabo el MORDAZA liquidatorio bajo la supervision y control de la SUPERINTENDENCIA. II. BASE LEGAL · El articulo 115º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros aprobada mediante Ley Nº 26702, y sus normas modificatorias, en adelante, la Ley General. · Reglamento de los Regimenes Especiales y de la Liquidacion de las Empresas del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros aprobado mediante Resolucion SBS Nº 455-99 del 25 de MORDAZA de 1999, y sus modificatorias, en adelante, el Reglamento. · Resolucion SBS Nº 671-2002 de 17 de MORDAZA de 2002, mediante la cual se declara en disolucion a MORDAZA Leasing S.A. y se da inicio al correspondiente MORDAZA liquidatorio. · Resolucion SBS Nº 806-2005 de fecha 2 de junio de 2005 mediante la cual se autorizo la prorroga del plazo de vigencia del contrato de fideicomiso suscrito entre MORDAZA Leasing S.A. en Liquidacion y el Banco Inter nacional del Peru S.A.A - Interbank y sus modificatorias, por un periodo de seis (6) meses, que culmina el 21 de noviembre de 2005. III. OBJETO DEL CONCURSO PUBLICO El objeto del Concurso Publico es seleccionar a una persona juridica calificada, que cuente con la experiencia, el personal tecnico y la infraestructura necesaria para asumir el MORDAZA liquidatorio de MORDAZA LEASING S.A. EN LIQUIDACION, de acuerdo con los Terminos de Referencia que se especifican en el Anexo Nº 1 de las Bases del Concurso Publico. La seleccion de la persona juridica se efectua conforme a lo dispuesto en el articulo 115º de la Ley General; asi como a lo previsto en el Reglamento.

SBS
Aprueban Bases de Concurso Publico para la seleccion de persona juridica que se encargara de MORDAZA de liquidacion de MORDAZA Leasing S.A. en Liquidacion
RESOLUCION SBS Nº 1566-2005 MORDAZA, 18 de octubre de 2005 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion SBS Nº 671-2002 de fecha 17 de MORDAZA de 2002 se declaro la disolucion de MORDAZA Leasing S.A. (en Intervencion) y se dio inicio al respectivo MORDAZA liquidatorio de la indicada empresa; Que, mediante Resolucion SBS Nº 1154-2002 de fecha 15 de noviembre de 2002, esta Superintendencia declaro al Banco Inter nacional del Peru S.A.A. ­ Interbank como adjudicatario de la buena pro del concurso publico convocado para seleccionar a la empresa del sistema financiero a la que se transferirian en fideicomiso los activos y pasivos vinculados a operaciones de arrendamiento financiero de MORDAZA Leasing S.A. en Liquidacion, conforme a lo previsto por el numeral 2 del articulo 118º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros, en adelante Ley General, firmandose el respectivo contrato de fideicomiso con fecha 21 de noviembre de 2002; Que en aplicacion de lo previsto en el articulo 115º de la Ley General, esta Superintendencia debe de encomendar la liquidacion de MORDAZA Leasing S.A. en Liquidacion a una persona juridica, debidamente calificada, seleccionada mediante Concurso Publico; Que, resulta necesario establecer las pautas y lineamientos para la realizacion de la convocatoria de seleccion de la persona juridica a la que se encargara el MORDAZA liquidatorio de MORDAZA Leasing S.A. en Liquidacion; Contando con el visto MORDAZA de la Comision de Alto Nivel conformada de acuerdo a lo dispuesto en la Resolucion SBS Nº 38-2003; y, En uso de las atribuciones conferidas por el numeral 18 del articulo 349º de la Ley General;

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