Norma Legal Oficial del día 24 de octubre del año 2007 (24/10/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

Publicacion Digital elaborada en Editora Peru
El Peruano MORDAZA, miercoles 24 de octubre de 2007

Publicada en www.elperuano.com.pe

NORMAS LEGALES

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la transferencia de autorizaciones originado por una fusion de empresas, la disposicion referida a una aprobacion previa por parte del Ministerio, previsto en la Ley de Radio y Television, no es de aplicacion para las transferencias de autorizaciones originadas de la fusion por absorcion de sociedades, dado que no se encuentra claramente regulado el procedimiento a seguir; Que, sin perjuicio de lo indicado, cabe precisar que la empresa RADIOMAR S.A.C. (empresa que posteriormente fue adquirida mediante fusion por absorcion por la empresa CORPORACION RADIAL DEL PERU S.A.C.), consulto diligentemente al Ministerio, con escritos de registro Nº 2005-003367 de fecha 7 de febrero de 2005 y registro P/D Nº 015452 de fecha 7 de marzo de 2005, sobre las acciones que debia adoptar previamente para celebrar la fusion por absorcion con las empresas CORPORACION ELECTRONICA PERUANA S.A.C. ­ RADIO MORDAZA DEL PERU, STEREO MORDAZA CIEN FM S.A.C. y SUPER FM S.A.C., ante lo cual la Direccion de Concesiones y Autorizaciones de Telecomunicaciones con Oficio Nº 1038-2005-MTC/17.01.ssr, le comunico que la fusion por absorcion no estaba comprendida dentro de los alcances del articulo 27º de la Ley de Radio y Television, Ley Nº 28278, referido al procedimiento de transferencia de autorizacion; Que, sobre lo indicado en el considerando precedente, se debe precisar que la reorganizacion societaria debe ser tramitada como un procedimiento de transferencia de autorizacion de radiodifusion, para lo cual los solicitantes deben presentar los requisitos exigidos por la normativa correspondiente, exceptuando el requisito de solicitar previamente la aprobacion del Ministerio para celebrar la fusion o la escision, pues existen distintas dificultades en la aplicacion de esta disposicion, como es el caso en que la empresa adquirente recien tiene personeria juridica al momento de inscripcion en los Registros Publicos de dichos actos por lo cual no podria solicitar la aprobacion previa; Que, de la revision en los registros de la entonces Direccion de Concesiones y Autorizaciones de Telecomunicaciones, se aprecia que mediante la Resolucion Viceministerial Nº 002-99-MTC/15.03 de fecha 5 de enero de 1999 y la Resolucion Ministerial Nº 108-98-MTC/15.19 de fecha 27 de febrero de 1998, se aprobo la transferencia de las autorizaciones otorgadas a la EMPRESA DESCENTRALIZADA S.A. y a la EMPRESA JSD PRODUCCIONES S.R.LTDA., mediante la Resolucion Viceministerial Nº 002-99MTC/15.03 y la Resolucion Ministerial Nº 265-93TCC/15.17, a favor de la empresa SUPER FM S.A.C., por lo que corresponde emitir el acto administrativo que formalice el reconociendo a la empresa adquirente como MORDAZA titular de tales autorizaciones; Que, la entonces Direccion de Concesiones y Autorizaciones de Telecomunicaciones opina mediante Informe Nº 877-2007-MTC/17.01.ssr., que se debe reconocer a la empresa SUPER FM S.A.C., como titular de las autorizaciones del servicio de radiodifusion, cuyas transferencias fueron aprobadas mediante la Resolucion Viceministerial Nº 002-99-MTC/15.03 y la Resolucion Ministerial Nº 108-98-TCC/15.19. Asimismo, que los procedimientos de transferencia solicitados con escritos de registros Nº 013698 del 20 de febrero de 2002 y Nº 040113 del 16 de agosto de 2001, han cumplido con los requisitos previstos en el TUO de la Ley de Telecomunicaciones y el entonces TUO de su Reglamento General. Adicionalmente, respecto a las transferencias de autorizaciones solicitados con escritos de registros Nº 063270 del 11 de octubre de 2005, Nº 011266 del 17 de febrero de 2006 y Nº 069670 del 13 de octubre de 2006, se verifica que cumplen los requisitos establecidos en la Ley de Radio y Television y su Reglamento, senalando que sin perjuicio de ello, ha operado el silencio administrativo positivo el cual es aplicable para los procedimientos de transferencia regulados en MORDAZA normativas. Finalmente, concluye que se debe declarar aprobadas las sucesivas solicitudes de transferencia de autorizaciones, reconociendo en la actualidad, a la empresa CORPORACION RADIAL DEL PERU S.A.C. como titular de las autorizaciones adquiridas; De conformidad con el Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones aprobado por el Decreto Supremo Nº 013-93-TCC y el entonces Texto Unico Ordenado de su Reglamento General aprobado por el Decreto Supremo Nº 027-2004-MTC y sus modificatorias, la Ley de Radio y

Television ­ Ley Nº 28278, y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC; y, Con la opinion favorable de la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Reconocer a la empresa SUPER FM S.A.C., como titular de dos (2) autorizaciones, conjuntamente con los permisos, licencias y autorizacion de enlaces auxiliares a la radiodifusion, que le fueran otorgadas a Empresa Descentralizada S.A. y JSD Producciones S.R.LTDA., cuya transferencia fue aprobada por este Ministerio mediante Resolucion Viceministerial Nº 002-99-MTC/15.03 y Resolucion Ministerial Nº 108-98TCC/15.19. Articulo 2º.- Declarar aprobada la transferencia de dos (2) autorizaciones, conjuntamente con los permisos, licencias y autorizacion de enlaces auxiliares a la radiodifusion, que le fueran otorgadas a la Empresa Radiodifusora MORDAZA S.A. y la Empresa de Radiodifusion Comercial Sonora Continental E.I.R.L. a favor de la empresa SUPER FM S.A.C. Como consecuencia de la aprobacion de transferencia y las que tiene autorizadas, la empresa SUPER FM S.A.C., es titular de treinta y dos (32) autorizaciones del servicio de radiodifusion. Articulo 3º.- Declarar aprobada la transferencia de cinco (5) autorizaciones, conjuntamente con los permisos, licencias y autorizacion de enlaces auxiliares a la radiodifusion, que le fueran otorgadas a la Empresa de Radio y Television del Sur S.A. y la Empresa de Radiodifusion AM-FM y TV MORDAZA E.I.R.L. a favor de la empresa RADIOMAR S.A.C. Articulo 4º.- Declarar aprobada la transferencia de cuarenta y dos (42) autorizaciones, conjuntamente con los permisos, licencias y autorizacion de enlaces auxiliares a la radiodifusion, que le fueran otorgadas a la Corporacion Electronica Peruana S.A.C. Radio MORDAZA del Peru, Stereo MORDAZA Cien FM S.A.C. y Super FM S.A.C. a favor de la empresa RADIOMAR S.A.C. A merito de las transferencias aprobadas en los articulos 3º y 4º precedentes, y las que tiene autorizadas, la empresa RADIOMAR S.A.C., es titular de ciento ocho (108) autorizaciones del servicio de radiodifusion. Articulo 5º.- Declarar aprobada a partir del 13 de diciembre de 2006, la transferencia de ciento ocho (108) autorizaciones, conjuntamente con los permisos, licencias y autorizacion de enlaces auxiliares a la radiodifusion, de la empresa Radiomar S.A.C. a favor de la empresa CORPORACION RADIAL DEL PERU S.A.C., reconociendola como su MORDAZA titular, y asumiendo los derechos y obligaciones derivadas de las respectivas autorizaciones, asi como de otros procedimientos en tramite vinculados a tales autorizaciones. Articulo 6º.- Declarar aprobada a partir del 26 de febrero de 2007, la transferencia de una (1) autorizacion, conjuntamente con los permisos, licencias y autorizacion de enlaces auxiliares a la radiodifusion, otorgadas a la Empresa de Radiodifusion MORDAZA S.A.C. a favor de la empresa CORPORACION RADIAL DEL PERU S.A.C., reconociendola como su MORDAZA titular, y asumiendo los derechos y obligaciones derivadas de las respectivas autorizaciones, asi como de otros procedimientos en tramite vinculados a tales autorizaciones. Articulo 7º.- Disponer que la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones anote en los Registros a su cargo, a la empresa CORPORACION RADIAL DEL PERU S.A.C., como titular de ciento nueve (109) autorizaciones de estaciones del servicio de radiodifusion, como consecuencia de la aprobacion de la transferencia de autorizaciones referidas en los articulos 5º y 6º precedentes, de acuerdo al detalle de resoluciones autoritativas, banda, localidad y departamento, que aparecen en Anexo I adjunto, el mismo que forma parte integrante de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA ALJOVIN GAZZANI Viceministra de Comunicaciones

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