Norma Legal Oficial del día 24 de mayo del año 2006 (24/05/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 22

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NORMAS LEGALES

El Peruano
Miercoles 24 de MORDAZA de 2006

que le asigna la Ley Nº 27261 y su Reglamento, pueda realizar los chequeos tecnicos a que se contrae la Orden de Inspeccion Nº 0864-2006-MTC/12.04-SDO; De conformidad con la Ley Nº 27261, Ley Nº 27619, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y el Decreto de Urgencia Nº 006-2006; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje del senor MORDAZA MORDAZA Chung Bartra, Inspector de la Direccion General de Aeronautica Civil del Ministerio de Transpor tes y Comunicaciones, a la MORDAZA de San MORDAZA, Texas, Estados Unidos de MORDAZA, durante los dias 24 al 26 de MORDAZA de 2006, para los fines a que se contrae la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- El gasto que demande el viaje autorizado precedentemente, ha sido integramente cubierto por la empresa LC Busre S.A.C. a traves de los Recibos de Acotacion Nºs. 14177, 14178, 14179 y 14180, abonados a la Direccion de Tesoreria del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, incluyendo las asignaciones por concepto de viaticos y tarifa por uso de aeropuerto, de acuerdo al siguiente detalle: Viaticos Tarifa por Uso de Aeropuerto US$ US$ 660.00 30.25

Articulo 3º.- Conforme a lo dispuesto por el Articulo 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, el Inspector mencionado en el Articulo 1º de la presente Resolucion Ministerial, dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje, debera presentar un informe al Despacho Ministerial, con MORDAZA a la Oficina General de Administracion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Articulo 4º.- La presente Resolucion Ministerial no MORDAZA derecho a exoneracion o liberacion de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones 09031

operen y se retiren del sistema nacional de transporte terrestre; Que, el articulo 29º del citado Reglamento establece el MORDAZA normativo que regula las conversiones de los vehiculos originalmente disenados para combustion de combustibles liquidos con la finalidad de instalar en ellos el equipamiento que permita su combustion a Gas Natural Vehicular (GNV), a fin de que estas se realicen con las maximas garantias de seguridad, por talleres debidamente calificados y utilizando materiales de la mejor calidad, previniendo de este modo la ocurrencia de accidentes a causa del riesgo que implica su utilizacion sin control; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 3990-2005MTC/15, se aprobo la Directiva Nº 001-2005-MTC/15, la misma que regula el regimen de autorizacion y funcionamiento de los Talleres de Conversion a GNV, establece las condiciones para operar como tal y los requisitos documentales para solicitar una autorizacion como Taller de Conversion a GNV ante la Direccion General de Circulacion Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, del analisis del expediente presentado por SERVICENTRO JABSA S.A. se advierte que se ha dado cumplimiento a los requisitos documentales para solicitar autorizacion como Taller de Conversion a GNV establecidos en el numeral 6,2 de la Directiva Nº 001-2005-MTC/15, aprobada por Resolucion Directoral Nº 3990-2005-MTC/ 15; en efecto, se han presentado los siguientes documentos: - Solicitud firmada por el representante legal de SERVICENTRO JABSA S.A. - MORDAZA del Testimonio de Escritura Publica de Constitucion de Sociedad Anonima de fecha 21 de agosto de 1987, y de su aclaratoria de fecha 11 de diciembre de 1998, otorgada por SERVICENTRO JABSA S.A. ante Notario Publico MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA Murguia MORDAZA, respectivamente. - Certificado de vigencia de poder expedido por la Oficina Registral de MORDAZA y Callao de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos de MORDAZA y Callao, correspondiente a la Partida Nº 03017112, expedido con fecha 28 de marzo de 2006, que acredita la vigencia del poder respectivo. - Certificado de Inspeccion de Taller Nº PER-311/06039-001 de fecha 4 de MORDAZA de 2006, emitido por la Entidad Certificadora de Conversiones BUREAU VERITAS DEL PERU S.A., senalando que el taller cumple con los requisitos exigidos en los numerales 6.1.2, 6.1.3 y 6.1.4 de la Directiva Nº 001-2005-MTC/15. - Planos de ubicacion y de distribucion del taller, detallando sus instalaciones y diversas areas que lo componen, con su respectiva memoria descriptiva. - Relacion de equipos, maquinaria y herramientas requeridas por el numeral 6.1.3 de la presente Directiva, a la que se adjunta la declaracion jurada del representante legal de la solicitante en el sentido que su representada es propietaria de los citados bienes. - Nomina del personal tecnico del Taller que incluye nombres completos y numeros de sus documentos de identidad, y MORDAZA simple de los titulos y/o certificaciones que acreditan su calificacion y experiencia en conversiones vehiculares al sistema de combustion a GNV. - MORDAZA de la MORDAZA de Inscripcion Nº 0827-2005PRODUCE/VMI/DNI-DNTC, de MOTORES DIESEL ANDINOS S.A. (MODASA). ante el Registro de Productos Industriales Nacionales del Ministerio de la Produccion como proveedor de Equipos Completos ­ PEC. - MORDAZA del contrato de fecha 3 de marzo del 2006, celebrado por la solicitante con el proveedor de Equipos Completos-PEC autorizado Motores Diesel Andinos S.A. (MODASA), mediante el cual se garantiza el normal suministro de los kits de conversion, asi como el soporte tecnico y la capacitacion del personal. - MORDAZA del Contrato de Arrendamiento celebrado por MORDAZA MORDAZA MORDAZA en representacion de MORDAZA MORDAZA Vidalon Macasana, con la solicitante, mediante el cual se acredita la posesion legitima de la infraestructura requerida en el numeral 6.1.2 de la Directiva anteriormente mencionada. - MORDAZA de la Licencia de Funcionamiento vigente expedida por la Municipalidad Distrital de Ate. - MORDAZA de la Poliza de seguro de responsabilidad civil extracontractual Nº 17-01-10-0087830-00 emitida por

Autorizan a Servicentro Jabsa S.A. operar Taller de Conversion a Gas Natural Vehicular (GNV) en el departamento de MORDAZA
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 2405-2006-MTC/15
MORDAZA, 4 de MORDAZA de 2006 VISTOS: El expediente Nº 2006-009203 presentado por SERVICENTRO JABSA S.A. mediante el cual solicita autorizacion para operar como Taller de Conversion a GNV, a fin de realizar la conversion del sistema de combustion de los vehiculos a GNV, para cuyo efecto dispone de personal tecnico capacitado, instalaciones, equipos y herramientas para la instalacion, mantenimiento y reparacion de los equipos de conversion, con el proposito de asegurar que este cumpla con las exigencias tecnicas establecidas en el Reglamento Nacional de Vehiculos, normas conexas y complementarias, asi como en la normativa vigente en materia de limites maximos permisibles. CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 058-2003-MTC, modificado por los Decretos Supremos Nºs. 005-2004-MTC, 014-2004-MTC, 035-2004-MTC, 002-2005-MTC, 017-2005MTC y 012-2006-MTC, se aprobo el Reglamento Nacional de Vehiculos, el mismo que tiene como objeto establecer los requisitos y caracteristicas tecnicas que deben cumplir los vehiculos para que ingresen, se registren, transiten,

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