Norma Legal Oficial del día 30 de junio del año 2006 (30/06/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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NORMAS LEGALES

El Peruano viernes 30 de junio de 2006

de la Direccion Nacional de Logistica, los Informes de Disponibilidad Presupuestal Nºs. 425, 426 y 437-DP2006 del 7 y 13.JUN.06, el Comunicado Nº 08, expedido por el IGP, INGEMMET y el IG-UNSA, el Memorando Nº 2377-2006/INDECI/12.0, de fecha 14.JUN.2006, expedido por la Direccion Nacional de Logistica, de fecha 14.JUN.06, y el Informe Legal Nº 073-2006-INDECI/5.0, de fecha 15.JUN.2006, expedido por la Oficina de Asesoria Juridica; y, CONSIDERANDO, Que, el inciso c) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo Nº 0832004-PCM, en adelante la Ley, establece que estan exoneradas de los procesos de seleccion las adquisiciones y contrataciones que se realicen en situacion de emergencia declaradas de conformidad con la citada Ley; Que, el articulo 22º de la Ley, establece que se entiende como situacion de emergencia aquella en la cual la Entidad tenga que actuar de manera inmediata a causa de acontecimientos catastroficos, de situaciones que supongan grave peligro de necesidad que afecten la defensa nacional. En este caso, la Entidad queda exonerada de la tramitacion del expediente administrativo y podra ordenar la ejecucion de lo estrictamente necesario para remediar el evento producido y satisfacer la necesidad sobrevenida, sin sujetarse a los requisitos formales de la citada Ley; Que, por su parte, el articulo 142º del Reglamento de la Ley, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004PCM, senala que la Entidad debe adquirir o contratar en forma directa lo estrictamente necesario para prevenir y atender desastres, asi como para satisfacer las necesidades sobrevinientes, despues de lo cual debera convocar los procesos de seleccion que correspondan. Cuando no corresponda realizar un MORDAZA de seleccion posterior, en el informe tecnico-legal respectivo se debe fundamentar las razones que motivan la adquisicion o contratacion definitiva; Que, asimismo, senala que toda contratacion o adquisicion realizada para enfrentar una situacion de emergencia debera regularizarse dentro de los diez (10) dias siguientes a la finalizacion del evento que la produjo, incluyendo el MORDAZA en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Entidad, publicando la Resolucion o Acuerdo correspondiente, remitiendolo, junto con el informe tecnico-legal sustentatorio, a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado CONSUCODE, asi como emitiendo los demas documentos contractuales que correspondan segun el estado de ejecucion de las prestaciones; Que, segun el Comunicado Nº 08, de fecha 3.JUN.2006, expedido por los representantes del Instituto Geofisico del Peru (IGP), el Instituto Geologico Minero Metalurgico (INGEMMET) y el Instituto Geofisico de la Universidad Nacional San MORDAZA (IG-UNSA), entre el 31.MAY y el 3.JUN.2006, la situacion volcanica entre el 31.MAY2006 y el 3.JUN.2006, ha presentado emision continua de gases, emisiones de cenizas y explosiones que vienen fragmentando la lava y arrojandolos fuera del crater; en resumen, durante los ultimos dias se ha producido un importante incremento de frecuencia de explosiones y del volumen de cenizas y gases emitidos por el volcan Ubinas lo que ha determinado que las instituciones participantes en los trabajos de vigilancia recomienden elevar el nivel de alerta al color "naranja" y se ejecute la evacuacion de la poblacion afectada a la MORDAZA de Matalaque, Moquegua. En este punto, se advierte que la actividad volcanica que ha originado la situacion de emergencia se ha iniciado en el mes de marzo pero sus efectos permanecen en el tiempo, es decir son de tracto sucesivo; Que, mediante Ley Nº 28756, de fecha 8.JUN.2006, se declaro en emergencia la MORDAZA afectada por la actividad del volcan Ubinas, ubicado entre las provincias de Mariscal MORDAZA y MORDAZA Cerro en el departamento de

Moquegua; y se dispuso la reubicacion de la poblacion afectada por la actividad de dicho volcan; Que, asimismo, en atencion a lo solicitado por la Direccion Regional de Defensa Civil MORDAZA, la Direccion Regional de Defensa Civil MORDAZA, y la Direccion Nacional de Operaciones sobre la necesidad de adquirir colchones, combustible (petroleo D2 y planchas de MORDAZA para la habilitacion de letrinas sanitarias, la Unidad de Abastecimiento indica en el Informe Tecnico Nº 043-2006-INDECI/12.1 que ha coordinado la atencion de la emergencia, disponiendo invitar a un solo proveedor que cumpla con las condiciones y caracteristica establecidas en las Bases Administrativas a fin de atender la emergencia presentada por la actividad del volcan Ubinas, Moquegua; Que, ademas, el Informe Legal de vistos indica que en virtud de lo establecido por el inciso c) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, Decreto Supremo Nº 083-2004PCM y el articulo 142º de su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, procede regularizar las adquisiciones cuyo detalle se consigna en el Cuadro Unico, que como anexo forma parte integrante de la presente Resolucion, para enfrentar la situacion de emergencia suscitada; Que, asimismo, siendo necesario cancelar los compromisos por la adquisicion de los bienes indicados adquiridos para la situacion de emergencia senalada, la Direccion Nacional de Logistica solicita modificar el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones - PAAC 2006 de la Entidad y emitir la Resolucion de aprobacion a fin de regularizar los procesos de seleccion correspondientes, para lo cual se cuenta con los Informes de Disponibilidad del vistos, emitidos por la Oficina de Planificacion y Presupuesto; Que, de otro lado, mediante Resolucion Jefatural Nº 027-2006-INDECI, de fecha 13.ENE.2006, y normas modificatorias, se aprobo el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones - PAAC 2006 del Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI; Que, de acuerdo a lo dispuesto por el articulo 27º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 0842004-PCM, el Plan Anual podra ser modificado de conformidad con la asignacion presupuestal o en caso de reprogramacion de metas institucionales. Asimismo, cuando se tenga que incluir o excluir procesos de seleccion y se modifique la cantidad prevista de bienes, servicios y obras en mas de veinticinco por ciento del valor estimado y ello varie el MORDAZA de MORDAZA de seleccion. La aprobacion y difusion de las modificaciones se MORDAZA de la forma prevista en los articulos 25º y 26º del indicado Reglamento, via Resolucion del Titular del Pliego o la MORDAZA Autoridad Administrativa de la Entidad, segun corresponda; Que, en consecuencia, en aplicacion de las normas legales mencionadas resulta necesario aprobar la modificacion del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones - PAAC del INDECI, conforme al Anexo 1: Reformulacion, que forma parte integrante del presente Informe, y que cuenta con la opinion favorable de disponibilidad presupuestaria, emitida por la Oficina de Planificacion y Presupuesto, segun los Informes de Disponibilidad consignados en dicho Anexo, a fin de incluir la adquisicion de bienes de ayuda humanitaria adquiridos por situacion de emergencia; Que, de conformidad con lo dispuesto en el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento, aprobados por los Decretos Supremos Nº 083-2004-PCM y 0842004-PCM, respectivamente; y, En uso de las atribuciones conferidas en el Decreto Ley Nº 19338, sus normas modificatorias y complementarias y el Reglamento de Organizacion y Funciones del INDECI, aprobado por Decreto Supremo Nº 059-2001-PCM, modificado por los Decretos Supremos Nºs. 005-2003-PCM y 095-2005-PCM, y con las visaciones de la Sub Jefatura, de la Direccion Nacional de Logistica, de la Oficina de Asesoria Juridica y de la Oficina de Planificacion y Presupuesto;

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