Norma Legal Oficial del día 09 de abril del año 2008 (09/04/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

El Peruano MORDAZA, miercoles 9 de MORDAZA de 2008

NORMAS LEGALES

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Que, en consecuencia resulta necesario dar por concluido el MORDAZA de transferencia de las funciones sectoriales en materia de transportes, comprendidas en los Planes Anuales de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales de los anos 2005 y del ano 2007, detalladas en el Anexo N° 2 que forma parte integrante de la presente Resolucion; De conformidad con las Leyes N°s. 27783, 28273 y 27791, asi como con los Decretos Supremos N°s. 0522005-PCM, 036-2007-PCM y 001-2008-PCM; SE RESUELVE:

Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales correspondientes a los anos 2005 y 2007, conforme se detalla en el Anexo N° 1 que forma parte integrante de la presente Resolucion, a los Gobiernos Regionales de Amazonas, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, Huancavelica, MORDAZA, lca, MORDAZA, La MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA de MORDAZA, MORDAZA, Pasco, MORDAZA, MORDAZA, San MORDAZA, Tacna, Tumbes y Ucayali, de acuerdo al detalle indicado en el Anexo N° 2 que forma parte integrante de la presente resolucion.

Registrese, comuniquese y publiquese. Articulo Unico.- Declarar la conclusion del MORDAZA de transferencia de las funciones sectoriales especificas en MORDAZA MORDAZA LOMBARDI materia de transportes, incluidas en los Planes Anuales de Ministra de Transportes y Comunicaciones ANEXO Nº 1

FUNCIONES EN MATERIA DE TRANSPORTES TRANSFERIDAS A LOS GOBIERNOS REGIONALES, CORRESPONDIENTES A LOS PLANES ANUALES DE TRANSFERENCIA DE COMPETENCIAS SECTORIALES A LOS GOBIERNOS REGIONALES Y LOCALES DEL ANO 2005 Y 2007 Funciones especificas en materia de transportes, establecidas en el Art. 56º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales a) Formular, aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar los planes y politicas en materia de transportes de la region, de conformidad con las politicas nacionales y los planes sectoriales. Facultades indicadas en los Planes Anuales de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del ano 2005 y 2007 ­ (Decreto Supremo Nº 052-2005-PCM y Decreto Supremo Nº 036-2007-PCM) Respecto a esta funcion, se transfieren las siguientes facultades: Formular politicas regionales de transporte de conformidad con las politicas nacionales. Formular, aprobar y evaluar planes regionales de transportes en concordancia con el plan nacional sectorial. Emitir normas especificas en materia de transportes, con sujecion a lo establecido en cada Reglamento Nacional (Articulo Nº 16-A de la Ley Nº 27181, modificada por Ley Nº 28172). Formular y proponer normas y disposiciones reglamentarias relacionadas con la infraestructura portuaria y vias navegables de la region, en concordancia con la normatividad nacional. Respecto a esta funcion, se transfieren las siguientes facultades: Planificar desarrollo de red vial departamental en concordancia con los planes y politicas nacionales. Ejecutar el desarrollo de la red vial departamental (construccion, mejoramiento y rehabilitacion). Ejecutar el mantenimiento de la red vial departamental. Administrar la red vial departamental. Promover inversion privada en carreteras de la red vial departamental. Atencion de las emergencias viales en la Red Vial Departamental. Respecto a esta funcion, se transfieren las siguientes facultades: -

b) Planificar, administrar y ejecutar el desarrollo de la infraestructura vial regional, no comprendida en la Red Vial Nacional o Rural, debidamente priorizada dentro de los planes de desarrollo regional. Asimismo promover la inversion privada, nacional y extranjera en proyectos de infraestructura de transporte.

c) Desarrollar y administrar la infraestructura portuaria regional de acuerdo con las regulaciones tecnicoAdministrar, operar y conservar embarcaderos maritimos, fluviales y normativas emitidas por el Ministerio lacustres de ambito regional. de Transportes y Comunicaciones Desarrollar y administrar infraestructura portuaria regional. a traves del organismo pertinente y de la forma que establezcan los dispositivos legales sobre la materia. d) Otorgar las autorizaciones portuarias, Respecto a esta funcion, se transfieren las siguientes facultades: licencias y permisos para la prestacion de los servicios portuarios maritimos, Autorizar la prestacion de servicios de transporte acuatico dentro del fluviales y lacustres de alcance regional, ambito regional. a traves del organismo pertinente, de Otorgar permisos de operacion a personas naturales o juridicas acuerdo a los dispositivos legales sobre nacionales para que presten servicio de transporte fluvial de carga y/o la materia. pasajeros con embarcaciones propias de bandera peruana hasta de 30 TM de arqueo MORDAZA o equivalente en TRB, excepto de las empresas que prestan servicio de transporte fluvial turistico y de aquellas que cuentan con autorizacion otorgada por el MTC. Autorizar la prestacion de servicios portuarios en puertos de alcance regional. e) Desarrollar y administrar los aerodromos de ambito regional, coordinando con la Direccion General de Aeronautica Civil conforme a ley. f) Supervisar y fiscalizar la gestion Respecto a esta funcion, se transfieren las siguientes facultades: de actividades de infraestructura de transporte vial de alcance regional. Fiscalizar el cumplimiento de normas tecnicas de la infraestructura vial departamental. Supervisar y fiscalizar la ejecucion de estudios de preinversion de proyectos de infraestructura de su competencia. Supervisar y fiscalizar la construccion, rehabilitacion y mejoramiento de vias departamentales. Supervisar y fiscalizar las actividades de mantenimiento periodico y rutinario. Supervisar y fiscalizar las obras de atencion y prevencion de emergencias viales.

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