Norma Legal Oficial del día 30 de junio del año 2006 (30/06/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 32

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322784

NORMAS LEGALES

El Peruano viernes 30 de junio de 2006

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE MORDAZA
Ratifican Ordenanza de la Municipalidad de MORDAZA MORDAZA que aprobo derecho en procedimiento de autorizacion para funcionamiento de kioscos de venta de periodicos, diarios y revistas
ACUERDO DE CONCEJO Nº 214 MORDAZA, 15 de junio de 2006 Visto en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 15 de junio de 2006, el Oficio Nº 001-090-00003401 del Servicio de Administracion Tributaria - SAT, por el que se remite el expediente de ratificacion de la Ordenanza Nº 255-MDMM, mediante la cual la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA, aprueba el derecho por el procedimiento administrativo de autorizacion para el funcionamiento de kioscos de venta de periodicos, diarios y revistas ubicados en area de uso publico, para su posterior inclusion en su Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) institucional. CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto por el articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades, las Ordenanzas en materia tributaria, expedidas por las Municipalidades Distritales deben ser ratificadas por las Municipalidades Provinciales de su circunscripcion para su entrada en vigencia y exigibilidad. Que, mediante Oficio Nº 065-2006-SG-MDMM de fecha 7 de MORDAZA de 2006, la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA ingreso su solicitud de ratificacion de la Ordenanza Nº 255-MDMM, posteriormente precisada por la Ordenanza Nº 262-MDMM, a traves de la cual se aprobo el derecho por el procedimiento de autorizacion para el funcionamiento de kioskos de venta de periodicos, diarios y revistas ubicados en area de uso publico. Que, asimismo, cabe anotar que la presente solicitud ha sido tramitada y evaluada segun la Ordenanza Nº 607, de conformidad con lo dispuesto en la Sexta Disposicion Final de la referida Ordenanza que dispone su aplicacion respecto de las solicitudes de ratificacion de Ordenanzas que aprueben derechos administrativos ingresadas a partir del 1ro. de MORDAZA de 2004. Que, el analisis que efectua el Servicio de Administracion Tributaria - SAT, en cumplimiento de la precitada Ordenanza y Edicto Nº 227, comprende evaluar si el derecho por el procedimiento, materia de la ratificacion, fue establecido de acuerdo con lo siguiente: i) las facultades y limitaciones para el establecimiento de derechos; ii) los criterios legales para la determinacion del monto del derecho; y, iii) obser vancia de las formalidades para su publicacion y vigencia. Que, en lo que respecta a la potestad tributaria de las Municipalidades, los articulos 74º y 195º de la Constitucion Politica establecen la facultad de las Municipalidades para aprobar, crear, modificar y suprimir tributos. En el mismo sentido, el articulo 60ª del Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributacion Municipal, establece la potestad municipal para crear, modificar y suprimir tributos. Que, conforme puede apreciarse de las normas indicadas, las Municipalidades tienen la potestad de crear, modificar o extinguir tributos de su competencia, es decir,

contribuciones y tasas, encontrandose dentro de estas ultimas los derechos administrativos. Que, asimismo, la MORDAZA IV del Titulo Preliminar del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario establece que la Ordenanza constituye el instrumento legal idoneo para la creacion de tributos municipales, entre ellos los derechos administrativos. Que, al respecto, el articulo 4º de la Ordenanza Nº 255-MDMM aprobo el monto del derecho por el procedimiento de autorizacion para el funcionamiento de kioscos de venta de periodicos, diarios y revistas ubicados en area de uso publico de la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA (ascendente a 1.47% de UIT), asi como diversas disposiciones relacionadas con el MORDAZA regulatorio para su aplicacion. En ese sentido, toda vez que la solicitud de ratificacion tiene un contenido tributario, conforme se aprecia de la mencionada Ordenanza, corresponde se efectue el pronunciamiento correspondiente, mas aun si la referida Municipalidad aprobo el mencionado tributo a traves del instrumento legal idoneo. Que, no obstante ello, como se menciono anteriormente, las Municipalidades cuentan con facultades legales para establecer derechos por la tramitacion de procedimientos administrativos, cabe anotar que su establecimiento debera formularse de conformidad con el ordenamiento juridico. Que, en el presente caso, de la revision de la Ordenanza Nº 255-MDMM y la documentacion anexa al expediente de ratificacion, se observa que a traves de la misma la Municipalidad aprueba el derecho por el procedimiento administrativo de autorizacion para el funcionamiento de kioscos de venta de periodicos, diarios y revistas ubicados en area de uso publico, para su posterior inclusion en el MORDAZA, al MORDAZA de lo dispuesto en la Ley Organica de Municipalidades. Que, sobre este punto resulta oportuno mencionar que el numeral 3.4.6 del articulo 79º de la Ley Organica de Municipalidades faculta de manera expresa a las Municipalidades Distritales para regular y otorgar autorizaciones para la apertura de establecimientos comerciales, industriales y de servicios profesionales. En esa misma linea, el numeral 3.2 del articulo 83º de la citada MORDAZA establece la competencia de las Municipalidades Distritales para regular y controlar el comercio ambulatorio. Que, sin perjuicio de ello, por tratarse de un derecho por la prestacion de un servicio o procedimiento administrativo, debera tenerse en cuenta que el articulo 45.1 de la Ley del Procedimiento Administrativo General ha dispuesto que el monto del derecho de tramite debe de ser determinado en funcion del importe que su ejecucion genera para la entidad por el servicio prestado durante toda su tramitacion, debiendo precisarse que en ningun caso su monto debera superar el limite de una (1) UIT. Que, en el presente caso, de la revision de la Ordenanza Nº 255-MDMM, se observa que se ha establecido el derecho por la tramitacion del procedimiento administrativo de autorizacion para el funcionamiento de kioskos de venta de periodicos, diarios y revistas ubicados en area de uso publico de la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA (ascendente a 1.47% de UIT), habiendose determinado que su monto ha sido estructurado en funcion a los costos municipales desplegados en la atencion de la solicitud formulada. Que, en tal sentido se puede concluir que el derecho por el procedimiento administrativo de autorizacion para el funcionamiento de kioscos de venta de periodicos, diarios y revistas ubicados en area de uso publico, establecido por la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA cumple con las disposiciones establecidas en la Ley Organica de Municipalidades y la Ley del Procedimiento Administrativo General.

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