Norma Legal Oficial del día 02 de abril del año 2007 (02/04/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 16

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, lunes 2 de MORDAZA de 2007

del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, este Organismo Superior de Control, aplicando el MORDAZA de caracter tecnico y especializado del Control, nombra hasta un veinticinco por ciento (25%) de los Jefes de los Organos de Control Institucional, por designacion directa del personal profesional de la Contraloria General; los cuales asimismo pueden ser trasladados a otra plaza por necesidad de servicio; Que, el Reglamento de los Organos de Control Institucional, aprobado por Resolucion de Contraloria Nº 114-2003-CG, modificado por Resoluciones de Contraloria Nºs. 014 y 047-2004-CG, establece en su articulo 19º incisos b) y c), que la designacion del Jefe del Organo de Control Institucional se podra efectuar por personal profesional de la Contraloria General de la Republica, o por rotacion en la oportunidad que se considere conveniente, constituyendo esta MORDAZA forma de designacion un traslado; Que, mediante Resolucion de Contraloria Nº 4172006-CG, se efectuo el traslado de la senora MORDAZA Tisza Ballenas, al cargo de Jefe del Organo de Control Institucional del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social ­ MIMDES; Que, mediante Resolucion de Contraloria Nº 0102004-CG, se designo al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA como Jefe del Organo de Control Institucional del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo; Que, conforme a la evaluacion contenida en la Hoja de Recomendacion de visto, por razones de servicio y como una practica MORDAZA de control, resulta necesario disponer el traslado de la senora MORDAZA Tisza Ballenas, Jefe del Organo de Control Institucional del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social ­ MIMDES, al cargo de Jefe del Organo de Control Institucional del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo; Que, asimismo, con el documento de visto, se propone la designacion de la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA Peirano, profesional de la Contraloria General de la Republica, como Jefe del Organo de Control Institucional del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social ­ MIMDES; Que, la Gerencia de Finanzas mediante Memorando N° 235-2007-CG/FI, senala que existe la disponibilidad presupuestal para el pago del diferencial remunerativo a la profesional a designarse conforme a lo dispuesto por la Resolucion de Contraloria Nº 433-2003-CG; En uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 27785, Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, modificada por la Ley Nº 28557, y a lo dispuesto en el Reglamento de los Organos de Control Institucional, aprobado por Resolucion de Contraloria Nº 114-2003-CG, modificado por Resoluciones de Contraloria Nºs. 014 y 047-2004CG; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Efectuar el traslado, a partir de la fecha, de la senora MORDAZA Tisza Ballenas al cargo de Jefe del Organo de Control Institucional del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo. Articulo Segundo.- Dar por concluida, a partir de la fecha, la designacion del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como Jefe del Organo de Control Institucional del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo. Articulo Tercero.- Designar, a partir de la fecha, a la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA Peirano, profesional de la Contraloria General de la Republica, como Jefe del Organo de Control Institucional del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social ­ MIMDES. Articulo Cuarto.- La profesional a que se refiere el articulo tercero, mantendra su plaza de origen, teniendo derecho a percibir el diferencial remunerativo respecto del nivel y categoria del cargo al que ha sido designada, de acuerdo a lo previsto en la Resolucion de Contraloria Nº 433-2003-CG, durante el ejercicio efectivo de dicho cargo. Articulo Quinto.- El egreso que irrogue lo dispuesto en el articulo precedente, sera con cargo a la Fuente de Financiamiento 00, Pliego 019 Contraloria General, Unidad Ejecutora 001, Funcion 03, Programa 005.

Articulo Sexto.- La Gerencia de Recursos Humanos y la Gerencia de Organos de Control Institucional de la Contraloria General de la Republica dispondran y adoptaran las acciones que correspondan en el MORDAZA de lo establecido en la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Contralor General de la Republica 44404-1

REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL
Autorizan delegacion de funciones registrales a la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad del Centro Poblado de Comunidad Kechwa El Wayku
RESOLUCION JEFATURAL N° 277-2007-JEF/RENIEC MORDAZA, 26 de marzo de 2007 VISTOS: el Informe N° 000187-2007/SGREC/GO/ RENIEC emitido por la Sub Gerencia de Registros del Estado Civil y el Informe N° 000187-2007-GAJ/RENIEC de fecha 06 de febrero de 2007, emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica. CONSIDERANDO: Que, para el ejercicio de sus funciones, el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil mantiene estrecha y permanente coordinacion con diversas entidades, como las Municipalidades Provinciales y Distritales, Municipios de Centro Poblado Menor, Comunidades Campesinas y Nativas reconocidas, y cualquier otra dependencia, instancia o entidad, publica o privada, cuando ello fuese necesario, conforme lo establece el articulo 8° de la Ley N° 26497- Ley Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil; Que, por Resolucion Jefatural N° 023-96-JEF de fecha 3 de MORDAZA de 1996, se delego las funciones registrales contenidas en el articulo 44° de la Ley N° 26497, a las Oficinas de Registro de Estado Civil de la Republica ubicadas, entre otras instituciones, en las Municipalidades Provinciales, Distritales y de los Centros Poblados, debidamente autorizadas, esto en tanto se promulgara el Reglamento de las Inscripciones en el Registro de Identificacion y Estado Civil; Que, a traves del Decreto Supremo N° 015-98-PCM de fecha 23 de MORDAZA de 1998, se aprobo el Reglamento de Inscripciones del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, MORDAZA que regula la inscripcion de los hechos relativos al estado civil de las personas, en donde ademas se precisa que el Sistema Registral lo conforma el conjunto de organos y personas del Registro que tienen a su cargo la ejecucion de los procedimientos administrativos de inscripcion, asi como los organos de apoyo, asesoramiento y control del Registro y acorde con ello el Articulo 11º del mismo, precisa que las Oficinas Registrales se encuentran encargadas del procesamiento registral y demas funciones inherentes al Registro de Estado Civil, encargandose a la Jefatura Nacional la creacion y autorizacion de las que fueren necesarias; Que, los Registros de Estado Civil, para su funcionamiento tecnico operativo, carecian de un organo rector que estableciera mecanismos basicos de

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