Norma Legal Oficial del día 27 de noviembre del año 2006 (27/11/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

El Peruano MORDAZA, lunes 27 de noviembre de 2006

NORMAS LEGALES

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· Mejorar la capacidad de analisis critico de documentos juridicos, de argumentacion y redaccion de resoluciones judiciales por parte de jueces, juezas y personal de apoyo. · Identificar y superar practicas formalistas. · Revertir el razonamiento positivista de la MORDAZA, en desmedro de la Constitucion y de Tratados sobre Derechos Humanos; revalorando la importancia y funcion que cumplen las resoluciones judiciales como MORDAZA de comunicacion con la ciudadania. C) Fortalecimiento de la independencia judicial externa e interna a) Elaborar y publicar un procedimiento de seleccion y apartamiento de magistrados suplentes y provisionales. b) Elaborar y publicar un reglamento de evaluacion del desempeno que se constituya como una herramienta basica para prevenir, corregir, capacitar y estimular profesionalmente al magistrado suplente y provisional. D) Lucha contra la corrupcion a) Publicar el sentido del fallo inmediatamente, una vez resuelto el caso, en la linea de lo dispuesto por la Corte Suprema de Justicia. b) Difundir a traves de la pagina Web del Poder Judicial el contenido de las resoluciones de las oficinas de control distrital que imponen medidas disciplinarias. c) Evitar que el mecanismo de rotacion de personal se utilice para evitar la sancion efectiva por la comision de actos de corrupcion de servidores judiciales. E) Lucha contra las dilaciones indebidas en los procesos a) Elaborar, ejecutar, monitorear y difundir un plan distrital de lucha contra las dilaciones indebidas en los procesos judiciales, conforme a las recomendaciones realizadas en este punto en la Recomendacion Nº 10 del Articulo Cuarto. F) Transparencia y rendicion de cuentas en el ambito judicial a) Publicar en la pagina Web del Poder Judicial el perfil y trayectoria profesional de todos los jueces y juezas que laboran en cada Corte Superior. b) Identificar y consignar en los autos y sentencias el nombre del vocal ponente. c) Publicar en la pagina Web todas las resoluciones judiciales, especialmente las sentencias y autos que concluyan el MORDAZA o que concedan medidas cautelares. d) Publicar el procedimiento, los criterios y los resultados de la seleccion y nombramiento de magistrados suplentes y promocion de provisionales. G) Los derechos del usuario judicial a) Crear y poner en funcionamiento una Oficina de Atencion de Reclamos del Usuario Judicial, conforme a la Recomendacion Nº 4 del Articulo Tercero de la presente resolucion. Articulo Sexto.- A LA FISCAL DE LA NACION: 1. RECOMENDAR que se recuerde a todos los fiscales, en todo el territorio nacional, en especial a los que operan en zonas rurales, los deberes de coordinacion regulados en el articulo 9º de la Ley de Rondas Campesinas, asi como el reconocimiento de la jurisdiccion comunal del articulo 149º de la Constitucion. Asimismo, RECOMENDAR la realizacion de actividades de capacitacion y celebracion de convenios de cooperacion con las autoridades comunales correspondientes, a efectos de que se internalice el reconocimiento de la justicia comunal entre todos los fiscales de la Republica, asi como los deberes de coordinacion y el reconocimiento de la jurisdiccion comunal. Articulo Septimo.- AL CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA: 1. RECOMENDAR que se perfeccione el procedimiento de seleccion y nombramiento de magistrados, para lo cual es preciso: a) Reducir al MORDAZA los margenes de discrecionalidad en la entrevista personal y en la votacion final. Con relacion a este ultimo aspecto, RECOMENDAR que se revise la

aplicacion del inciso 1) del articulo 154º de la Constitucion, pues su aplicacion literal puede impedir que un postulante con mejor posicion en el cuadro de meritos sea nombrado si no alcanza la votacion calificada prevista en dicha norma. 2. RECOMENDAR, en la linea de la recomendacion para sustituir el procedimiento de ratificaciones judiciales y fiscales, que se establezca un procedimiento de evaluacion integral del desempeno. Esta medida requiere: a) Elaborar parametros objetivos y transparentes para determinar lo que se considera un desempeno eficiente o idoneo para el perfil predeterminado. b) Difundir ampliamente entre los jueces y fiscales los indicadores de desempeno y la forma en que se realizaran las evaluaciones. c) Evaluar periodicamente el desempeno de los jueces y fiscales. 3. RECOMENDAR que se incluya como criterio especifico de seleccion de jueces y fiscales el conocimiento de las lenguas quechua, MORDAZA, amazonicas u otras lenguas aborigenes, en aquellos lugares donde se utilizan dichas lenguas. En el caso que los magistrados no cuenten con dichos conocimientos SE RECOMIENDA establecer la capacitacion en dichas lenguas como criterio de evaluacion del desempeno. Articulo Octavo.- A LA ACADEMIA DE LA MAGISTRATURA: 1. RECOMENDAR el diseno de cursos de capacitacion orientados a otorgar la especialidad en aquellos problemas criticos de la relacion de la justicia con la realidad. Concretamente, nos referimos a: a) El impacto de las resoluciones judiciales en la problematica de la seguridad ciudadana y en el Gobierno municipal. b) Las tecnicas para tramitar, probar y juzgar la criminalidad organizada y los delitos de lesa humanidad. c) La efectividad de las resoluciones judiciales en el MORDAZA del presupuesto publico. Articulo Noveno.- AL MINISTERIO DE JUSTICIA: 1. RECOMENDAR la implementacion de una politica de difusion y orientacion legal dirigida a la poblacion, en coordinacion con la radio y television estatales con la finalidad de: a) Educar a la poblacion sobre sus derechos, especialmente aquellos relacionados con el sistema de justicia. b) Expandir el conocimiento y utilizacion de los mecanismos alternativos de solucion de conflictos. 2. RECOMENDAR la organizacion de programas de capacitacion y certificacion de arbitros en el ambito nacional. 3. RECOMENDAR la elaboracion de un balance a escala nacional, del impacto, los beneficios y los problemas referidos a la conciliacion pre-judicial obligatoria, vigente en nuestro MORDAZA desde hace casi siete anos. 4. RECOMENDAR la ampliacion de la cobertura geografica, en el ambito nacional, de los Centros de Asesoria Legal Gratuita (ALEGRA) y, asimismo, la extension de los servicios de orientacion y de MORDAZA legal a materias de caracter laboral, previsional, civil, entre otras, de acuerdo a las necesidades de las zonas. 5. RECOMENDAR la difusion de los principales textos normativos que rigen la MORDAZA en sociedad en zonas geograficas donde se habla una lengua distinta al castellano, de acuerdo a lo establecido en el articulo 48º de la Constitucion y a lo previsto en la Ley Organica del Sector Justicia, Decreto Ley Nº 25993 y su Reglamento, Resolucion Ministerial Nº 146-2000-JUS. 6. RECOMENDAR la elaboracion de un programa de reclutamiento y capacitacion de alumnos de Derecho de ultimo ano para apoyar las labores de los defensores y defensoras de oficio, mediante la colaboracion de las Facultades de Derecho del MORDAZA y la Junta de Decanos de los Colegios de Abogados de la Republica. Articulo Decimo.- A LA JUNTA DE DECANOS DE LOS COLEGIOS DE ABOGADOS DE LA REPUBLICA: 1. RECORDAR que, conforme al llamado de atencion realizado por el Tribunal Constitucional en los Expedientes

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