Norma Legal Oficial del día 31 de octubre del año 2005 (31/10/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

MORDAZA, lunes 31 de octubre de 2005

NORMAS LEGALES

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como dependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, la Direccion General de Aeronautica Civil, a fin de cumplir con los estandares aeronauticos internacionales establecidos en el Convenio de Chicago sobre Aviacion Civil y poder mantener la calificacion de Categoria - I otorgada al Peru por la Organizacion de Aviacion Civil Internacional, debe mantener un programa anual de vigilancia sobre la seguridad operacional a traves de la ejecucion de inspecciones tecnicas a los explotadores aereos en el MORDAZA, basado en las disposiciones establecidas en el citado Convenio y en los estandares de la Organizacion de Aviacion Civil Internacional; Que, la empresa Taca Peru S.A., con Carta TP-24709-05, del 30 de setiembre de 2005, en el MORDAZA del Procedimiento Nº 11 de la seccion correspondiente a la Direccion General de Aeronautica Civil (Inspeccion Tecnica de Aeronaves), establecido en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC, solicita a la Direccion General de Aeronautica Civil, efectuar las inspecciones tecnicas por renovacion de Constancias de Conformidad a las aeronaves Airbus 319 de matriculas N-473TA, N-475TA, N-477TA, N-478TA y Airbus 320 de matriculas N-486TA, N-488TA y N-491TA, en las instalaciones de AEROMAN de la MORDAZA de San MORDAZA, durante los dias 2 al 12 de noviembre de 2005; Que, conforme se desprende de los Recibos de Acotacion Nºs. 28647, 28648, 28649, 28650, 28651, 28652 y 28653, la solicitante ha cumplido con el pago del derecho de tramitacion correspondiente al Procedimiento a que se refiere el considerando anterior, ante la Direccion de Tesoreria del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, en tal sentido, los costos del respectivo viaje de inspeccion, estan integramente cubiertos por la empresa solicitante del servicio, incluyendo el pago de los viaticos y la Tarifa Unica de Uso de Aeropuerto; Que, la Direccion de Seguridad Aerea de la Direccion General de Aeronautica Civil, ha emitido las Ordenes de Inspeccion Nºs 2016-2005-MTC/12.04-SDA y 20172005-MTC/12.04-SDA designando a los Inspectores MORDAZA MORDAZA Rivero Pun y MORDAZA MORDAZA MORDAZA Nunez, respectivamente, para realizar las inspecciones tecnicas por renovacion de Constancias de Conformidad a las aeronaves Airbus 319 de matriculas N-473TA, N-475TA, N-477TA, N-478TA y Airbus 320 de matriculas N-486TA, N-488TA y N-491TA, de la empresa Taca Peru S.A., en la MORDAZA de San MORDAZA, Republica de El MORDAZA, durante los dias 2 al 12 de noviembre de 2005; Que, por lo expuesto, resulta necesario autorizar el viaje de los referidos Inspectores de la Direccion General de Aeronautica Civil para que, en cumplimiento de las funciones que les asigna la Ley Nº 27261 y su Reglamento, puedan realizar las inspecciones tecnicas a que se contraen las Ordenes de Inspeccion Nºs 20162005-MTC/12.04-SDA y 2017-2005-MTC/12.04-SDA; De conformidad con la Ley Nº 27261, Ley Nº 27619, el Decreto de Urgencia 015-2004 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje de los senores MORDAZA MORDAZA Rivero Pun y MORDAZA MORDAZA MORDAZA Nunez, Inspectores de la Direccion General de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a la MORDAZA de San MORDAZA, Republica de El MORDAZA, durante los dias 2 al 12 de noviembre de 2005, para los fines a que se contrae la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- El gasto que demande el viaje autorizado precedentemente, ha sido integramente cubierto por la empresa Taca Peru S.A. a traves de los Recibos de Acotacion Nºs. 28647, 28648, 28649, 28650, 28651, 28652 y 28653, abonados a la Direccion de Tesoreria del Ministerio de Transpor tes y Comunicaciones,

incluyendo las asignaciones por concepto de viaticos y tarifa por uso de aeropuerto, de acuerdo al siguiente detalle: Viaticos (por dos inspectores) US$ 4,400.00 Tarifa por Uso de Aeropuerto US$ 56.48 (por dos inspectores) Articulo 3º.- Conforme a lo dispuesto por el Articulo 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, los Inspectores mencionados en el Articulo 1º de la presente Resolucion Ministerial, dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje, deberan presentar un informe al Despacho Ministerial, con MORDAZA a la Oficina General de Administracion del Ministerio de Transpor tes y Comunicaciones, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Articulo 4º.- La presente Resolucion Ministerial no MORDAZA derecho a exoneracion o liberacion de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones 18345

Aprueban Addenda Nº 2 al Contrato de Concesion para la Construccion y Explotacion del Tramo Ancon - MORDAZA - Pativilca de la Carretera Panamericana Norte
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 750-2005-MTC/01 MORDAZA, 26 de octubre de 2005 CONSIDERANDO: Que, con fecha 15 de enero de 2003, se suscribio el Contrato de Concesion para la Constr uccion y Explotacion del Tramo, Ancon-Huacho-Pativilca de la Carretera Panamer icana Nor te y sus Clausulas Adicionales, entre el Estado Peruano, representado por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones y la sociedad concesionaria Norvial S.A.; Que, el 08 de noviembre del 2004, las Par tes suscribieron la Addenda 1 al Contrato de Concesion; Que, mediante Cartas Nºs. NOR421 y 422-05, de fecha 2 de junio del 2005, la Sociedad Concesionaria solicita a OSITRAN y a este Ministerio, respectivamente, la modificacion del Contrato de Concesion, con el objeto de precisar el MORDAZA de constitucion de garantias a favor de los Acreedores Permitidos; Que, con Oficio Nº 985-2005-MTC/01 de fecha 6 de junio de 2005, este Ministerio solicita la opinion de OSITRAN sobre la modificacion del literal a) de la Clausula 11.7 del Contrato de Concesion, vinculada con las relaciones que debe mantener la Sociedad Concesionaria con terceros que realicen algun MORDAZA de actividad dentro del Derecho de Via de la Concesion; Que, mediante Oficio Circular Nº 058-05-GGOSITRAN, el Organismo Supervisor comunica al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, el Acuerdo Nº 668-176-05-CD-OSITRAN, adoptado por el Consejo Directivo de OSITRAN en la Sesion del 30 de junio del 2005, en el cual se aprueba la opinion tecnica contenida en el Informe Nº 024-05-GRE-GAL-OSITRAN elaborado por las Gerencias de Regulacion y de Asesoria Legal de OSITRAN, el mismo que se pronuncia sobre MORDAZA solicitudes de modificacion y recomienda la modificacion de la clausula 8.19; Que, atendiendo a las recomendaciones contenidas en el mencionado informe tecnico, el Ministerio de Transportes

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