Norma Legal Oficial del día 24 de octubre del año 2007 (24/10/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 12

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NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

El Peruano MORDAZA, miercoles 24 de octubre de 2007

Publicada en www.elperuano.com.pe

contratacion de enfermeras por el periodo de sesenta (60) dias, periodo de Alerta Roja del Hospital; Que, por Oficio Nº 519-DE-Nº 032-ODA-HEJCU-2007 del 13 de setiembre de 2007, la Directora Ejecutiva (e) del Hospital de Emergencias MORDAZA MORDAZA remitio la ampliacion de su informe tecnico-legal por el que sustenta las adquisiciones y contrataciones realizadas a causa de la situacion de emergencia declarada; Que, en atencion a la situacion de emergencia y a lo dispuesto en el articulo 2º del Decreto Supremo Nº 0682007-PCM y del Decreto Supremo Nº 071-2007-PCM; asi como a las Circulares Nº 152-2007-OGA-MINSA y Nº 1562007-OGA-MINSA, las Unidades Ejecutoras del Ministerio de Salud procedieron a la contratacion directa de una serie de bienes y servicios, con cargo a regularizarse de conformidad con la normativa de la materia, considerando lo estrictamente necesario para la atencion de la emergencia; Que, en tal sentido, corresponde emitir la correspondiente Resolucion de aprobacion de la exoneracion de los procesos de seleccion de las adquisiciones y contrataciones realizadas bajo la causal de situacion de emergencia, a fin de proceder la regularizacion correspondiente, las cuales deberan incluirse en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Ministerio de Salud para el ano 2007; Que, mediante Informe Legal N° 1949-2007-OGAJ/ MINSA, la Oficina General de Asesoria Juridica, emitio opinion legal favorable acerca de la procedencia de la exoneracion solicitada por la Direccion Ejecutiva del Hospital de emergencias MORDAZA Ulloa; Que, segun el articulo 20° del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, la exoneracion debe ser aprobada mediante Resolucion del Titular del Pliego de la Entidad; Estando a lo informado por la Oficina General de Asesoria Juridica mediante Informe Legal N° 1949-2007OGAJ/MINSA, documento que se emite en calidad de informe legal; Con el visado del Viceministro de Salud, la Directora Ejecutiva (e) del Hospital de Emergencias MORDAZA MORDAZA MORDAZA y el Director General de la Oficina General de Asesoria Juridica del Ministerio de Salud; y, De conformidad con el T.U.O. de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, y a lo establecido en el literal l) del articulo 8º de la Ley Nº 27657 ­ Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Aprobar la exoneracion por situacion de emergencia y la regularizacion de las adquisiciones y contrataciones realizadas por el Hospital de Emergencias MORDAZA MORDAZA MORDAZA, las cuales se encuentran detalladas en el Anexo de la presente resolucion. Articulo 2°.- Disponer la remision a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, de MORDAZA de la presente Resolucion y de los informes que la sustentan. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA SOLOGUREN Ministro de Salud

Que, con escrito de registro Nº 040113 de fecha 16 de agosto de 2001, la empresa RADIOMAR S.A.C. comunico la fusion por absorcion de las empresas que se mencionan en a continuacion, segun Escritura Publica del 2 de MORDAZA de 2001, otorgada ante Notario Publico de MORDAZA, Dr. MORDAZA MORDAZA Sussoni, lo que implica la evaluacion de la transferencia de cinco (05) autorizaciones aprobadas con Resoluciones Ministeriales Nºs. 0970-90-TC/15.17, 0610-90-TC/15.17 y 712-90-TC/15.17, a las empresas siguientes: · Empresa de Radiodifusion AM-FM y TV MORDAZA E.I.R.L. · Empresa de Radio y Television del Sur S.A. Que, mediante escrito de registro Nº 013698 de fecha 20 de febrero de 2002 la empresa SUPER FM S.A.C. comunico que con Escrituras Publicas de fechas 2 de MORDAZA de 2001 y 24 de agosto de 2001, se acordo la fusion por absorcion de las empresas que se mencionan a continuacion, adjuntando MORDAZA literal de la Partida Electronica Nº 01281046 del Registro de Personas Juridicas de MORDAZA, lo que implica la evaluacion de la transferencia de dos (02) autorizaciones aprobadas por las Resoluciones Ministeriales Nºs. 0594-96-MTC/15.17 y 255-95-MTC/15.17: · Empresa Radiodifusora MORDAZA S.A. · Empresa de Radiodifusion Comercial Sonora Continental E.I.R.L. Que, con escrito de registro Nº 063270 de fecha 11 de octubre de 2005 la empresa RADIOMAR S.A.C. comunica que ha fusionado por absorcion a las empresas que se mencionan a continuacion, adjuntando MORDAZA legalizada de la Escritura Publica de Fusion por Absorcion otorgada por dicha empresa absorbente: · Corporacion Electronica Peruana S.A.C. Radio MORDAZA del Peru. · Stereo MORDAZA Cien FM S.A.C. · Super FM S.A.C. Que, por escrito de registro Nº 011266 del 17 de febrero de 2006, la empresa CORPORACION RADIAL DEL PERU S.A.C., comunica que ha absorbido a Radiomar S.A.C., mediante el MORDAZA de Fusion por Absorcion, elevada a Escritura Publica con fecha 2 de enero de 2006, adjuntando MORDAZA literal del asiento registral correspondiente; Que, con escrito de registro Nº 069670 del 13 de octubre de 2006 la empresa CORPORACION RADIAL DEL PERU S.A.C., comunica que ha absorbido a la Empresa de Radiodifusion MORDAZA S.A.C. (antes Empresa de Radiodifusion MORDAZA E.I.R.L.), mediante el MORDAZA de Fusion por Absorcion, elevada a Escritura Publica con fecha 1 de agosto de 2006, adjuntando MORDAZA literal del asiento registral correspondiente; Que, mediante escrito de registro Nº 039289 del 10 de MORDAZA de 2007, la empresa CORPORACION RADIAL DEL PERU S.A.C. pide dar por aprobada la transferencia de las autorizaciones en aplicacion del silencio administrativo positivo, establecido en el articulo 27º de la Ley de Radio y Television; Que, dado el caracter de la fusion como una forma especial y no convencional de transferencia de autorizaciones de servicios de radiodifusion, y que existe un vacio en el procedimiento a seguir, resulta inexigible el requisito de la aprobacion previa por parte de este Ministerio, para la transferencia de autorizaciones basados en una fusion por absorcion. Dicho criterio se aplica para los escritos de registros Nº 013698 del 20 de febrero de 2002 y Nº 040113 del 16 de agosto de 2001, citados precedentemente; Que, con relacion a las fusiones por absorcion comunicadas con escritos de registros Nº 063270 del 11 de octubre de 2005, Nº 011266 del 17 de febrero de 2006 y Nº 069670 del 13 de octubre de 2006, se precisa que la caracteristica esencial de la fusion por absorcion es la transmision de los patrimonios en bloque y a titulo universal de las personas juridicas absorbidas, que se extinguieron, a favor de la empresa absorbente, siendo en ese sentido, aplicables las disposiciones de la Ley de Radio y Television y su Reglamento que regulan la transferencia de autorizaciones, sin embargo, por la naturaleza especial de

123307-1

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Aprueban transferencias de autorizaciones para prestar servicios de radiodifusion en FM a favor de Super FM S.A.C., Radiomar S.A.C. y Corporacion Radial del Peru S.A.C.
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 805-2007-MTC/03
MORDAZA, 19 de octubre de 2007

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