Norma Legal Oficial del día 09 de abril del año 2008 (09/04/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, miercoles 9 de MORDAZA de 2008

peruano y fuera de las cinco (5) millas de la costa para el caso de los recursos anchoveta y sardina, y fuera de las 10 millas marinas adyacentes a la costa para el caso de los recursos jurel y caballa, via sustitucion de la capacidad de bodega y de los derechos administrativos de la embarcacion pesquera de MORDAZA "HOSSANA" con matricula PL-17604BM, de 33.03 m3; Que a traves del escrito del visto, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, solicita la modificacion del permiso de pesca otorgado por Resolucion Directoral Nº 024-2003PRE/P-LL, para operar la embarcacion pesquera de MORDAZA "AMIGO DE MORDAZA 1", con matricula PL-4451-CM, de 65.00 m3 hasta 98.03 m3, via sustitucion de la capacidad y derechos administrativos de la embarcacion pesquera de MORDAZA "HOSSANA" con matricula PL-17604-BM, de 33.03 m3; Que por Resolucion Directoral Nº 494-2007-PRODUCE/ DGEPP, de fecha 12 de noviembre de 2007, se dispone caducar los permisos de pesca de diversas embarcaciones pesqueras unicamente en el extremo referido a la extraccion de los recursos jurel y caballa con destino al consumo humano directo e indirecto, consignandose en el Anexo que forma parte de la citada resolucion, y en el regimen de la Ley Nº 26920; Que la embarcacion pesquera de MORDAZA "HOSSANA", con matricula PL-17604-BM, cuya capacidad de bodega (33.03 m3), han sido incorporados a la embarcacion "AMIGO DE MORDAZA 1", se encuentra incluida en el listado de la resolucion precedente; Que el Articulo 1º del Decreto Supremo Nº 031-2001PE, precisado por el Decreto Supremo Nº 037-2001, senala que el Ministerio de Pesqueria (hoy de la Produccion), no otorgara autorizaciones de incremento de flota ni los correspondientes permisos de pesca a ninguna clase de embarcacion pesquera de MORDAZA de menor o mayor escala en el ambito maritimo; sin embargo, el articulo 2º del Decreto Supremo Nº 004-2007-PRODUCE, precisa que lo dispuesto en el articulo 1º del Decreto Supremo Nº 031-2001PE, aclarado por el Decreto Supremo Nº 037-2001-PE, no es de aplicacion a las autorizaciones de incremento de flota para la construccion y/o adquisicion de embarcaciones de MORDAZA, ni los permisos de pesca de las mismas, siempre que se trate de sustitucion de igual volumen de capacidad de bodega de embarcaciones pesqueras que forman parte de la flota existente; Que el Certificado de Matricula Nº DI-03010273-1102, y el Certificado Nacional de Arqueo Nº DI-0301027306-02, de la embarcacion pesquera "AMIGO DE MORDAZA 1" consignan un Arqueo Neto de 23.58, equivalente a 98.32 m3; Que el Decreto Supremo Nº 001-2002-PRODUCE de fecha 5 de setiembre de 2002, establece que los recursos sardina (Sardinops sagax sagax), jurel (Trachurus picturatus murphy) y caballa (Scomber japonicus peruanus) seran destinados al consumo humano directo; Que la solicitud formulada por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ha sido encauzada conforme al procedimiento administrativo Nº 1 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2003-PRODUCE, y demas normas modificatorias, habiendose verificado el cumplimiento de los requisitos establecidos, acreditando la posesion de la embarcacion "AMIGO DE MORDAZA 1" con matricula PL-4451CM, con el Certificado Compendioso de Dominio; asimismo, la embarcacion ha sido objeto de modificacion estructural por lo que en el MORDAZA Certificado de Matricula y Certificado Nacional de Arqueo presentados, se consigna 98.32 m3 como nueva capacidad de bodega de la referida embarcacion; Que efectuada la correspondiente Inspeccion Tecnica, se constato que la embarcacion pesquera "AMIGO DE MORDAZA 1" se encuentra en buenas condiciones de operatividad y equipada convenientemente para desarrollar actividades de pesca; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano Indirecto de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero, mediante el Informe Nº 086-2008PRODUCE/DGEPP-Dchi de fecha 26 de febrero de 2008, con la opinion favorable del Area Legal correspondiente; De conformidad con lo establecido por el Decreto Ley Nº 25977-Ley General de Pesca, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; Ley Nº 26920 y demas normas modificatorias; Decreto Supremo Nº 0042007-PRODUCE; Resolucion Directoral N° 494-2007PRODUCE/DGEPP, y el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2003-PRODUCE y demas normas modificatorias, y ;

En uso de las facultades conferidas por el Articulo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; SE RESUELVE:

Articulo 1°.- Modificar la Resolucion Directoral Nº 0242003-PRE/P-LL, que otorgo permiso de pesca a favor de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para operar la embarcacion pesquera de MORDAZA "AMIGO DE MORDAZA 1" con matricula PL-4451-CM, unicamente en el extremo referido a la capacidad de bodega, la misma que sera de 98.03 m3, con acceso a los recursos hiodrobiologicos anchoveta con destino al consumo humano directo e indirecto y sardina con destino al consumo humano directo. Articulo 2º.- El permiso de pesca a que se refiere la presente Resolucion sera ejercido conforme lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 001-2002-PRODUCE, que establece que los recursos sardina, jurel y caballa seran destinados al consumo humano directo, o las normas que lo modifiquen o sustituyan y a las sanciones previstas por su incumplimiento, establecidas en el Decreto Supremo Nº 016-2007-PRODUCE. En este supuesto la bodega de la embarcacion debe encontrarse insulada y usar a bordo como minimo MORDAZA con hielo como medio de preservacion. Articulo 3º.- Declarar improcedente el extremo de la solicitud referido a la extraccion de los recursos jurel y caballa, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 4º.- Incorporar la presente Resolucion Directoral y la nueva capacidad de bodega de la embarcacion pesquera de MORDAZA "AMIGO DE MORDAZA 1" de matricula PL-4451-CM, en el Literal B, del Anexo I de la Resolucion Ministerial Nº 085-2007-PRODUCE, en la extraccion de los recursos hidrobiologicos anchoveta con destino al consumo humano directo e indirecto y sardina con destino al consumo humano directo. Articulo 5° .- Dejar sin efecto la Resolucion Directoral Nº 364-2007-PRODUCE/DGEPP, en el extremo referido a la autorizacion de incremento de flota otorgado a favor de MORDAZA MORDAZA MORDAZA Orosco. Articulo 6º.- Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Produccion del Litoral y a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa, y consignarse en el MORDAZA de la Pagina Web del Ministerio de la Produccion : www.produce. gob.pe Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA VERTIZ MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero

184860-5

Otorgan permiso de pesca a Actorcorp S.A. para operar embarcacion pesquera de cerco de bandera ecuatoriana
RESOLUCION DIRECTORAL N° 143-2008-PRODUCE/DGEPP
MORDAZA, 12 de marzo del 2008 Visto los escritos con registro Nº 00083434, del 5 de diciembre de 2007, 7 de enero y 29 de febrero de 2008, presentado por don MORDAZA CARCOVICH CARCOCVICH, con domicilio legal en MORDAZA MORDAZA Dasso Nº 126 Of. 304 distrito de San MORDAZA, provincia de MORDAZA, departamento de MORDAZA, en representacion de la empresa ACTORCORP. S.A. CONSIDERANDO: Que el inciso c), del articulo 43° del Decreto Ley N° 25977, Ley General de Pesca, dispone que las personas naturales o juridicas requeriran de permiso de pesca para la operacion de embarcaciones pesqueras de bandera nacional y extranjera. Asimismo, el articulo 47° de dicha MORDAZA establece que las operaciones de embarcaciones de bandera extranjera en aguas jurisdiccionales peruanas, se efectuaran sobre el excedente de la captura permisible

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