Norma Legal Oficial del día 24 de octubre del año 2007 (24/10/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

Publicacion Digital elaborada en Editora Peru
El Peruano MORDAZA, miercoles 24 de octubre de 2007

Publicada en www.elperuano.com.pe

NORMAS LEGALES

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"Mujeres Empresarias rumbo APEC 2008", que se llevara a cabo en la MORDAZA de MORDAZA, del 26 al 27 de octubre de 2007. CONSIDERANDO: Que, la MORDAZA de MORDAZA es sede del I Encuentro Internacional: "Mujeres Empresarias rumbo APEC 2008", que se llevara a cabo del 26 al 27 de octubre de 2007, el cual viene siendo organizado por el Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social; Que, el mencionado evento tiene como objetivos, entre otros, difundir la importancia del APEC, las oportunidades de MORDAZA y de cooperacion para el desarrollo en el MORDAZA de la Presidencia del Peru para el APEC 2008, promoviendo la participacion de las mujeres lideres; Que, proporcionara informacion y oportunidades para mejorar capacidades y potenciar las actividades economicas de las mujeres en el MORDAZA internacional; Que, promovera el dialogo e intercambio de experiencias exitosas entre mujeres empresarias peruanas y extranjeras, identificando las necesidades y barreras de las mujeres empresarias en relacion al MORDAZA internacional y reforzara, a su vez, la Agenda Nacional de las mujeres empresarias; De conformidad con los articulos 1º y 2º del Decreto Supremo Nº 001-2001-RE, de 3 de enero de 2001 y el inciso m) del articulo 5º del Decreto Ley Nº 26112, Ley Organica del Ministerio de Relaciones Exteriores, de 29 de diciembre de 1992; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Oficializar el evento I Encuentro Internacional: "Mujeres Empresarias rumbo APEC 2008", que se llevara a cabo en la MORDAZA de MORDAZA, del 26 al 27 de octubre de 2007. Articulo Segundo.- La presente Resolucion no irroga gasto alguno al Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA BELUNDE Ministro de Relaciones Exteriores

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SALUD
Aprueban regularizacion de adquisiciones y contrataciones realizadas por el Hospital de Emergencias MORDAZA MORDAZA MORDAZA
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 875-2007/MINSA
MORDAZA, 19 de octubre del 2007 VISTO: los Oficios Nº 826-DE-HEJCU-2007 y Nº 519-DE-Nº 032-ODA-HEJCU-2007 de la Direccion Ejecutiva del Hospital de Emergencias MORDAZA MORDAZA, el Informe Tecnico Nº 347-OL-HEJCU-2007, que sustenta la exoneracion de la realizacion de procesos de seleccion por causal de situacion de emergencia, la adquisicion y contratacion de diversos bienes y servicios destinados a atender la emergencia originada por el sismo del pasado 15 de agosto ocurrido en nuestro pais; asi como el Informe Legal N° 1949-2007-OGAJ/ MINSA de la Oficina General de Asesoria Juridica del Ministerio de Salud; y, CONSIDERANDO: Que, el literal c) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004PCM, establece que estan exoneradas de los procesos de seleccion las adquisiciones y contrataciones que se realicen en situacion de emergencia declaradas segun la citada Ley; Que, de conformidad con el articulo 22º de la mencionada MORDAZA, se entiende como situacion de

emergencia aquella en la cual la Entidad tenga que actuar de manera inmediata a causa de acontecimientos catastroficos, quedando la Entidad exonerada de la tramitacion del expediente administrativo, pudiendo ordenar la ejecucion de lo estrictamente necesario para remediar el evento producido y satisfacer la necesidad sobrevenida, sin sujetarse a los requisitos formales de la Ley; Que, el articulo 142º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, senala que la Entidad debe adquirir o contratar en forma directa lo estrictamente necesario para prevenir y atender desastres, asi como para satisfacer las necesidades sobrevivientes, despues de lo cual debera convocar a los procesos de seleccion que correspondan; Que, el articulo 142º senala que toda contratacion o adquisicion realizada para enfrentar una situacion de emergencia debera regularizarse dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a la finalizacion del evento que la produjo, incluyendo el MORDAZA en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Entidad, publicando la Resolucion correspondiente, remitiendolo junto con el informe tecnico legal sustentatorio, a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado- CONSUCODE, asi como emitiendo los demas documentos contractuales que correspondan segun el estado de ejecucion de las prestaciones; Que, mediante Decreto Supremo Nº 068-2007-PCM se declaro en Estado de Emergencia el departamento de Ica y la provincia de Canete del departamento de MORDAZA, por el plazo de sesenta (60) dias naturales, disponiendose que el Ministerio de Salud, entre otros, ejecute las acciones necesarias para la atencion de la emergencia y la rehabilitacion de las zonas afectadas; Que, por Decreto Supremo Nº 071-2007-PCM se amplia el Estado de Emergencia dispuesto en el Decreto Supremo Nº 068-2007-PCM, a las provincias de Castrovirreyna, Huaytara y el distrito de Acobambilla de la provincia de Huancavelica del departamento de Huancavelica, asi como a los distritos de Huatec y Tupe de la provincia de Yauyos del departamento de MORDAZA, a fin de que se ejecuten las acciones inmediatas destinadas a la atencion de la poblacion damnificada, a la reduccion y minimizacion de los riesgos existentes y la rehabilitacion de las zonas afectadas; Que, con Resolucion Ministerial Nº 665-2007/MINSA del 16 de agosto de 2007, se declaro la Alerta Roja en los Establecimientos de Salud a Nivel Nacional a partir de la fecha por el plazo de sesenta (60) dias naturales. Asimismo, se dispuso que cada Direccion Regional de Salud de conformidad a la Directiva de Declaracion de Alertas en Situaciones de Emergencias y Desastres, incremente la Alerta Roja al nivel que corresponda a la situacion dentro de su jurisdiccion; Que, por Circular Nº 152-2007-OGA-MINSA del 17 de agosto de 2007, el Director General de Administracion informo que conforme a los hechos acontecidos en el MORDAZA, se ha configurado la causal de situacion de emergencia, por lo que las Entidades Publicas en general, quedan exoneradas de la tramitacion del expediente administrativo para las contrataciones y/o adquisiciones destinadas a la atencion de la emergencia y rehabilitacion de las zonas afectadas por el desastre. En ese sentido, faculto a los hospitales e institutos bajo el ambito del Ministerio de Salud para que bajo su responsabilidad, adquieran los bienes y servicios que MORDAZA estrictamente necesarios para la atencion de la emergencia e informar inmediatamente para que el Ministerio de Salud proceda a emitir la Resolucion Ministerial correspondiente dentro de los diez (10) dias posteriores al evento que la produjo; Que, mediante Circular Nº 156-2007-OGA-MINSA del 24 de agosto de 2007, el Director General de Administracion solicito la remision de la documentacion de las contrataciones y/o adquisiciones que se hayan realizado con ocasion de la situacion de emergencia originada por el sismo del pasado 15 de agosto; Que, con Oficio Nº 826-DE-HEJCU-2007 del 29 de agosto de 2007, la Directora Ejecutiva (e) del Hospital de Emergencias MORDAZA MORDAZA MORDAZA remitio el Informe Nº 330-OL-HEJCU-2007 en el que se senala que su Entidad ha realizado adquisiciones de material medico para las intervenciones de los pacientes afectados por la suma de S/. 32 301.50 (Treinta y Dos Mil Trescientos Uno con 50/100 Nuevos Soles). Asimismo, comunico la

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