Norma Legal Oficial del día 02 de abril del año 2007 (02/04/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano MORDAZA, lunes 2 de MORDAZA de 2007

NORMAS LEGALES

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: Ley Nº 28900, Ley que otorga al Fondo de Inversion en Telecomunicaciones ­ FITEL la calidad de persona juridica de Derecho Publico, adscrita al Sector Transportes y Comunicaciones. MEF : Ministerio de Economia y Finanzas. Ministerio : Ministerio de Transportes y Comunicaciones. OSIPTEL : Organismo Supervisor de Inversion Privada en Telecomunicaciones. OPI : Oficina de Programacion e Inversiones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones. PROINVERSION : Agencia de Promocion de la Inversion Privada. Reglamento : El presente Reglamento. Secretaria Tecnica : Secretaria Tecnica del FITEL. SNIP : Sistema Nacional de Inversion Publica. Asimismo, cuando se haga referencia a un articulo sin indicar a continuacion el dispositivo al cual pertenece, se entendera referido al Reglamento. Articulo 3º.- Glosario de Terminos El Glosario de Terminos contenido en el anexo, forma parte integrante del Reglamento. Sus ampliaciones o modificaciones seran aprobadas por Acuerdo del Directorio y se formalizaran mediante Resolucion Ministerial del Sector Transportes y Comunicaciones. TITULO I DEFINICION, NATURALEZA, OBJETIVOS Y PRINCIPIOS Articulo 4º.- Definicion El FITEL es un fondo destinado a la provision del acceso universal a los servicios de telecomunicaciones, entendiendose como tal al acceso en el territorio nacional a un conjunto de servicios de telecomunicaciones esenciales, capaces de transmitir voz y datos. Articulo 5º.- Naturaleza El FITEL es un fondo intangible que cuenta con personeria juridica de derecho publico y se encuentra adscrito al Sector Transportes y Comunicaciones. El FITEL tiene su domicilio legal en la MORDAZA de MORDAZA y desarrolla sus actividades en todo el territorio nacional. La decision de variar su domicilio legal recae en su Directorio. Articulo 6º.- Objetivos Son objetivos del FITEL: a) Reducir la brecha en el acceso a los servicios de telecomunicaciones en areas rurales y en lugares considerados de preferente interes social. b) Promover el desarrollo social y economico de las areas rurales y lugares de preferente interes social, procurando el acceso a servicios de telecomunicaciones y la capacitacion de la poblacion en el uso de las tecnologias de la informacion y comunicacion. c) Incentivar la participacion del sector privado en la prestacion de los servicios de telecomunicaciones en areas rurales y en lugares de preferente interes social. Articulo 7º.- Principios que orientan la administracion del FITEL 7.1. Transparencia: Los recursos del FITEL seran administrados a traves de mecanismos que garanticen su adecuada fiscalizacion. 7.2. Asignacion eficiente de los recursos: Los recursos del FITEL seran asignados a los Programas o Proyectos que ofrezcan mayor cobertura, solucion tecnica mas

Ley

eficiente, menores tarifas y/o menor subsidio, entre otros criterios. 7.3. Igualdad de oportunidades: La seleccion de las poblaciones a ser atendidas mediante los Programas o Proyectos de Telecomunicaciones a ser financiados con los recursos del FITEL, se basara en criterios objetivos que garanticen la igualdad de oportunidades. 7.4. Innovacion tecnologica: La relacion de servicios publicos de telecomunicaciones considerados como servicios esenciales para la aplicacion de los recursos del FITEL debera ser revisada periodicamente, de acuerdo con la evolucion del MORDAZA, el progreso tecnologico y a las necesidades de la poblacion. 7.5. Neutralidad tecnologica: El FITEL no condicionara o discriminara ninguna tecnologia para la asignacion de los recursos. Adicionalmente, se promovera el uso de estandares reconocidos internacionalmente. TITULO II ADMINISTRACION DEL FITEL SUBTITULO I DE LOS ORGANOS DE ADMINISTRACION Articulo 8º.- Del Directorio El FITEL es administrado por un Directorio presidido por el titular del Ministerio de Transportes y Comunicaciones e integrado por el titular del Ministerio de Economia y Finanzas y el Presidente del Consejo Directivo del Organismo Supervisor de Inversion Privada en Telecomunicaciones ­ OSIPTEL. Articulo 9º.- Funciones del Directorio Corresponde al Directorio establecer la politica general y la politica de administracion del FITEL, asi como: a) Aprobar los presupuestos, Balances y Estados Financieros u otros reportes sobre la situacion de FITEL. b) Aprobar el Plan Estrategico propuesto por la Secretaria Tecnica. c) Aprobar el Plan Anual de Programas y/o Proyectos, y su respectivo presupuesto. d) Aprobar los Programas, Proyectos y/o estudios a ser financiados con los recursos del FITEL. e) Aprobar el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del FITEL. f) Encargar a PROINVERSION la conduccion de las licitaciones y/o concursos publicos de los Programas y/o Proyectos, a ser financiados con los recursos del FITEL. g) Aprobar su Reglamento de Administracion y Funciones, el mismo que se formalizara mediante Decreto Supremo, conforme lo dispuesto en la Ley Nº 28900, asi como otras normas generales y complementarias que permitan cumplir las finalidades de su creacion. h) Disponer las acciones para garantizar la intangibilidad y custodia del FITEL. i) Definir si la supervision establecida en el articulo 37º sera realizada por la Secretaria Tecnica o por un tercero. j) Autorizar las operaciones de financiamiento y otros que se pudieran requerir con cargo a los recursos del FITEL. k) Designar a los miembros que conforman el Comite de Adjudicacion de Depositos. l) Aprobar la realizacion de los procesos de seleccion cuyos montos correspondan a Licitaciones Publicas, Concursos Publicos o Adjudicaciones Directas Publicas. m) Aprobar las Bases Administrativas de los procesos de seleccion a ser realizados en el MORDAZA de la normativa de contrataciones y adquisiciones del Estado. n) Designar a los miembros que conformen los Comites Especiales de los procesos de seleccion que se realicen en el MORDAZA de la normativa de contrataciones y adquisiciones del Estado. o) Aprobar los procedimientos de gestion. p) Aprobar las Directivas y Reglamentos que regulen procedimientos administrativos que deban ser implementados dentro del MORDAZA de competencia del FITEL, los mismos que se formalizaran mediante

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