Norma Legal Oficial del día 02 de abril del año 2007 (02/04/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 10

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, lunes 2 de MORDAZA de 2007

Resolucion Ministerial del Sector Transportes y Comunicaciones. q) Las demas funciones que se desprendan del presente Reglamento o que fueran necesarias para el normal desenvolvimiento del FITEL. El Directorio podra delegar en la Secretaria Tecnica, las facultades a las que se alude en los literales h), m), n), o). Articulo 10º.- Sesiones de Directorio El Directorio sesionara ordinariamente, como minimo una vez al mes y extraordinariamente, segun determine el Presidente o la mayoria de sus miembros. El Presidente del Directorio, a traves de la Secretaria Tecnica, convocara a sesion, por lo menos, con tres dias calendario de anticipacion. La agenda de cada sesion sera publicada en la pagina web de FITEL. Las sesiones del Directorio podran ser presenciales o virtuales. En cualquier caso, los miembros del Directorio pueden delegarse entre si, mediante comunicacion escrita o electronica, su representacion. El quorum de las sesiones es de dos miembros y los acuerdos se tomaran por unanimidad o mayoria de los miembros del Directorio. Articulo 11º.- De la Secretaria Tecnica El Ministerio de Transportes y Comunicaciones actua como Secretaria Tecnica del FITEL, la misma que esta a cargo de un Secretario Tecnico, designado por Resolucion Ministerial del Sector Transportes y Comunicaciones. Requisitos para ser Secretario Tecnico: - Ingeniero o Economista de profesion. - Contar con estudios de Maestria y/o Postgrado en materias vinculadas a las Telecomunicaciones o a la Gerencia de Proyectos. - Experiencia en el subsector Comunicaciones en la formulacion o evaluacion de proyectos, por un minimo de tres (3) anos. El Secretario Tecnico ejerce la representacion legal de FITEL. Articulo 12º.- Funciones de la Secretaria Tecnica La Secretaria Tecnica tiene a su cargo las siguientes funciones: a) Proponer al Directorio la politica general y la politica de administracion del FITEL. b) Proponer al Directorio el Plan Estrategico, en base a cuyos objetivos se formularan los Proyectos, Programas y/o estudios con cargo a los recursos del FITEL. c) Proponer al Directorio el Plan Anual de Programas y/o Proyectos, y su respectivo presupuesto. d) Formular y evaluar Programas y Proyectos que involucren la provision de servicios de telecomunicaciones en areas rurales o en lugares considerados de preferente interes social, asi como la infraestructura de telecomunicaciones y estudios relativos a estos para garantizar el acceso a tales servicios. e) Proponer al Directorio los Programas, Proyectos y/o estudios a ser financiados con los recursos del FITEL. f) Proponer al Directorio el Reglamento de Administracion y Funciones del FITEL, asi como las normas generales y complementarias necesarias para su gestion. g) Proponer al Directorio las acciones necesarias para garantizar la intangibilidad y custodia de los fondos del FITEL asi como una adecuada administracion de sus recursos. h) Supervisar el cumplimiento por parte de las empresas prestadoras de servicios portadores y finales, de su obligacion de aportar el derecho especial destinado al FITEL, establecido en el primer parrafo del articulo 12º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones. Ello comprende la facultad de dictar actos administrativos destinados a garantizar el cumplimiento de esta obligacion.

i) Gestionar la declaratoria de viabilidad por parte de la OPI o del MEF, segun corresponda, de los Programas y/o Proyectos a ser financiados por el FITEL. j) Coordinar con PROINVERSION la elaboracion de las bases de las licitaciones y/o concursos publicos encargados por el Directorio. k) Supervisar de manera directa o a traves de terceros los Programas y/o Proyectos financiados por FITEL. l) Suscribir los contratos de financiamiento del FITEL y sus modificaciones, aprobadas por el Directorio. m) Presentar al Directorio dentro de los primeros tres (3) meses del ano un informe sobre las actividades realizadas durante el ano anterior. n) Gestionar y ejecutar proyectos de telecomunicaciones por encargo, previa aprobacion del Directorio. Esta facultad no habilita al FITEL, bajo ninguna circunstancia, a proveer u operar directamente servicios publicos de telecomunicaciones. o) Realizar coordinaciones con empresas del sector, instituciones publicas nacionales e internacionales, asi como universidades, centros de investigacion, entre otros, a fin de alinear los objetivos de los proyectos de inversion con las necesidades de la poblacion que se encuentra dentro del ambito de intervencion del FITEL. p) Gestionar alianzas estrategicas entre los actores del MORDAZA a fin de que estos se comprometan a disenar y ejecutar actividades que coadyuven a la sostenibilidad de los Proyectos y/o Programas financiados con recursos del FITEL. q) Proponer al Directorio las Directivas y Reglamentos que regulen procedimientos administrativos que deban ser implementados dentro del MORDAZA de competencia del FITEL. r) Proponer al Directorio la realizacion de los procesos de seleccion cuyos montos correspondan a Licitaciones Publicas, Concursos Publicos o Adjudicaciones Directas Publicas. s) Aprobar la realizacion de los procesos de seleccion cuyos montos correspondan a Adjudicaciones Directas Selectivas y Adjudicaciones de Menor Cuantia. t) Aprobar, en todos los casos, los expedientes de contratacion correspondientes a los procesos de seleccion a ser realizados en el MORDAZA de la normativa de contrataciones y adquisiciones del Estado. u) Expedir resolutivos que materialicen los actos administrativos y los actos de administracion que resulten necesarios en el ejercicio de las facultades asignadas mediante el presente Reglamento, asi como de aquellas que le MORDAZA delegadas expresamente por el Directorio. v) Aprobar formatos que establezcan estructuras minimas para la documentacion a ser presentada ante el FITEL. Estos documentos deberan publicarse en la pagina web del FITEL. w) Ejecutar aquellos otros actos que le MORDAZA delegados expresamente por el Directorio. x) Organizar y custodiar la documentacion del FITEL. y) Ejecutar aquellos otros actos de gestion que resulten inherentes a las facultades comprendidas en el presente Reglamento. SUBTITULO II DE LA ADMINISTRACION DE LOS RECURSOS Articulo 13º.- Recursos Constituyen recursos del FITEL: 13.1 El uno (1%) por ciento de los ingresos facturados y percibidos por la prestacion de servicios de telecomunicaciones, portadores y finales de caracter publico, incluidos los ingresos por corresponsalias y/o liquidacion de traficos internacionales; deducidos los cargos de interconexion, el Impuesto General a las Ventas y el Impuesto de Promocion Municipal. 13.2 Un porcentaje del canon recaudado por el Ministerio por el uso del espectro radioelectrico de servicios publicos de telecomunicaciones, el cual en ningun caso podra ser inferior al 20% de la recaudacion por este concepto. Este porcentaje se determinara a mas

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