Norma Legal Oficial del día 31 de octubre del año 2005 (31/10/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 12

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ANEXO 01

NORMAS LEGALES
SE RESUELVE:

MORDAZA, lunes 31 de octubre de 2005

METODOLOGIA PARA LA DETERMINACION DE LA BASE IMPONIBLE DE LAS INSTALACIONES FIJAS Y PERMANENTES PARA EL CALCULO DEL IMPUESTO PREDIAL Para la determinacion de la base imponible de las instalaciones fijas y permanentes, para el calculo del impuesto predial, se tomara como metodologia lo senalado en el Reglamento Nacional de Tasaciones del Peru en su Titulo II, Capitulo D y Articulo II.D.35. "Las edificaciones con caracteristicas especiales, las obras complementarias, las instalaciones fijas y permanentes, asi como las construcciones inconclusas se valorizaran de acuerdo a los elementos que las conforman, y la depreciacion por antiguedad y estado de conservacion sera estimada por el Perito". Se debera tener en cuenta que para identificar a las instalaciones fijas y per manentes, estas deben constituirse como partes integrantes del predio, que no puedan ser separadas sin alterar, deteriorar o destruir la edificacion. Asimismo para la determinacion del valor de las construcciones especiales, cuyas caracteristicas constructivas presenten; tijerales de 1 o 2 aguas, techos parabolicos, semicirculares, horizontales, etc., que posean como elemento estructural la MORDAZA y/o metalicos, se aplicara la metodologia establecida en el presente anexo, siempre y cuando posean la condicion de una instalacion fija y permanente, en las citadas valorizaciones debera contener los parametros constructivos que la conforman tales como; Cimentacion, columnas, vigas, tabiqueria, cobertura, pisos, puertas y ventanas, banos, instalaciones electricas y sanitarias Metodologia.Para la determinacion del valor de las edificaciones con caracteristicas especiales, las obras complementarias e instalaciones fijas y permanentes, se debera efectuar los correspondientes analisis de costos unitarios de cada una de las par tidas que conforman la instalacion, considerando exclusivamente su costo directo, no deben incluir los gastos generales, utilidad e impuestos. Los valores resultantes deben estar referidas al 31 de octubre del ano anterior, La resultante del valor obtenido se multiplicara por el FACTOR DE OFICIALIZACION; Fo = 0,65 18386

Articulo 1º.- Aprobar los Valores Arancelarios de Terrenos Urbanos de Centros Poblados Menores de la Republica, comprendidos en los departamentos de: Amazonas, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, Huancavelica, MORDAZA, Ica, MORDAZA, La MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA de MORDAZA, MORDAZA, Pasco, MORDAZA, MORDAZA, San MORDAZA, Tacna, Tumbes y Ucayali; cuya relacion debidamente visada forma parte de la presente resolucion. Articulo 2º.- El Consejo Nacional de Tasaciones MORDAZA conocer los valores arancelarios que se aprueben por la presente resolucion a las Municipalidades Provinciales para que estas a su vez los divulguen entre las Municipalidades Distritales de su jurisdiccion. Registrese, comuniquese y publiquese. RUDECINDO MORDAZA Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento 18387

Aprueban Planos Basicos Arancelarios que contienen valores arancelarios de terrenos urbanos de la provincia de MORDAZA y la Provincia Constitucional del Callao
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 268-2005-VIVIENDA MORDAZA, 28 de octubre de 2005 CONSIDERANDO Que es funcion del Consejo Nacional de TasacionesCONATA, formular los valores arancelarios de terrenos urbanos que son aprobados anualmente por el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento; Estando a lo acordado por el Directorio del Consejo Nacional de Tasaciones, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27792, Decreto Legislativo Nº 776 - Ley de Tributacion Municipal y sus modificatorias establecidas en el Decreto Legislativo Nº 952 y con la opinion favorable del Viceministro de Vivienda y Urbanismo; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar los Planos Basicos Arancelarios que contienen los valores arancelarios de terrenos expresados en Nuevos Soles por metro MORDAZA de areas urbanas de la provincia de MORDAZA y Provincia Constitucional del Callao: DEPARTAMENTO PROVINCIA: MORDAZA DISTRITO

Aprueban Valores Arancelarios de Terrenos Urbanos de Centros Poblados Menores de la Republica
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 267-2005-VIVIENDA MORDAZA, 28 de octubre de 2005 CONSIDERANDO: Que es funcion del Consejo Nacional de TasacionesCONATA formular los Valores Arancelarios de Terrenos Urbanos de Centros Poblados Menores de la Republica, que son aprobados por el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento; Estando a lo acordado por el Consejo Directivo del Consejo Nacional de Tasaciones, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27792, Decreto Legislativo Nº 776 Ley de Tributacion Municipal y sus modificatorias establecidas en el Decreto Legislativo Nº 952 y con la opinion favorable del Viceministro de Vivienda y Urbanismo;

ANCON ATE BARRANCO BRENA CARABAYLLO CERCADO DE MORDAZA CHACLACAYO CHORRILLOS CIENEGUILLA COMAS EL MORDAZA INDEPENDENCIA MORDAZA MORDAZA LA MORDAZA LA MORDAZA

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