Norma Legal Oficial del día 12 de febrero del año 2006 (12/02/2006)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 12 de febrero de 2006

Articulo Cuarto.- DISPONER que el Registro de Predios requiera a la ASOCIACION DE VIVIENDA MUTUALISTA SANITARIA DEL PERU que previo a la inscripcion de la presente resolucion, se cancele el deficit de aporte al Ministerio de Educacion por un area equivalente a 27.94 m2. Articulo Quinto.- DISPONER que la ASOCIACION DE VIVIENDA MUTUALISTA SANITARIA DEL PERU, efectue la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano en el plazo de cinco dias utiles contados a partir del dia siguiente de notificada sufragando los gastos a que hubiere lugar. Articulo Sexto.- ENCARGAR el cumplimiento de los articulos precedentes a la Gerencia de Desarrollo MORDAZA a traves de la Subgerencia de Licencias y Habilitaciones Urbanas. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Subgerente de Licencias y Habilitaciones Urbanas 02582

Que, en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha dieciocho de diciembre del dos mil tres la Municipalidad Distrital de Anco-huallo, acuerda delegar a las Municipalidades de los Centros Poblados de su jurisdiccion la administracion de los servicios de agua potable y desague, cementerio, licencia de apertura y funcionamiento, cosaje y registro civil, asi como tambien la asignacion de su presupuesto. Por las consideraciones expuestas y estando a lo dispuesto por el Art. 94º de nuestra Carta Magna, Art. 48º de la Ley Nro. 27783 Ley de Bases de la Descentralizacion y Art. 128º y Decimo MORDAZA Disposicion Complementaria de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972. Por unanimidad y con dispensa de la lectura y aprobacion del acta, el Concejo aprobo la siguiente. ORDENANZA QUE APRUEBA LA ADECUACION DEL CENTRO POBLADO DE CHUPARO DE LA JURISDICCION DEL DISTRITO DE ANCO-HUALLO A LA NUEVA LEY ORGANICA DE MUNICIPALIDADES Articulo 1º.- La presente ordenanza tiene por objeto regular la adecuacion del Centro Poblado Menor de Chuparo que se ubica dentro de la jurisdiccion del distrito de MORDAZA - huallo, provincia de Chincheros, departamento y region de MORDAZA a la Nueva Ley Organica de Municipalidades, en cuanto a su denominacion, delimitacion territorial, regimen de organizacion interior, funciones delegadas, los recursos que administran y sus atribuciones administrativas y economicostributarias. Articulo 2º.- A partir de la vigencia de la presente Ordenanza, la Municipalidad del Centro Poblado Menor senalado en el Art. 1º de la presente ordenanza adoptara la denominacion siguiente: Municipalidad del Centro Poblado de Chuparo. Articulo 3º.- La Municipalidad del Centro Poblado referido en el articulo 1º de la presente ordenanza esta compuesta por el Concejo Municipal y la Alcaldia. Articulo 4º.- El Concejo Municipal del Centro Poblado esta conformado por el MORDAZA y cinco regidores, los mismos que son elegidos por un periodo de cuatro anos y de acuerdo a lo dispuesto por le Ley de Elecciones de autoridades de Centros Poblados.. El Concejo Municipal es el organo fiscalizador. La alcaldia es el organo ejecutivo. El MORDAZA es el representante legal de la Municipalidad. Articulo 5º.- La administracion municipal esta integrada por los servidores y empleados que prestan servicios para la municipalidad, el mismo que sera organizada de acuerdo a sus necesidades y presupuesto. Articulo 6º.- Son atribuciones del Concejo Municipal:

PROVINCIAS

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHINCHEROS
Aprueban adecuacion del Centro Poblado de Chuparo de la jurisdiccion del distrito de MORDAZA - Huallo a la Nueva Ley Organica de Municipalidades
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 002-2005-CM-MPCH EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHINCHEROS POR CUANTO: El Concejo de la Municipalidad Provincial de Chicheros, reunido en sesion ordinaria de fecha doce de enero del ano dos mil cinco y contando con el MORDAZA por unanimidad de los senores regidores; CONSIDERANDO: Que las Municipalidades son entidades basicas de organizacion territorial del Estado y MORDAZA inmediatos de participacion vecinal con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, conforme a lo establecido por el Art. 194º de la Constitucion Politica del Estado, modificado por Ley de Reforma Constitucional Nº 27680 y en concordancia con el Art. II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972. Que, los gobiernos locales, emanan de la voluntad popular y representan al vecindario, fomentando el bienestar de los vecinos y el desarrollo integral y armonico de las circunscripciones de su jurisdiccion. Que, el Art. 128º establece que las Municipalidades de Centros Poblados son creadas por ordenanza de la Municipalidad Provincial, que determina ademas: la delimitacion territorial, el regimen de organizacion interior, las funciones que se le delegan, los recursos que se le asignan, sus atribuciones administrativas y economico tributarias. Que, de conformidad con la Decimo MORDAZA Disposicion Complementaria de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972 determina que las Municipalidades de los Centros Poblados creadas por resoluciones expresas y a la vigencia de la Ley Nº 23853 mantienen su existencia en merito a la adecuacion respectiva y las ordenanzas que sobre el particular se expidan.

1. Aprobar el regimen de su organizacion interior y su funcionamiento. 2. Aprobar el reglamento del Concejo Municipal 3. Declarar la vacancia o suspension de los cargos de MORDAZA y regidor. 4. Constituir comisiones ordinarias y especiales conforme a su reglamento. 5. Aprobar el balance y la memoria 6. Autorizar los viajes al exterior del MORDAZA, que en comision de servicios o representacion, realicen el MORDAZA, los regidores y cualquier funcionario. 7. Aprobar el presupuesto anual. 8. Aceptar donaciones, legados, subsidios o cualquier otra liberalidad. 9. Aprobar la donacion o la cesion en uso de bienes muebles e inmuebles de propiedad de la municipalidad a favor de entidades publicas o privadas. 10.Aprobar la celebracion de convenios de cooperacion nacional e internacional y convenios internacionales. Articulo 7º.- Son atribuciones y obligaciones de los regidores: 1. Formular pedidos y mociones de orden del dia. 2. Desempenar por delegacion las atribuciones del alcalde.

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